Free Palestine! ¡Palestina libre!
Toda la evidencia documental que forman parte de los componentes del Índice Internacional de Confianza es proporcionada principalmente por el Servicio de Inteligencia Militar (MI6), y por la Policía de Investigaciones de Smyrna (PDIS); además del apoyo y cooperación del Ministerio de Defensa en su conjunto, La Dirección de Órden Interno y Lealtad Nacional (DOILEN), y el Cuerpo de Carabineros.
La cooperación internacional es un instrumento indispensable en la actualización del presente índice, ya que se recibe la información que amablemente nos proporcionan agencias de seguridad de países aliados estratégicos.
Todo informe mostrado es de carácter enunciativo más no limitativo, motivo por el cual podrá ser complementado por nueva evidencia recabada o desclasificada.
Departamento de Estado de la República de Smyrna
El Índice Internacional de Confianza (IIC) es el gran instrumento disuasivo oficial de la República de Smyrna, ejecutado por el Departamento de Estado y obedeciendo el marco de la Doctrina Diplomática de Smyrna para clasificar, evaluar y denunciar a entidades autodenominadas “micronaciones” y organizaciones afines.
Su objetivo es proteger y salvaguardar los intereses de Smyrna en el exterior, así como su legitimidad diplomática, separar a los Estados micronacionales serios de los proyectos ficticios, y advertir a la comunidad internacional sobre entidades peligrosas, fraudulentas o irrelevantes.
Organización Terrorista (Nivel Rojo)
Consideradas una amenaza directa a la seguridad internacional.
Incluye micronaciones o grupos que promueven violencia, radicalización ideológica, actividades armadas o desestabilización.
Consecuencia: ruptura total de cualquier contacto, denuncia internacional y autorización de medidas activas de contrainteligencia.
Microfarsa (Nivel Naranja)
Entidades sin seriedad ni estructura, creadas sin continuidad histórica, sin respaldo jurídico ni simbólico, que degeneran en juegos, parodias o farsas.
Perjudican la imagen del micronacionalismo responsable.
Consecuencia: exclusión diplomática absoluta, denuncia pública en foros internacionales.
Micronación No Confiable (Nivel Amarillo)
Estados micronacionales con inconsistencias en su gobierno, símbolos o instituciones.
Suelen ser inestables, contradictorios o improvisados.
Consecuencia: relaciones diplomáticas suspendidas hasta nueva revisión.
Micronación Observada (Nivel Gris)
Entidades con legitimidad parcial o en construcción.
Pueden evolucionar hacia mayor seriedad o caer en la farsa.
Consecuencia: relaciones limitadas, bajo monitoreo estricto del Departamento de Estado.
Department of State of the Republic of Smyrna
The International Confidence Index (ICI) is the official instrument of the Republic of Smyrna to classify, evaluate, and denounce entities self-proclaimed as “micronations” and related organizations.
Its purpose is to protect Smyrna’s diplomatic legitimacy, distinguish serious micronational states from fictitious projects, and warn the international community about dangerous, fraudulent, or irrelevant entities.
1- Terrorist Organization (Red Level)
Considered a direct threat to international security.
Includes micronations or groups that promote violence, ideological radicalization, armed activities, or destabilization.
Consequence: Total rupture of any contact, international denunciation, and authorization of active counterintelligence measures.
2- Microfarse (Orange Level)
Entities lacking seriousness or structure, created without historical continuity, legal, or symbolic legitimacy, degenerating into games, parodies, or farces.
They damage the image of responsible micronationalism.
Consequence: Absolute diplomatic exclusion, public denunciation in international forums.
3- Unreliable Micronation (Yellow Level)
Micronational states with inconsistencies in their government, symbols, or institutions.
They tend to be unstable, contradictory, or improvised.
Consequence: Diplomatic relations suspended until further review.
4- Observed Micronation (Gray Level)
Entities with partial or developing legitimacy.
They may evolve into greater seriousness or collapse into farce.
Consequence: Limited relations, under strict monitoring by the Department of State.
1- "Antares" recognized as a microfarse
Microfarsa – Nivel 2 (Naranja)
the proclaimed "Republic of Antares" , "Govern d'Antares" is a proclaimed micronational entity with erratic unstable international policy. argues of the "unique" type of micronational procedure. Instigation, intolerance and provocation has been their Modus Vivendi.
web page: http://antaresgov.blogspot.mx/ Twitter: @GovAntares
(ACTUALMENTE INACTIVA- CURRENTLY INACTIVE)
2- "Reino de Wikonga e Indias Orientales Españolas" recognized as a microfarse
Microfarsa – Nivel 2 (Naranja)
* Governed by a gang of Catholic religous fanatics.
