La seguridad minera es una prioridad estratégica para cualquier operación extractiva en España. En ese contexto, el Real Decreto 863/1985, de 2 de abril, es el marco legal fundamental que regula las condiciones mínimas de seguridad y salud en el sector minero. Con más de tres décadas de vigencia y sucesivas adaptaciones, este reglamento sigue siendo clave para prevenir accidentes, mejorar las condiciones laborales y cumplir con los estándares de la administración minera.
Si buscas entender qué es el RD 863/1985, cómo aplicarlo en tu empresa o qué responsabilidades impone, este artículo es tu punto de partida.
El Real Decreto 863/1985 aprueba el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera. Se trata de una norma jurídica que establece las condiciones técnicas, organizativas y operativas para garantizar la seguridad en las actividades mineras, incluidas las de interior, a cielo abierto, y explotaciones de recursos geotécnicos o energéticos.
El decreto fue publicado en el BOE el 12 de abril de 1985 y ha sido complementado con Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC) específicas que desarrollan diferentes aspectos del reglamento, como ventilación, explosivos, maquinaria, residuos mineros, etc.
El RD 863/1985 aplica a toda actividad de:
Investigación, explotación y aprovechamiento de recursos minerales.
Extracción de áridos, rocas ornamentales o minerales metálicos.
Instalaciones de beneficio, tratamiento o transformación en origen.
Obras subterráneas con técnicas mineras (por ejemplo, túneles ferroviarios o hidráulicos).
También es base legal para la actuación de las Entidades Colaboradoras de la Administración (ECA), como SIMECAL, que inspeccionan, auditan y asesoran en el cumplimiento del reglamento.
Aunque data de 1985, el decreto ha sido actualizado y complementado continuamente para incorporar los avances técnicos, recomendaciones europeas e integración con normativas como la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.
📊 Según el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), el cumplimiento de este reglamento ha sido determinante para reducir la siniestralidad en minería. En los últimos 20 años, la tasa de accidentes graves en explotaciones mineras ha disminuido más de un 60%.
Además, el RD 863/1985 sirve como base para regulaciones más recientes como:
RD 975/2009, sobre gestión ambiental y residuos mineros.
ITC 02.1.02 a ITC 07.0.01, sobre ventilación, atmósferas explosivas, maquinaria, etc.
El RD 863/1985 establece las siguientes obligaciones clave:
Elaborar un Plan de Seguridad y Salud en cada explotación.
Formar y capacitar al personal minero.
Realizar inspecciones periódicas de equipos, instalaciones y condiciones de trabajo.
Implantar medidas de prevención de riesgos específicos (derrumbes, atmósferas peligrosas, polvo de sílice).
Contar con informes técnicos emitidos por ECA acreditadas como SIMECAL.
El incumplimiento puede generar:
Sanciones económicas, establecidas en la Ley de Minas.
Suspensión temporal de actividades mineras.
Responsabilidad penal o civil en caso de accidente.
Imposibilidad de renovar autorizaciones o permisos de explotación.
Por ello, las empresas del sector deben trabajar estrechamente con OCAs y ECAs, como SIMECAL, para asegurar la aplicación real y documentada del reglamento.
SIMECAL (Seguridad Industrial, Medio Ambiente y Calidad, S.L.) es una Entidad Colaboradora de la Administración en Seguridad Minera (acreditación 56/EI646) que opera en todo el territorio nacional. Está acreditada por ENAC y ofrece:
Inspecciones técnicas de maquinaria móvil y semimóvil.
Evaluación de residuos mineros según RD 975/2009.
Asistencia en auditorías, planes de seguridad y adaptación a ITCs.
Sigue vigente. Ha sido complementado por ITCs y otras normativas, pero no ha sido derogado.
El primero regula la seguridad en las operaciones mineras. El segundo regula aspectos ambientales y gestión de residuos.
Empresas mineras, cooperativas, concesionarios, contratistas y cualquier entidad que realice actividades extractivas en España.
Sí. El reglamento exige revisiones técnicas periódicas, que deben ser realizadas por entidades autorizadas por la administración minera.
Puedes consultarlo en el sitio web del BOE o en el portal del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón (IRMC).
El RD 863/1985 sigue siendo una pieza clave en la legislación minera española. Aplicarlo correctamente no solo es una obligación legal, sino también una responsabilidad ética con los trabajadores y el medio ambiente.
👉 ¿Tu empresa cumple con esta normativa? Contacta con SIMECAL y garantiza que tus operaciones estén alineadas con la ley y los estándares más exigentes.