Los procesos de desocupación pueden hacerse eternos, llenos de angustia, ansiedad y noches sin dormir. Donde tenéis que asumir gastos; suministros, hipoteca, etc. Sin cobrar el alquiler de cada mes vencido.
Por ello, te ofrecemos la recuperación de tu vivienda o inmueble cuanto antes y sin daños que ocasionen más gastos a posterior.
Las ventajas que le ofrecemos con nuestro servicio:
Prestamos nuestro servicio en todo el territorio español.
Buscamos recuperar sus inmuebles sin que sufran ningún daño.
Altos conocimientos en arrendamientos y desahucios.
Un servicio jurídico eficiente y gran experiencia.
Información en tiempo real.
Precio fijo, nada de sorpresas.
Atención telefónica, telemática o presencia.
Estimación de probabilidades de éxito.
Seguimiento de expertos.
Son aconsejados por nuestro servicio jurídico en aquellas situaciones donde existe falta de pago o / y expiración del contrato, realizando una previa comunicación por parte del propietario de condonar toda o parte de la deuda a cambio del abandono voluntario del inmueble en un plazo fijado, normalmente 15 días o un mes en el caso de ser vivienda habitual y viven en ella.
En los casos de estar habitado por 3 personas o más el plazo cambia a 10 días.
El desalojo en precario por falta de pago busca preservar el derecho del propietario a recuperar su vivienda en el momento que él considere oportuno, aun cuando el mismo haya permitido el acceso y permanencia de los okupantes en el inmueble.
Los okupantes están en precario cuando están disfrutando del uso del inmueble o vivienda sin pagar nada a cambio, solo con el consentimiento del propietario. Al existir este consentimiento y tampoco un contrato, la mejor opción es llegar a un acuerdo con el envío de un burofax.
Este servicio es ideal para aquellos propietarios que dan más importancia a la rapidez y eficacia en el desalojo de inquilinos en el menor tiempo posible.
En aquellos casos donde haya menores en el inmueble o vivienda a desalojar o desocupar, a pesar que la situación se complica un poco, se entiende que la notificación de abandono de la vivienda debe ser acatada y se debe marcar una fecha límite para dicho cumplimiento con el fin de evitar una situación de desamparo para los menores.
Para los lanzamientos por desahucios debe existir una notificación previa. Pero mientras permanezca esta situación excepcional lo más conveniente para no tardar más tiempo y no llegar a juicios es conciliar con los inquilinos, ofreciendo medidas para evitar mayores prejuicios económicos y materiales a los propietarios que igualmente son víctimas de esta situación.
Durante esta situación nuestro trabajo es mediar entre las dos partes para lograr la devolución del inmueble.