CURRENTLY DISBANDED IN TWITTER
*It has been characterized by diplomatic approaches with hidden intentions.
*It is characterized by having historical Hispanic bases of reference.
*At the beginning, it intends to carry out bilateral cooperation and a national union, but the real objective is to create a colony from the receiving nation.
*It uselessly defends the benefits of the Hispanic heritage of the continent while ignoring the great crimes committed in the name of the Iberian flag and the Catholic religion.
*Has unsuccessfully tried to create division, tension and conflict after Smyrna's parliament decided to permanently cancel the negotiations taking place at that time with Wikonga.
Web page: http://wikongapress.online/
Twitter : @WikongaG @OrgMECC @leSpectat @OMECC_Senate_
(ACTUALMENTE INACTIVA- CURRENTLY INACTIVE)
3- "Jutlandia" recognized as terrorist organization.
Organización Terrorista (Nivel Rojo)
Governed by "Jaime Claudio Fernandez" (Filibuster) multiple identities:
AKA names: Jaime Claudio , Santiago Lares, Carlos Rosado Colomer, Enrique Zaragoza Falcón, Luis Montalvo, José Rivera, Ahiezel Carmona.
A Puerto Rican micronational anarchist, mentally unstable and identity forger with possible residence in San Juan, Puerto Rico.
* The individual Jaime (AKA names) forcibly attempted to open diplomatic relations aggressively
with Smyrna.
Web page: CLASSIFIED
Twitter:
MULTIPLE ACCOUNTS / CLASSIFIED INFORMATION, please contact The State Department for the report of the account's user names.
(ACTUALMENTE INACTIVA- CURRENTLY INACTIVE)
4- Reino de Paraguay del Norte recognized as microfarse.
Microfarsa – Nivel 2 (Naranja)
*They were easily deceived by an injury created and planned by Jutland (Jutlandia).
*They lent themselves to be part of an attempt to sabotage the imperial institutions of Smyrna.
*They shared edited and doctored photos of a fake conversation to the CMLOE dialogue group in order to create discord and disorder.
*They arbitrarily blocked the official Smyrna accounts that were within the CMLOE dialogue group, temporarily causing Twitter to expel them.
SCREENSHOT from the message received directly at the CMLOE twitter account.
Web page: NONE
Twitter: @InfoRempel
(ACTUALMENTE INACTIVA- CURRENTLY INACTIVE)
5- República de Nogoria / José L. recognized as a microfarse and as a micronational filibuster.
Microfarsa – Nivel 2 (Naranja)
Governed by the Offender José L. and has been caracterized by erratic and impulsive actions and speeches damaging the serious micronational work.
Offender José Léon is known to react hostile with absolute no experience in international law.
Twitter: @DeNogoria @Nogoriaprimerm
(ACTUALMENTE DESARTICULADA- CURRENTLY DISMANTLED)
6- "Estados Unidos de Brándel"
Microfarsa – Nivel 2 (Naranja)
El presente informe se emite en cumplimiento de la Doctrina Diplomática de la República de Smyrna y en aplicación del Índice Internacional de Confianza (IIC).
Tras el análisis exhaustivo de información proporcionada por nuestros aliados estratégicos de la República de Woultenland, particularmente en el informe del 30 de agosto de 2025 emitido por su Centro Nacional de Inteligencia (CNI), así como la posterior verificación de incidentes por parte de este Departamento, se concluye que la entidad autodenominada “Estados Unidos de Brándel” constituye una microfarsa de Nivel 2.
Link del informe de alerta del 30 de agosto del Centro Nacional de Inteligencia (Woultenland).
https://woultenland.blogspot.com/2025/08/evaluacion-de-riesgos-sobre-la.html
Brándel carece de todo marco jurídico estable y confiable. Sus estructuras de gobierno evidencian improvisación permanente, sin mecanismos de control interno ni trazas de continuidad histórica o política.
El monitoreo detecta la existencia de cuentas efímeras y contradictorias en redes sociales, abandonadas sin explicación:
@Alejand35877465 (junio 2024)
@EubDe64220 (marzo 2025)
Esta práctica desacredita cualquier representación oficial y proyecta una imagen de absoluta inconsistencia.
