Cláusula 90

Cláusula 90: Descuentos Vía Nómina

¿Qué dice el CCT?

El INSTITUTO se obliga a descontar vía nómina, las cantidades que deban pagar los trabajadores con motivo de los convenios celebrados por el Sindicato, con instituciones financieras para obtener beneficios para los trabajadores, previa autorización de éstos y aviso oportuno a la Dirección de Administración y Finanzas.