Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes
Sí, se puede obtener la posesión legal de una propiedad, siempre y cuando se reunan diversos requisitos aplicables al caso en concreto.
Con el simple acta de nacimiento del menor con el apellido del deudor alimentario es más que suficiente para dar inicio con el presente juicio y reclamar los alimentos.
Sí, sólo se requiere la voluntad de una de las partes para que el divorcio proceda.
Sí, el representante legal del menor o la menor podrá cobrar el retroactivo de pensión de alimentos de los años o meses no pagados.
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