Brándel ha incurrido en acusaciones infundadas contra diversas micronaciones, llegando a calificar a actores internacionales de “terroristas” sin sustento alguno. Tal proceder representa una violación grave de los estándares diplomáticos.
En agosto de 2025, Brándel obstaculizó deliberadamente un proceso de mediación internacional al negarse a proporcionar información objetiva sobre un conflicto bilateral, mostrando una clara falta de disposición al diálogo.
Las publicaciones de Brándel carecen de respaldo documental y exhiben un patrón de falsificación y manipulación informativa, constituyendo una amenaza para la estabilidad de foros micronacionales.
31 de agosto de 2025 – Brándel intentó comunicarse con Smyrna solicitando “mediación”. Dichas solicitudes, enviadas por correo y mensajes a cuentas oficiales, fueron ignoradas. Ante la falta de respuesta, Brándel inició una campaña de desinformación hostil hacia nuestra República, provocando que la micronación Pengua publicara declaraciones ofensivas en nuestra contra.
2 de septiembre de 2025 – La República Democrática de Gaztaño nos alertó sobre la preparación de un video “oficial” por parte de Brándel. En un grupo cerrado de la OMTU, Brándel difundió un bochornoso video “aclaratorio”, en el cual se escuchaban risas de fondo por parte de quienes sostenían la cámara.
Al ser confrontados, Brándel alegó de manera cínica que se trataba de “una mascota”. Posteriormente, publicaron imágenes obtenidas de internet de un mono araña, en un intento grotesco de engañar y ridiculizar la situación.
Este comportamiento constituye la cúspide de la farsa y confirma el carácter irremediablemente improvisado, irrespetuoso y vergonzoso de dicha entidad.
El Departamento de Estado concluye que los Estados Unidos de Brándel:
No poseen seriedad institucional ni diplomática.
Carecen de toda legitimidad jurídica o política.
Incurren en prácticas de desinformación y ridiculización que atentan contra el micronacionalismo responsable y serio.
Por lo anterior, se determina su inmediata inclusión en el Índice Internacional de Confianza como Microfarsa – Nivel 2 (Naranja).
Se prohíbe cualquier tipo de relación diplomática o contacto oficial entre la República de Smyrna y los "Estados Unidos de Brándel".
Se recomienda a todas las micronaciones aliadas y socias de Smyrna ejercer máxima cautela, documentar cualquier interacción y evitar compromisos formales con esta entidad.
Este informe será difundido en los canales oficiales de Smyrna y en foros internacionales con el fin de proteger la estabilidad y la legitimidad del micronacionalismo serio.
Evidencias proporcionadas por el Centro Nacional de Inteligencia (Woultenland), se adjuntan a continuación.
https://woultenland.blogspot.com/2025/09/caso-brandel-seguimiento-del-cni.html (Informe del CNI del 2 de septiembre 2025)
(ACTUALMENTE OPERATIVA- CURRENTLY OPERATIVE)
Referencia: IIC/2025/BRST-1005
Clasificación: PÚBLICO
Fecha: 5 de octubre de 2025
Evidencia verificable sobre la falsificación de un convenio entre Smyrna y la denominada Brastonia, y la difusión de dicho material por la Entidad Brándel. Confirmación de la eficacia operativa del Índice Internacional de Confianza.
El Departamento de Estado, mediante la División de Análisis Estratégico del Índice Internacional de Confianza (IIC), presenta nueva evidencia que demuestra la efectividad del sistema de evaluación diplomática de la República de Smyrna.
El día 5 de octubre de 2025, se detectó la circulación de un documento falsificado que simulaba un supuesto “Convenio de Cooperación Smyrna–Brastonia”, el cual contenía la firma falsificada del Presidente de la República. La falsificación fue elaborada por la entidad denominada Brastonia y posteriormente difundida por la Entidad Brándel a través de canales informativos no oficiales.
El documento apócrifo analizado por el IIC presenta irregularidades flagrantes en su forma, contenido y ejecución técnica:
Uso impropio del término “micronación de Smyrna”, fórmula que jamás ha sido utilizada en documentos oficiales de este Gobierno.
Ausencia de formato institucional, tipografía no reglamentaria y carencia de los elementos de autenticidad empleados por el Departamento de Estado.
Firma presidencial falsificada mediante reproducción digital de la palabra "Smyrna", jamás usada para firmar documentos oficiales.
