El pasaporte es el documento oficial de viaje que necesita una persona que desea viajar fuera del País, sin importar que seas menor de edad, adolescente o un adulto.
El documento para menores de tres años de edad se expide con vigencia de hasta tres años, mientras que para mexicanos mayores de 3 años de edad y menores de 18 se expide con vigencia de hasta seis años.
Estos son los pasos y requisitos que debes seguir para tramitar el pasaporte para un bebé.
Cabe destacar que el trámite debe ser presencial, es decir, el menor deberá acudir personalmente y acompañado de ambos padres o en su defecto con quienes ejercen la patria potestad del infante ante el consulado de la embajada de México.
Sin olvidar que ciertos trámites pueden ser realizados en línea (consultando en portales oficiales de trámites en México).
De acuerdo con la información antes mencionada, deberá presentar en original, la siguiente documentación:
Acta de Nacimiento Mexicana del Menor: Deberá ser emitida por una oficina de registro civil mexicana o haber sido impresa mediante el portal de actas del gobierno de México.
Identificación Vigente del Menor: Esto con el fin de acreditar la identidad del bebé.
Exclusivamente para menores de 7 años y en ausencia de cualquier identificación, podrá proporcionarse constancia médica en hoja membretada de la institución médica o firma del médico.
Debe incluir una copia legible con datos de contacto del médico pediatra que emite la carta como su cédula o título profesional con fotografía.
Como recomendación puedes llevar la CURP del menor. Si aún no la tiene Aquí te explico cómo Tramitar la CURP de un bebé.
Identificaciones Vigentes de los Padres o Quienes Ejercen la Patria Potestad del Infante: (INE/IFE, Pasaporte Mexicano, Cédula Profesional, Cartilla del Servicio Militar Nacional, entre otros).
Los documentos deberán tener los nombres que coincidan plenamente con los que aparecen en el acta de nacimiento del menor o documento de patria potestad.
Hoja de Pago de Derechos: ahora en 2020, el costo del pasaporte con vigencia de un año para menor de edad es de $625 mxn y de $1,300 mxn con vigencia de tres años.
Para poder realizar este trámite, es necesario agendar una cita. No te reciben sin cita en ninguna oficina consular.
La puedes agendar llamando sin costo al 01800 8010 773 de lunes a viernes de 08:00 a 20:00 horas, y sábados de 09:00 a 16:00 horas.
También se puede agendar la cita vía Internet y debo decir desde mi experiencia que es lo más ágil, porque además de que obtendrás la fecha en que deberán presentarse en la oficina consular que elijas, puedes ir haciendo el llenado del formato que de cualquier manera hay que llenar a mano el día de tu cita.
De esta manera tu estancia en la oficina consular el día de tu cita disminuye considerablemente.
El precio de la expedición de pasaporte dependerá de la vigencia con la que quieras sacar el pasaporte del menor, el cual recordemos puede ser hasta de 6 años y el de 1 año únicamente aplica para menores de 3 años de edad.
Vigencia de 1 año $625.00 mxn
Vigencia de 3 años $1,300.00 mxn
Vigencia de 6 años $1,790.00 mxn
Para la expedición de pasaporte con descuento del 50%, es aplicable a personas menores de edad con discapacidad, por lo tanto queda así:
Vigencia de 1 año $315.00 mxn
Vigencia de 3 años $630.00
Vigencia de 6 años $895.00 mxn
Para acceder a dicho descuento, la Cancillería establece que se deberá comprobar mediante la presentación de uno de los siguientes documentos:
a) Original de la constancia o certificado médico expedido por alguna institución pública de salud o de seguridad social.
b) Original y copia de la credencial nacional para personas con discapacidad expedida por el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF).
En caso de que uno de los padres no este, según la Secretaría de Relaciones Exteriores, no será prescindible la aparición de alguno de los padres únicamente en los siguientes casos:
Si uno de los padres no está presente y requiere otorgar el permiso, deberá manifestar su consentimiento para la expedición del pasaporte (tendrá que suplirse con forma OP-7/ll, es decir, un permiso a distancia)
Si el menor es hijo de Madre Soltera (el acta de nacimiento tendrá que estar registrada de esta manera)
En caso de que exista una resolución judicial. Si alguno de los padres ha perdido o tiene suspendida la patria potestad, el que la ejerza completamente entregará copia certificada de la resolución emitida por el juez correspondiente. (se obtendrá una resolución de un juez mexicano, la resolución deberá de ser de fecha reciente).
En caso de que uno de los padres haya fallecido, se debe presentar original y copia del acta de defunción.