Preguntas frecuentes

¿Qué es Rendir Cuenta?


RENDIR CUENTA O INFORMES. Es el deber legal y ético de todo funcionario o persona de informar y responder por la administración, manejo y rendimiento de fondos, bienes o recursos públicos asignados y por los resultados en el cumplimiento del mandato que le ha sido conferido.


¿En qué periodo debemos Rendir?

PERÍODO. La información anual, deberá corresponder al ejercicio fiscal comprendido entre 1º de enero al 31 de diciembre de cada vigencia, la cual deberá rendirse de acuerdo a lo establecido en esta resolución o mediante circular expedida por parte del Contralor Departamental de Bolívar.

¿Responsables de  Rendir  Cuenta?

LOS RESPONSABLES DE RENDIR INFORMES POR ENTIDAD. Los jefes de entidad o los representantes legales, o quien haga sus veces en los entes clasificados como puntos de control para la vigilancia y Control Fiscal de la Contraloría Departamental de Bolívar, son responsables de rendir informe anual sobre su gestión financiera, operativa, ambiental y de resultados. 

¿Plazo para la Rendicion de la Cuenta?

PLAZO. La fecha para la rendición de los informes será establecida y comunicada por el Contralor Departamental a los entes clasificados como Puntos de control responsables de la misma 

¿Cual es el deber de la Contraloría Departamental de Bolivar frente a la Rendicion de la Cuenta?

La Contraloría Departamental de Bolívar mediante procesos de vigilancia y control, revisará la información de que rindan los entes clasificados como Puntos de control, sobre su Gestión Fiscal, con el propósito de emitir pronunciamientos articulados e integrales sobre la misma. Una vez revisado el contenido del informe reportado y de acuerdo al cumplimiento de lo establecido en el artículo 13 de esta resolución, se notificará al ente sujeto de control, sobre la aceptación del informe para su revisión