Deficiente y bochornosa ortografía en todo el texto del supuesto convenio, con errores gramaticales, omisiones de acentos, confusión de mayúsculas y minúsculas, y un uso incorrecto de terminología diplomática.
El conjunto de fallas estructurales y lingüísticas constituye una falsificación burda y técnicamente deficiente, incapaz de pasar cualquier proceso básico de verificación documental.
Tras la creación del documento falsificado por Brastonia, la Entidad Brándel procedió a difundirlo, presentándolo como auténtico y otorgándole visibilidad en foros y canales externos.
El análisis del IIC ha identificado patrones de coordinación narrativa entre ambas entidades, destinados a erosionar la imagen diplomática de Smyrna y a poner en duda la integridad de sus canales oficiales. Esta actuación se enmarca en una estrategia de desinformación transnacional, sin sustento jurídico ni legitimidad política.
El presente caso guarda similitud con el incidente de Paraguay del Norte en 2021, cuando dicha entidad actualmente inactiva, difundió una fotografía falsificada que atribuía a Smyrna supuestas operaciones de hackeo.
El IIC determinó en el 2021 que dicha falsificación fue elaborada por Jutlandia y proporcionada a Paraguay del Norte con el fin de confundirla y deteriorar la reputación tecnológica de Smyrna.
La revisión histórica del IIC confirma que Smyrna jamás incurrió en intrusión informática alguna y que el caso fue resultado de manipulación informativa externa.
El mismo patrón de desinformación se repite en la revictimización de la entidad Gaztaño, que ha intentado presentarse falsamente como víctima de supuestos intentos de Smyrna por “socavar su soberanía”.
Dicha narrativa es completamente infundada. La verdad documentada es que Gaztaño incumplió un tratado que fue debidamente revisado y acordado, y su actual postura deriva del bochornoso hecho de no haber leído lo que firmó, intentando posteriormente eludir su responsabilidad mediante campañas de victimización y tergiversación.
La falsificación del convenio Smyrna–Brastonia y su difusión por la Entidad Brándel confirman la eficacia operativa del Índice Internacional de Confianza como instrumento de detección y exposición de conductas fraudulentas.
La deficiente ortografía, redacción caótica y formato amateur de los materiales producidos por Brastonia y Gaztaño constituyen pruebas inequívocas de su falta de autenticidad y competencia institucional.
Los casos de Brastonia, Brándel, Paraguay del Norte y Gaztaño demuestran un patrón reiterado de falsificación, manipulación y negligencia diplomática ajeno por completo a la República de Smyrna.
La eventual desaparición de estas entidades no es consecuencia de las acciones de Smyrna, sino del descrédito que generan sus propios actos de falsedad y desinformación.
Convenio falso y fragmento de conversación falsa compartida en la cuenta de Twitter de la entidad "Brándel" @EubDe64220 el 5 de octubre del 2025.
Comparación firma original de presidencia y firma fasificada por Brándel.
Conversación original con "Brastonia"
Para el 12 de octubre del 2025, la cuenta de X de Brastonia ya no se encuentra activa.
Cambio de contexto original de lo acontecido con "Paraguay del norte" en el 2021.
"revitimización de Gaztaño", Gaztaño no cumplió las clausulas revisadas y firmadas y el tratado por consiguiente no entró en vigor en la fecha estipulada. Ver el informe 7 sobre el caso "Gaztaño".
September 2, 2025
Assigned Classification:
Microfarse – Level 2 (Orange)
This report is issued in compliance with the Diplomatic Doctrine of the Republic of Smyrna and in application of the International Confidence Index (ICI).
Following an exhaustive analysis of the information provided by our strategic allies of the Republic of Woultenland, particularly the report issued on August 30, 2025, by their National Intelligence Center (CNI), as well as subsequent verification of incidents by this Department, it is concluded that the self-proclaimed entity known as the “Estados Unidos de Brándel” constitutes a Level 2 Microfarse.
🔗 Link to the alert report of August 30 by the National Intelligence Center (Woultenland):
https://woultenland.blogspot.com/2025/08/evaluacion-de-riesgos-sobre-la.html
Brándel lacks any stable and reliable legal framework. Its governmental structures display constant improvisation, with no internal control mechanisms or trace of historical or political continuity.
Monitoring detected the existence of ephemeral and contradictory social media accounts, abandoned without explanation:
@Alejand35877465 (June 2024)
@EubDe64220 (March 2025)
Such practices discredit any official representation and project an image of utter inconsistency.
