Cláusula 33

Cláusula 33: Pago por Defunción del Trabajador

¿Qué dice el CCT?

En caso de fallecimiento de un trabajador el INSTITUTO otorgará un pago único por la cantidad de 204 días de salario base. El pago de esta prestación se hará al beneficiario o a los beneficiarios del trabajador registrados en el seguro de vida institucional.