Cláusula 43 

Cláusula 43: Anteojos


¿Qué dice el CCT?

El INSTITUTO otorgará $1,527.00 (mil quinientos veintisiete pesos 00/100 M.N.) a los trabajadores para la adquisición de anteojos. La prestación se extenderá hasta por un familiar directo. El trabajador deberá presentar al INSTITUTO un diagnóstico médico así como una copia de su último talón de pago y de su identificación oficial

Requisitos Trabajador(a):





Requisitos Familiar Directo:

Cónyuge: acta de matrimonio

Hijo(a): acta de nacimiento

Padre/Madre: acta de nacimiento del trabajador



Notas importantes

¿Cuando se tramita?


¿Donde se entrega?


¿Que sucede si no llega el pago de la prestación?

Mediante el llenado de este formulario, la secretaría de salud podrá solicitar información sobre trámites pendientes. Si requiere que se dé seguimiento a algún trámite realizado hace dos quincenas o más, por favor, de click en el botoón de abajo que le llevará directamente al formulario.

Es importante recordar que, para llenar este formulario, debe ingresar con su correo electrónico institucional. 



Pulsa el botón en caso de que la autoridad halla omitido el pago