Brándel has made baseless accusations against various micronations, even labeling international actors as “terrorists” without any evidence. Such conduct represents a serious violation of diplomatic standards.
In August 2025, Brándel deliberately obstructed an international mediation process by refusing to provide objective information regarding a bilateral conflict, showing a clear unwillingness to engage in constructive dialogue.
Brándel’s publications lack documentary support and display a pattern of falsification and manipulative information practices, posing a threat to the stability of micronational forums.
August 31, 2025 – Brándel attempted to contact Smyrna requesting “mediation.” These requests, sent by email and messages to official accounts, were ignored. In response, Brándel launched a campaign of hostile disinformation against our Republic, which led the micronation Pengua to publish offensive statements against us.
September 2, 2025 – The Democratic Republic of Gaztaño alerted us to the preparation of an “official” video by Brándel. Within a closed OMTU group, Brándel disseminated a disgraceful “clarification” video, in which background laughter from those holding the camera could be heard.
When confronted, Brándel cynically claimed it was “a pet.” They later posted internet-sourced images of a spider monkey, in a grotesque attempt to deceive and ridicule the situation.
This behavior constitutes the height of farce, confirming the irredeemably improvised, disrespectful, and disgraceful nature of this entity.
The Department of State concludes that the United States of Brándel:
Possesses no institutional or diplomatic seriousness.
Lacks all legal or political legitimacy.
Engages in practices of disinformation and ridicule that directly undermine responsible and serious micronationalism.
Accordingly, it is determined that Brándel is to be immediately included in the International Confidence Index as Microfarsa – Level 2 (Orange).
All forms of diplomatic relations or official contact between the Republic of Smyrna and the United States of Brándel are strictly prohibited.
All allied and partner micronations of Smyrna are strongly advised to exercise maximum caution, document all interactions, and avoid any formal commitments with this entity.
This report shall be disseminated through Smyrna’s official channels and international forums in order to protect the stability and legitimacy of serious micronationalism.
📎 Evidence provided by the National Intelligence Center (Woultenland) is attached below:
https://woultenland.blogspot.com/2025/09/caso-brandel-seguimiento-del-cni.html (CNI Report – September 2, 2025)
7- "República Popular Democrática de Gaztaño"
Microfarsa – Nivel 2 (Naranja)
Reclasificación a nivel 2 microfarsa, 7 de octubre 2025.
República de Smyrna – Caso Gaztaño
Fecha: 25 de septiembre de 2025
El día 25 de septiembre de 2025, la República de Smyrna y Gaztaño sostuvieron un acercamiento previo a la entrada en vigor del Tratado de Delegación de Relaciones Exteriores, programada oficialmente para el 26 de septiembre de 2025. Durante dicho acercamiento, se recordó expresamente a la contraparte la cláusula que establece la delegación total y sin distinción de las relaciones exteriores de Gaztaño hacia la República de Smyrna, incluyendo explícitamente la participación, adhesión o interacción con organizaciones internacionales, las cuales constituyen parte integral de la esfera de las relaciones exteriores bajo el derecho internacional.
El artículo II central del tratado, revisado en dos ocasiones por Gaztaño antes de su firma, señala que:
“Artículo II – Del Ejercicio de la Representación Internacional 1. El Departamento de Estado de Smyrna ejercerá en nombre de Gaztaño las siguientes facultades exclusivas: a) Acreditación y recepción de embajadores. b) Negociación, firma y ratificación de tratados internacionales. c) Representación en foros multilaterales. d) Defensa integral de intereses propios y compartidos. 2. Todas las embajadas y consulados de Smyrna actuarán de manera automática en favor de ciudadanos de Gaztaño, bajo las disposiciones establecidas por Smyrna."
Gaztaño, plenamente consciente de esta disposición, firmó el documento el mismo 23 de septiembre, aceptando sin reservas sus términos.
Ese mismo día, de manera contradictoria al compromiso adquirido, Gaztaño intentó gestionar su ingreso al denominado “Foro Diplomático de Micronaciones Unidas”, una organización internacional de carácter multilateral.
Este acto constituye un incumplimiento flagrante y anticipado del tratado, puesto que:
La cláusula establece delegación absoluta y sin excepciones de la política exterior.
La participación en organismos internacionales es una manifestación directa del ejercicio de relaciones exteriores.
