Evacúe sus dudas de forma rápida en la próxima sección de "Preguntas frecuentes".
Cualquier duda que no esté descrita anteriormente puede hacerla llegar a nuestro correo electrónico.
¿Qué es el GOES?
El Gobierno Estudiantil (GOES) es la máxima representación estudiantil de ULACIT.
Está conformado por 34 estudiantes de diferentes carreras, que fueron electos en un proceso electoral fiscalizado por el Tribunal Electoral Estudiantil.
Se encuentra sujeto a las disposiciones normativas del Estatuto Orgánico del Gobierno Estudiantil, documento que norma los fines y objetivos de este órgano.
¿Cuáles son los beneficios de formar parte del GOES?
El GOES forma parte del Movimiento de Liderazgo Estudiantil de ULACIT. Al formar parte de este movimiento podrás:
Participar en el actuar político de tu carrera, buscando soluciones a los problemas cotidianos de tus compañeros(as).
Ahorrar aproximadamente el 30% de tu colegiatura al recibir una beca del 100% (*), la cual es otorgada únicamente al presidente electo de cada carrera.
Desarrollar habilidades de liderazgo, gestión de proyectos, habilidades blandas y organización de eventos.
(*) La beca del 100% solo aplica para el presidente electo de cada carrera y no para los demás representantes estudiantiles.
¿Cómo se conforma un partido político?
Los partidos políticos son agrupaciones lideradas por estudiantes comprometidos y apasionados. Para inscribir un partido político se requiere(*):
Tener nombre, divisas, bandera y colores oficiales del partido político.
Presentar una lista de nombres completos y números de cédula de las personas que integran su Comité Ejecutivo, de conformidad con el principio de paridad de género.
Entregar copia del Acta de Asamblea en donde se aprobó el Estatuto Orgánico del partido político.
Presentar una declaración jurada firmada por los miembros del Comité Ejecutivo, donde se establezca el compromiso a respetar el ordenamiento jurídico del presente reglamento.
Proporcionar copia de su Estatuto Orgánico, debidamente aprobado por el Tribunal.
Proporcionar una lista de, al menos, ochenta estudiantes activos y sus firmas manuscritas.
Registrar, como mínimo, tres representaciones estudiantiles.
(*) Consulte el artículo 15 del Reglamento General de Elecciones del Gobierno Estudiantil en el apartado de Normativa.
¿Qué es una Representación Estudiantil?
Una Representación Estudiantil pertenecen a la organización interna del partido político para cada carrera. Corresponden a las candidaturas que inscriben los partidos políticos para participar en los comicios del GOES. Estarán conformadas por cuatro personas.
¿Puedo conformar un partido político siendo primer ingreso?
Sí, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento General de Elecciones del Gobierno Estudiantil, cualquier estudiante activo tiene el derecho de conformar un partido político.
¿Puedo conformar una representación estudiantil si me queda un cuatrimestre en la universidad?
No, ya que la vigencia del puesto en el GOES es de un año lectivo.
Por lo menos, debes contar con cuatro cuatrimestres restantes en la carrera matriculada, a partir de la convocatoria a votaciones.
¿Qué requisitos debo cumplir para participar de una representación estudiantil?
Para participar en un representación estudiantil de un partido político, debes:
Ser estudiante activo de la carrera en la cual se postulará.
No desempeñar puestos docentes-administrativos de ULACIT ni en el Tribunal.
Contar con cuatro cuatrimestres restantes para finalizar sus estudios, contados a partir de la convocatoria a votaciones.
No haber renunciado a sus credenciales en el GOES en los últimos 3 años.
¿Cuántas personas conforman el Comité Ejecutivo de un partido político?
El Comité Ejecutivo de un partido político está integrado por 4 puestos, tanto como mínimo como máximo, que son los siguientes:
Presidencia.
Vicepresidencia.
Secretaría.
Fiscalía.
¿Qué es un Acta de Asamblea?
Un Acta de Asamblea corresponde a uno de los requisitos que se deben presentar para inscribir, o acreditar, un partido político.
Se trata de una minuta de reunión, donde se muestra la lista de asistentes y los temas acordador en dicho espacio. Puedes consultar un ejemplo en el apartado de "Inscripciones".
¿Qué es la paridad de género?
La paridad de género significa que debe haber un 50% de hombres y un 50% de mujeres en un partido político y en sus representaciones estudiantiles. Es importante aclarar que esto se refiere exclusivamente a la paridad de género, no a la alternancia.
En caso de personas con expresiones de género disidente, se tomará en cuenta como género neutro.
¿Qué ocurre si no consigo cumplir con la paridad de género?
Todos los partidos políticos y sus representaciones estudiantiles deben cumplir con la paridad de género; en caso de no cumplir con este requisito, se le otorgará al partido una prórroga para subsanar las formalidades.
¿Qué debo hacer si observo actuaciones irregulares o incumplimiento de la normativa electoral?
Si observas actuaciones irregulares o la comisión de una falta contenida en el Reglamento General de Elecciones del Gobierno Estudiantil, puedes dirigir una denuncia al despacho de la Fiscalía (despachofiscalia@ulacit.ed.cr) del Tribunal.
Además, la denuncia debe contener los siguientes requisitos obligatorios:
Estar dirigido al despacho de la Fiscalía del Tribunal (despachofiscalia@ulacit.ed.cr) y ser enviado por medio del correo electrónico institucional de la persona que interpone el recurso.
Estar escrito en un documento computarizado, debidamente firmado en formato PDF y con letra legible.
Brindar un resumen redactado en forma clara de: (1) hechos; (2) normas, jurisprudencia o principios jurídicos que se encuentren normados en el presente reglamento; (3) pruebas que sustenten el caso; y (4) petitoria. En ningún caso se admitirán recursos sin base jurídica y probatoria.
Indicar nombre completo, número de cédula, firma, lugar, número de teléfono y correo electrónico como medio para recibir notificaciones, a quien hace la consulta o al denunciante.
Indicar nombre del partido político, carrera que representa o pertenece el firmante, si aplica.
En caso de que un recurso o denuncia no cuente con estos requisitos, podrá ser rechazado ad portas.