Brindar atención al gremio magisterial a través del trámite de licencias y permisos por motivo de riesgos de trabajo, enfermedades o eventos críticos, de tal manera que se pueda ausentar de su centro de trabajo y permanecer protegido legalmente.
Acuerdo 754 para personal docente
Es una licencia con goce de sueldo, exclusiva para Docentes, por única vez en su vida laboral. Se otorga durante un periodo de 6 meses iniciales y 6 meses más, si es necesario.
Requisitos
1.-Ser trabajador docente
2.- Tener 15 años de servicio o más
3.- Agotar licencia médica por 60 días
4.- Tener un diagnóstico de incapacidad parcial o total temporal (curable)
5.- No hay reposición de recurso
6.- Atención con el especialista en la clínica del ISSSTE Pachuca
7.- Certificado médico por medicina legal
8.- Resumen o dictamen médico
9.- Anuencia por director y/o supervisor para acuerdo presidencial 754
10.- Solicitud de autorización para acuerdo presidencial 754
11.- Último comprobante de pago
12.- Credencial del INE
13.- Licencias médicas
NOTA: TODA LA DOCUMENTACIÓN DEBE ENTREGARSE EN ORIGINAL Y DOS COPIAS
Acuerdo 529 para personal docente y PAAE
Es una licencia con goce de sueldo para Docentes, Prefectos y PAAE, por única vez en su vida laboral. Contar con un mínimo de 15 años de antigüedad. La licencia procede, siempre y cuando el padecimiento șea por una enfermedad de pulmón. El permiso se otorga durante un periodo de 6 meses iniciales y 6 meses más, si es necesario.
Requisitos
1.-Ser trabajador Docente o PAAE
2.- Tener 15 años de servicio o más
3.- Agotar licencia médica por 60 días
4.- Tener un diagnóstico pulmonar
5.- No hay reposición de recurso
6.- Atención con el especialista en la clínica del ISSSTE Pachuca
7.- Certificado expedido por medicina legal
8.- Resumen o dictamen médico
9.- Anuencia por director y/o supervisor para acuerdo presidencial 529
10.- Solicitud de autorización para acuerdo presidencial 529
11.- Último comprobante de pago
12.- Credencial del INE
13.- Licencias médicas
NOTA: TODA LA DOCUMENTACIÓN DEBE ENTREGARSE EN ORIGINAL Y DOS COPIAS
Licencia por Matrimonio
Es una licencia con goce de sueldo para Docentes, Prefectos y PAAE, para gozar de 5 días antes o 5 días después de la fecha del evento.
Requisitos
1.- Último talón de pago.
2.- Copia del contrato del registro civil o de la celebración religiosa. Es importante que si no tiene el acta, presente un documento en donde especifique el nombre de la pareja, lugar y fecha en la que se lleva a cabo la celebración. El recibo de pago NO ES VÁLIDO para el trámite
3.- Credencial del INE
4.-Llenar formato en las oficinas de la Secretaría de Previsión Social
Nota: No proceden las licencias POR MATRIMONIO 15 días antes o 15 días después de vacaciones. (diciembre- abril, julio-agosto)
TODA LA DOCUMENTACIÓN DEBE ENTREGARSE EN ORIGINAL Y DOS COPIAS
Licencia por Defunción
Esta licencia es otorgada a los compañeros trabajadores de la educación cuando hayan padecido el fallecimiento de un familiar directo (padre, madre, hijos, esposa, esposo) y con ésta se podrá obtener un permiso de 5 días SIGUIENTES a la fecha de fallecimiento del familiar.
Requisitos
1.- Último comprobante de pago.
2.- Copia del acta de defunción
3.- Credencial del INE
4.- Acta de Nacimiento o Acta de Matrimonio para comprobar parentesco
5.- Llenar formato en las oficinas de la Secretaría de Previsión Social
NOTA: TODA LA DOCUMENTACIÓN DEBE ENTREGARSE EN ORIGINAL Y DOS COPIAS
Licencia por Riesgo de Trabajo
Esta licencia es otorgada a todos los compañeros trabajadores de la educación cuando hayan sufrido un accidente tipificado como riesgo de trabajo. Para obtener su permiso deberá realizar el siguiente procedimiento.
1.- El trabajador o en su caso un familiar cercano, debe acudir al servicio de urgencias y solicitar el formato RT-02 (INFORME MÉDICO INICIAL) Las Unidades Médicas del ISSSTE, cuentan en todo momento con este formato.
2.- Informar a la Delegación del ISSSTE en un máximo de tres días, sobre el riesgo de trabajo sufrido por el agremiado, a los siguientes correos:
mariac.vazquez@issste.gob.mx riesgosdetrabajohgo@issste.gob.mx carmen.hernandez@issste.gob.mx
y secretaria.prevision.15@gmail.com
3.- La autoridad inmediata (Director, Supervisor, Jefe de Sector, etc.) debe elaborar acta de hechos del accidente de trabajo, en un plazo no mayor a 72 horas.
4.- Acudir a la oficina de la Secretaría de Previsión Social para brindar información y armar el expediente (Son 30 días hábiles a partir de que se sufrió el riesgo para entregar el expediente a la delegación del ISSSTE)
5.- Acudir a la Secretaría de Previsión Social para solicitar el formato RT-O1 y RT-O3 (A, B, C) de acuerdo a la naturaleza del riesgo
6.- Tramitar la Constancia de Servicios extendida por (CAPEP)
NOTA: En cuanto sea reconocido el riesgo de trabajo, deberán de tramitar su valoración de secuelas en Previsión Social
Formato RT-03 A Probable riesgo en el centro de trabajo
Formato RT-03 B Probable riesgo en trayecto, domicilio-centro de trabajo o viceversa
Formato RT-O3 C Probable riesgo en comisión de trabajo
Secretaría de Previsión Social
Teléfonos
7717175320 Ext. 154 y 155
Correo electrónico
secretaria.prevision.15@gmail.com