Al momento de la firma, Gaztaño había revisado y aceptado expresamente dicha delegación.
Al intentar ingresar unilateralmente a dicha organización, Gaztaño incurre en un acto que equivale a modificar de manera anticipada cláusulas ya negociadas y firmadas, atentando contra la estabilidad y certeza jurídica del tratado.
El incumplimiento de Gaztaño contraviene el derecho internacional consuetudinario y convencional, en tanto que:
Las organizaciones internacionales son reconocidas en el derecho internacional como sujetos y foros válidos de relaciones exteriores (ver: Corte Internacional de Justicia, Reparación de Daños Sufridos al Servicio de las Naciones Unidas, 1949).
El artículo 26 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (1969) establece el principio pacta sunt servanda: “Todo tratado en vigor obliga a las partes y debe ser cumplido por ellas de buena fe.”
El intento de adhesión al Foro Diplomático constituye un acto unilateral contrario a los compromisos asumidos y, por lo tanto, una violación material del tratado.
Se le otorgó oportunidad de rectificación a Gaztaño previo al inicio en vigor del tratado, sin embargo Gaztaño se negó en repetidas ocasiones alegando que el "Consejo de Estado" se ocuparía de su membresía en organizaciones internacionales, dicho consejo nunca fue mencionado en las negociaciones previas.
De conformidad con el artículo 18 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (1969), al haber firmado el instrumento el 24 de septiembre de 2025, Gaztaño quedó jurídicamente obligado a abstenerse de todo acto que frustre el objeto y fin del tratado, incluso antes de su entrada en vigor formal, prevista para el 26 de septiembre de 2025. El intento de adhesión al denominado Foro Diplomático de Micronaciones Unidas constituye una acción contraria al objeto y propósito del tratado, dado que este establece de manera expresa la delegación total de las relaciones exteriores a la República de Smyrna. Asimismo, el artículo 26 de la misma Convención establece el principio de pacta sunt servanda, conforme al cual “todo tratado en vigor obliga a las partes y debe ser cumplido por ellas de buena fe”. En consecuencia, Gaztaño ha vulnerado el principio de buena fe al alterar de manera anticipada y unilateral cláusulas ya negociadas y firmadas, lo que genera una erosión inmediata de la confianza necesaria para sostener la cooperación establecida en el tratado.
Dada la gravedad del incumplimiento, la República de Smyrna declara que:
El acto de Gaztaño será considerado una agresión directa contra los intereses de Smyrna en materia de política exterior, así como el desperdicio de recursos y tiempo invertido.
En aplicación de la cláusula coercitiva del tratado, se procederá a la suspensión inmediata de toda cooperación, asistencia o representación diplomática de Smyrna en favor de Gaztaño.
Este incumplimiento será notificado a los aliados y socios estratégicos de Smyrna, activando el Índice Internacional de Confianza, con las consecuencias diplomáticas correspondientes.
El Tratado de Delegación de Relaciones Exteriores queda revocado en su totalidad, por lo que se anula su entrada en vigor en la fecha establecida.
Vinculo y enlace de consulta del tratado firmado por Gaztaño:
https://sites.google.com/view/statedeptsmyrna/faqs#h.5z433bcp8hhn
Vinculo sobre el anuncio del "Foro Diplomático de Micronaciones Unidas" de la adhesión de "Gaztaño" como nuevo miembro:
Cuentas de X actualmente vinculadas a "Gaztaño":
@republica_61915
@AlexGar94662413
@DelTratado59262
Cuenta de X vinculada al "Foro Diplomático de Micronaciones Unidas (FDMU)":
@fdmu_union
El incumplimiento de Gaztaño no solo quebranta un tratado bilateral recién firmado, sino que además erosiona la confianza mínima necesaria para sostener relaciones internacionales. Al alterar de manera anticipada y unilateral cláusulas ya negociadas y firmadas, Gaztaño demuestra falta de seriedad y voluntad política. Smyrna reafirma que no tolerará actos de duplicidad y velará por el cumplimiento estricto de los compromisos asumidos en el marco del derecho internacional.
