Tanto en los emprendimientos empresariales como en los no empresariales deben quedar conformados dentro de un tipo jurídico.-
Para poder comprender de una mejor manera este tema complejo, es que partimos de la idea de un emprendimiento, y nos preguntamos: " ¿qué emprendimiento podemos implementar y si tiene una impronta social, mejor?".-
En este espacio, recorremos los distintos tipos jurídicos, para poder seleccionar el que más se ajuste a nuestra idea.
Los distintos tipos jurídicos surgen de la aplicación de leyes que rigen su funcionamiento.- ¿y qué va a legislar? La relación entre sus miembros, las responsabilidades de sus propietarios o miembros que componen sus órganos de decisión, la forma de administración que la ley correspondiente autoriza, y otras situaciones más. Una de esas situaciones son las responsabilidades de los miembros, para con la organización y con el contexto.
Es por eso la importancia de conocer ventajas y desventajas de cada tipo societario, y en función del objetivo primordial de la organización, nuestro emprendimiento, seleccionar el tipo jurídico más adecuado.
A través de un contrato social, los miembros de la organización, tanto con fines de lucro como las sin fines de lucro establecen el marco legal que regirá las relaciones y distintas situaciones.
Conoceremos contratos sociales reales que nos permitirá comprender los aspectos legales que deben contener y despues poder profundizar en la ley correspondiente.