Cláusula 29

Cláusula 29: Periodo de Lactancia

¿Qué dice el CCT?

Las madres trabajadoras en el periodo de lactancia, tendrán derecho a disfrutar por un lapso de 6 meses contados a partir del término de los 3 meses otorgados por la Ley del ISSSTE, dentro de la jornada de trabajo, de dos descansos extraordinarios por día de media hora cada uno para alimentar a sus hijos, dichos descansos a elección de la trabajadora podrán ser acumulados al inicio o conclusión de la jornada diaria y serán computados como tiempo efectivo laborado.

¿Qué dice el RIT?

Artículo 24. Para ejercer la prestación mencionada en la Cláusula 29 del Contrato, “periodo de lactancia”, los trabajadores deberán solicitar el permiso por escrito a través del Formato de Solicitud de Prestación y/o del Formato de Solicitud del Sindicato. Debiendo acompañar a su solicitud la siguiente documentación:

a) Copia del acta de nacimiento de la hija o hijo;

b) Copia del último recibo de pago;

c) Copia de identificación oficial.