Firmado:
Departamento de Estado de la República de Smyrna
25 de septiembre de 2025
(ACTUALMENTE OPERATIVA- CURRENTLY OPERATIVE)
Assigned Classification:
Unreliable Micronation – Level 3 (Yellow)
Republic of Smyrna – Gaztaño Case
Date: September 25, 2025
On September 25, 2025, the Republic of Smyrna and Gaztaño held a preliminary meeting prior to the entry into force of the Treaty on Delegation of Foreign Relations, officially scheduled for September 26, 2025. During this meeting, the counterpart was explicitly reminded of the clause establishing the total and undivided delegation of Gaztaño’s foreign relations to the Republic of Smyrna, explicitly including participation, membership, or interaction with international organizations, which are an integral part of foreign relations under international law.
The central Article II of the treaty, reviewed twice by Gaztaño prior to signature, states:
Article II – On the Exercise of International Representation
The Department of State of Smyrna shall exercise on behalf of Gaztaño the following exclusive powers:
a) Accreditation and reception of ambassadors.
b) Negotiation, signature, and ratification of international treaties.
c) Representation in multilateral forums.
d) Comprehensive defense of individual and shared interests.
All embassies and consulates of Smyrna shall automatically act on behalf of Gaztaño citizens, under the provisions established by Smyrna.
Gaztaño, fully aware of this provision, signed the document on September 23, accepting its terms without reservation.
On that very day, contradicting its commitment, Gaztaño attempted to secure membership in the so-called “United Micronations Diplomatic Forum”, an international multilateral organization.
This action constitutes a flagrant and anticipatory breach of the treaty, since:
The clause establishes absolute and exceptionless delegation of foreign policy.
Participation in international organizations is a direct manifestation of the exercise of foreign relations.
At the time of signature, Gaztaño had expressly reviewed and accepted this delegation.
By unilaterally attempting to join this organization, Gaztaño engaged in an act equivalent to prematurely altering negotiated and signed clauses, undermining the stability and legal certainty of the treaty.
Gaztaño’s breach contravenes both customary and conventional international law, insofar as:
International organizations are recognized in international law as legitimate subjects and forums of foreign relations (see: International Court of Justice, Reparation for Injuries Suffered in the Service of the United Nations, 1949).
Article 26 of the Vienna Convention on the Law of Treaties (1969) establishes the principle of pacta sunt servanda: “Every treaty in force is binding upon the parties to it and must be performed by them in good faith.”
The attempt to adhere to the Forum constitutes a unilateral act contrary to the commitments undertaken and therefore a material violation of the treaty.
Smyrna offered Gaztaño the opportunity to rectify its actions before the treaty entered into force; however, Gaztaño repeatedly refused, arguing that its so-called “Council of State” would handle membership in international organizations — a body that was never mentioned during prior negotiations.
Pursuant to Article 18 of the Vienna Convention on the Law of Treaties (1969), by signing the instrument on September 24, 2025, Gaztaño became legally bound to refrain from acts that would defeat the object and purpose of the treaty, even before its formal entry into force scheduled for September 26, 2025. The attempt to join the “United Micronations Diplomatic Forum” is directly contrary to the object and purpose of the treaty, which expressly establishes the total delegation of foreign relations to the Republic of Smyrna. Furthermore, Article 26 of the same Convention establishes that every treaty must be fulfilled in good faith. Consequently, Gaztaño has violated the principle of good faith by prematurely and unilaterally altering negotiated and signed clauses, generating an immediate erosion of the trust required to sustain the cooperation established in the treaty.
Given the seriousness of the breach, the Republic of Smyrna declares that:
Gaztaño’s act shall be regarded as a direct aggression against Smyrna’s foreign policy interests, as well as a waste of invested time and resources.
Pursuant to the coercive clause of the treaty, Smyrna shall proceed with the immediate suspension of all cooperation, assistance, or diplomatic representation in favor of Gaztaño.
This breach shall be reported to Smyrna’s allies and strategic partners, activating the International Trust Index, with the corresponding diplomatic consequences.
The Treaty on Delegation of Foreign Relations is hereby revoked in its entirety, annulling its scheduled entry into force.
Link to the treaty signed by Gaztaño:
https://sites.google.com/view/statedeptsmyrna/faqs#h.5z433bcp8hhn
X accounts currently linked to “Gaztaño”:
@republica_61915
@AlexGar94662413
Gaztaño’s breach not only violates a recently signed bilateral treaty but also erodes the minimum trust required to sustain international relations. By prematurely and unilaterally altering negotiated and signed clauses, Gaztaño demonstrates a lack of seriousness and political will. Smyrna reaffirms that it will not tolerate duplicity and will ensure the strict observance of commitments undertaken under international law.
Signed:
Department of State of the Republic of Smyrna
September 25, 2025