Cláusula 31

Cláusula 31: Seguro de Vida

¿Qué dice el CCT?

Los trabajadores del INSTITUTO estarán protegidos por fallecimiento o incapacidad total y permanente por una suma asegurada de 50.54 veces el sueldo base mensual. Los trabajadores tienen derecho previo pago de la aportación que se convenga con la aseguradora a potenciar dicho seguro hasta por 90 veces del sueldo mensual.