El hostigamiento o acoso sexual es una forma específica de violencia de género y una de las manifestaciones más usuales de las relaciones de poder en el ámbito laboral; al ser una violación de los derechos fundamentales de las trabajadoras y los trabajadores, y un problema de seguridad y salud en el trabajo, se convierte en una situación laboral intolerable.
En el Perú, tenemos la Ley Nº 27942 Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 014-2019-MIMP, aquí se menciona la formación de un comité dentro de la empresa a fin de poder enfrentar situaciones de este índole de ser el caso.
Funciones del Comité frente al hostigamiento sexual laboral:
✓ Recibir la queja o denuncia.
✓ Dictar las medidas de protección.
✓ Investigar y proponer las medidas de sanción y otras
✓ adicionales para evitar nuevos casos de hostigamiento.
✓ Dictar las medidas de sanción y otras medidas
✓ adicionales para evitar nuevos casos de hostigamiento.
Responsabilidades del Comité frente al hostigamiento sexual laboral:
✓ Investigar los hechos descritos en la denuncia o queja:
• Recibir y valorar las pruebas aportadas al procedimiento: el primer medio de prueba
es la declaración de la víctima, que deberá ser valorada tomando en cuenta el
contexto y la vulnerabilidad de la víctima.
• Respecto al debido procedimiento de ambas partes: El denunciado debe conocer
los hechos imputados, tener la posibilidad de presentar sus descargos y medios
probatorios. Todo lo actuado debe estar registrado por escrito y a disposición de las
partes.
✓ Deber de proteger a la víctima: llevar a cabo las actuaciones de la investigación
manteniéndose vigilante ante cualquier signo o hecho que revictimiza a la víctima.
✓ Garantizar una investigación reservada, confidencial, imparcial, célere y eficaz.
✓ Observar los plazos legales:
• 15 días calendario para emitir el informe.
• Un (1) día hábil para trasladar el informe a la instancia encargada de sancionar.
✓ Emitir un informe motivado.
✓ Actuación en caso de indicios de delito
MIEMBROS COMITÉ DE INTERVENCIÓN FRENTE AL HOSTIGAMIENTO SEXUAL LABORAL DE COBRA PERU S.A.
PERIODO 2024-2026
La Familia Cobra Perú te recuerda que:
Si eres víctima o has presenciado actos de Hostigamientos y/o acoso sexual en el trabajo, puedes denunciarlo ante nuestrs canales correspondientes:
¿Dónde denunciar?
Oficina de Recursos Humanos de la Delegación.
Plataforma digital:
https://cobrais.integrityline.com