Te presentamos nuestro Modelo de Prevención de Delitos Ley 20.393
En el Puerto de Antofagasta, estamos firmemente comprometidos con el
cumplimiento normativo, la transparencia y la integridad en todas nuestras
operaciones. Por esta razón, hemos puesto en marcha un Modelo de Prevención
de Delitos, desde el año 2021, que busca reforzar nuestra cultura de cumplimiento
y contribuir activamente a la seguridad jurídica de nuestro entorno.
Este sistema ha sido diseñado en el marco de la Ley N° 20.393 sobre
Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, y tiene como objetivo prevenir y
detectar, de manera oportuna, hechos que puedan constituir delitos contemplados
en dicho cuerpo legal.
Nuestra política de prevención está orientada a identificar procesos o actividades
críticas del puerto que pudieran presentar riesgos, aplicando controles adecuados
para reducir la posibilidad de que ocurran irregularidades o ilícitos.
¿Quiénes deben cumplir con este modelo?
El cumplimiento del modelo es obligatorio para todas las personas que tengan
relación con nuestro puerto, incluyendo:
-Colaboradores/as del Puerto de Antofagasta.
-Proveedores, contratistas, subcontratistas y prestadores de servicios.
-Directores y ejecutivos.
-Cualquier persona que ejerza funciones de administración, supervisión o
representación en nombre del puerto.
¿Qué establece la Ley N° 20.393?
La ley señala que, si un delito es cometido por una persona natural en una
empresa, la organización también puede ser sancionada penalmente si no ha
cumplido con su deber de dirección y supervisión.
Son 237 delitos los que considera la normativa, destacándose los siguientes:
-Lavado de dinero
-Financiamiento de actividades terrorista
-Soborno a funcionarios públicos chilenos o extranjeros
-Receptación de bienes
-Soborno entre particulares
-Administración desleal
-Apropiación indebida
-Delitos ambientales como la contaminación de aguas
-Contrabando
-Delitos Informáticos
Posibles consecuencias para la empresa
En caso de incumplimiento, las sanciones que podrían aplicarse a la persona
jurídica son:
-Disolución o cancelación de la personalidad jurídica.
-Pérdida de beneficios tributarios y otras ventajas fiscales.
-Multas que podrían alcanzar hasta las 300.000 UTM.
-Medidas accesorias como decomisos o publicación de la sentencia.
¿Cómo se puede evitar esta responsabilidad?
La empresa podrá eximirse si demuestra que ha cumplido con los deberes
exigidos por la ley, tales como:
-Haber nombrado un Encargado de Prevención de Delitos.
-Entregarle los recursos y facultades necesarios para cumplir su función.
-Implementar un Sistema de Prevención de Delitos formal y funcional.
-Supervisar regularmente su operación y, de ser necesario, certificarlo.
¿Dónde denunciar?
Si alguna persona identifica una situación que pueda constituir un delito o
incumplimiento a este modelo, podrá reportarlo a través de nuestro canal de
denuncias confidencial, disponible en el sitio web oficial del Puerto;
https://puertoantofagasta.integridadcorporativa.cl/
Las denuncias pueden ser anónimas o con identificación, y serán tratadas con
total seriedad y reserva.
En el Puerto de Antofagasta, trabajamos por un entorno portuario seguro, íntegro y
conforme a la ley. Este modelo es una herramienta clave para seguir avanzando
en esa dirección.
Equipo responsable
Encargado de Prevención de Delitos
Oficial de Cumplimiento
Documentos adicionales