La gestión de una herencia es un procedimiento que combina aspectos personales, patrimoniales y jurídicos. Tras el fallecimiento de un familiar, los herederos deben realizar una serie de trámites para aceptar, repartir y registrar los bienes que forman parte de la herencia, siempre de acuerdo con la legislación vigente y con la voluntad expresada por el fallecido, si existe testamento.
En Salamanca, como en el resto de España, muchas actuaciones relacionadas con las herencias requieren la intervención de un notario. La autorización de escrituras públicas proporciona seguridad jurídica y permite documentar adecuadamente la aceptación y adjudicación de los bienes hereditarios.
En esta guía encontrarás información sobre cómo se tramita una herencia, qué documentación suele ser necesaria, cuáles son los principales pasos del procedimiento y qué cuestiones conviene conocer antes de iniciar los trámites.
Una herencia está formada por el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que una persona deja tras su fallecimiento y que se transmiten a sus herederos o legatarios.
Dentro de una herencia pueden incluirse:
Viviendas.
Locales comerciales.
Fincas rústicas.
Garajes.
Vehículos.
Cuentas bancarias.
Acciones y participaciones.
Fondos de inversión.
Derechos de crédito.
Determinadas deudas y obligaciones.
Cada patrimonio es diferente, por lo que la composición de la herencia dependerá de las circunstancias concretas del causante.
Tras el fallecimiento deben realizarse distintos trámites antes de repartir la herencia.
Entre ellos destacan:
Obtención del certificado de defunción.
Solicitud del certificado de actos de última voluntad.
Localización del testamento, si existe.
Identificación de los herederos.
Inventario de bienes y deudas.
Valoración del patrimonio hereditario.
Preparación de la escritura de aceptación y adjudicación de herencia cuando resulte necesaria.
Cada expediente puede requerir actuaciones adicionales según las características del patrimonio y la existencia o no de testamento.
Cuando el fallecido otorgó testamento, el reparto de la herencia se realiza conforme a las disposiciones contenidas en dicho documento y respetando los límites establecidos por la legislación aplicable.
El testamento identifica normalmente a los herederos, determina los bienes o derechos atribuidos y facilita considerablemente la tramitación de la sucesión.
Si una persona fallece sin haber otorgado testamento, la sucesión se rige por las normas legales aplicables.
En estos casos suele ser necesario acreditar quiénes son los herederos mediante el procedimiento correspondiente antes de proceder al reparto de la herencia.
Los llamados a heredar pueden aceptar o, en determinados supuestos, renunciar a la herencia.
La aceptación implica adquirir los bienes, derechos y obligaciones que integran el patrimonio hereditario conforme a la legislación vigente.
Antes de tomar una decisión es recomendable conocer con exactitud la composición del patrimonio, especialmente cuando puedan existir deudas.
En numerosas ocasiones la herencia se formaliza mediante escritura pública.
En este documento suelen reflejarse:
Identificación de los herederos.
Datos del fallecido.
Relación de bienes.
Valoración del patrimonio.
Adjudicación de cada bien a los distintos herederos.
Manifestaciones necesarias para completar el procedimiento.
La escritura facilita posteriormente la inscripción de los inmuebles en el Registro de la Propiedad.
Aunque cada caso es diferente, es habitual encontrar bienes como:
Viviendas.
Pisos.
Chalets.
Garajes.
Trasteros.
Locales comerciales.
Parcelas.
Fincas rústicas.
Vehículos.
Embarcaciones.
Objetos de valor.
Obras de arte.
Mobiliario.
Cuentas bancarias.
Depósitos.
Acciones.
Fondos de inversión.
Participaciones sociales.
La documentación dependerá de las circunstancias de cada sucesión.
Habitualmente puede resultar necesaria:
Documento Nacional de Identidad de los herederos.
Certificado de defunción.
Certificado de actos de última voluntad.
Copia autorizada del testamento cuando exista.
Documentación acreditativa de los bienes.
Escrituras de propiedad.
Certificados bancarios.
Información registral.
En determinados expedientes podrán solicitarse documentos adicionales.
La aceptación de una herencia puede implicar determinadas obligaciones fiscales.
Los impuestos aplicables y los plazos para su presentación dependen de la normativa vigente y de factores como el parentesco, el valor de los bienes o la comunidad autónoma competente.
Por este motivo, es recomendable conocer previamente las obligaciones tributarias derivadas de la sucesión.
Cuando existen varios herederos, todos ellos deben participar en la adjudicación del patrimonio hereditario.
El reparto puede realizarse conforme a las disposiciones testamentarias o, en ausencia de testamento, siguiendo las reglas previstas por la legislación.
En ocasiones es necesario alcanzar acuerdos sobre la distribución de determinados bienes, especialmente cuando no resulta posible dividirlos materialmente.
Cuando la herencia incluye viviendas, locales o fincas, la escritura pública permite documentar la adjudicación de cada inmueble a los herederos correspondientes.
Posteriormente, los cambios de titularidad pueden inscribirse en el Registro de la Propiedad.
La legislación contempla la posibilidad de renunciar a una herencia cuando concurran las circunstancias previstas legalmente.
La renuncia produce importantes efectos jurídicos, por lo que conviene conocer sus consecuencias antes de formalizarla.
No. La aceptación es voluntaria y la legislación también permite la renuncia en determinados supuestos.
Será necesario determinar quiénes son los herederos conforme a la legislación aplicable antes de proceder al reparto del patrimonio.
La duración depende de numerosos factores, como el número de herederos, la complejidad del patrimonio, la documentación disponible y la existencia de acuerdos entre los interesados.
Sí. Las circunstancias concretas dependerán de la situación jurídica y económica del inmueble y de las obligaciones pendientes asociadas al préstamo.
Antes de iniciar los trámites resulta aconsejable:
Reunir toda la documentación disponible.
Identificar correctamente los bienes del fallecido.
Solicitar la información registral cuando sea necesaria.
Comprobar la existencia de cuentas bancarias y otros activos.
Analizar las posibles obligaciones fiscales derivadas de la sucesión.
Una adecuada planificación contribuye a agilizar el procedimiento y reducir incidencias.
La tramitación de una herencia requiere coordinar diversos procedimientos jurídicos, documentales y fiscales. Conocer las fases del proceso, recopilar la documentación necesaria y comprender las consecuencias de la aceptación o renuncia permite afrontar la sucesión con mayor seguridad.
La intervención notarial en aquellos actos que requieren escritura pública garantiza que la aceptación y adjudicación de los bienes hereditarios se formalicen conforme a la legislación vigente, facilitando posteriormente la inscripción de los inmuebles y la correcta transmisión del patrimonio a los herederos.