TÉRMINOS Y CONDICIONES DE AFILIACIÓN
PROGRAMA DE GESTIÓN DE SCTR KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L
TÉRMINOS Y CONDICIONES DE AFILIACIÓN
PROGRAMA DE GESTIÓN DE SCTR KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L
TÉRMINOS Y CONDICIONES DE AFILIACIÓN
PROGRAMA DE GESTIÓN DE SCTR DE KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L.
1. Identificación de las partes
Los presentes Términos y Condiciones regulan la solicitud, afiliación, permanencia, renovación y uso del programa de gestión de Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) administrado por KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L., identificada con RUC N.º 20614284537, en adelante, KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L.
La persona que solicita su incorporación, renovación o permanencia en el programa, o cuyos datos son remitidos para su inclusión por la empresa cliente o tercero autorizado, será denominada en adelante EL AFILIADO.
2. Naturaleza del servicio
KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L. brinda un servicio de gestión, coordinación administrativa y canalización para la incorporación de personas a programas de cobertura SCTR vinculados a actividades de riesgo de transporte de carga por carretera, conforme a las condiciones comerciales y operativas autorizadas por los proveedores de cobertura correspondientes.
KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L. no tiene la condición de compañía de seguros, Corredor de seguros, EPS, entidad prestadora de salud, clínica, ni autoridad médica. En consecuencia:
a) no emite pólizas ni constancias de cobertura;
b) no reemplaza a la aseguradora ni a la EPS;
c) no formula diagnósticos;
d) no califica médicamente enfermedades, accidentes o incapacidades; y
e) no reconoce por sí sola coberturas, reembolsos, pensiones, invalidez ni indemnizaciones.
Por lo cual, toda decisión relacionada con:
a) emisión de pólizas.
b) aceptación o rechazo de siniestros.
c) determinación de coberturas.
d) cálculo de indemnizaciones o pensiones
Corresponde exclusivamente a la entidad aseguradora o proveedor competente. Así pues, toda constancia, certificado o documento de cobertura es emitido por la entidad aseguradora o proveedora correspondiente, con sus propios mecanismos de autenticación y validación. En el ejemplo aportado, la constancia contiene QR de validación y está suscrita por representantes de Sanitas Perú S.A. EPS y Protecta S.A. Compañía de Seguros y Reaseguros.
3. Ámbito material de afiliación
La afiliación gestionada por KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L. está destinada exclusivamente a personas que desarrollen labores comprendidas dentro de la actividad declarada y aceptada por el programa y por la cobertura disponible, esto es, transporte de carga por carretera, incluyendo, de corresponder, choferes, estibadores y demás personal operativo vinculado a dicha actividad, siempre que cumplan los requisitos de inclusión y permanencia.
Queda expresamente establecido que la afiliación no ampara actividades distintas a transporte de carga por carretera, aun cuando el solicitante pretenda utilizarlas bajo una denominación similar o complementaria.
4. Ausencia de vínculo laboral con KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L.
La afiliación, gestión, coordinación o entrega de constancias no genera relación laboral, subordinación, planilla, locación de servicios, representación, mandato ni vínculo societario entre EL AFILIADO y KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L..
EL AFILIADO reconoce que su eventual relación laboral, contractual o de prestación de servicios corresponde a la empresa para la cual presta efectivamente labores o a la persona que lo contrata, y no a KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L..
5. Solicitud de afiliación y datos declarados
Para solicitar afiliación, renovación o inclusión en el programa, EL AFILIADO o la empresa cliente deberá proporcionar información veraz, completa y actualizada, incluyendo como mínimo los datos de identificación y aquellos requeridos para la gestión administrativa del servicio, tales como nombre completo, documento de identidad, fecha de nacimiento, razón social o sede operativa, actividad a desempeñar y demás datos que resulten necesarios para la correcta emisión o gestión de la cobertura.
La omisión, falsedad, alteración, contradicción o incompletitud de la información declarada faculta a KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L. a:
a) rechazar la solicitud;
b) suspender la gestión;
c) negar la renovación;
d) reportar la incidencia a la aseguradora, EPS, clínica, empresa contratante o autoridad competente; y
e) exigir la reparación de los daños y costos ocasionados, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan para la recuperación de los daños y costos debidamente acreditados
6. Declaraciones esenciales del afiliado
EL AFILIADO declara y acepta expresamente que:
a) la información entregada para su incorporación o renovación es cierta;
b) desarrollará únicamente actividades compatibles con la cobertura solicitada;
c) conoce que las constancias y certificados son emitidos por la aseguradora o proveedor correspondiente y no por KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L.;
d) comprende que la atención, evaluación y aceptación del siniestro dependen del cumplimiento de las condiciones de la póliza y de la evaluación de la entidad aseguradora, EPS, clínica o proveedor que corresponda;
e) no utilizará la afiliación para hechos ajenos al trabajo de riesgo cubierto; y
f) no alterará, reproducirá indebidamente, falsificará ni permitirá la circulación de documentos adulterados de cobertura.
g) El afiliado declara que cualquier información recibida por terceros deberá ser validada a través de los canales oficiales de KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L..
h) El afiliado declara conocer y aceptar el Protocolo de Reporte, Atención y Verificación de Accidentes, el cual forma parte integrante de los presentes Términos y Condiciones como Anexo, siendo de cumplimiento obligatorio
7. Exclusiones y limitaciones relevantes
Sin perjuicio de las exclusiones contenidas en la póliza, condiciones particulares, reglamentos aplicables y decisiones de la entidad aseguradora, EL AFILIADO reconoce que no procede cobertura cuando el evento reportado no reúna los requisitos objetivos y documentales del programa o de la póliza.
De manera especial, y en tanto ello sea compatible con la póliza maestra, quedan comprendidos como supuestos de no procedencia o exclusión:
a) enfermedades preexistentes o persistentes no cubiertas por la póliza;
b) dolencias comunes presentadas como si fueran accidente laboral;
c) accidentes ocurridos fuera de la actividad cubierta o sin nexo con transporte de carga por carretera;
d) eventos ajenos a la jornada, salvo que exista sustento válido de continuidad laboral, desplazamiento autorizado o horas extraordinarias acreditadas;
e) hechos derivados de información falsa, documentos adulterados o suplantación; y
f) cualquier otro supuesto de exclusión previsto por la póliza o por la normativa aplicable.
8. Sobre preexistencias y uso improcedente
EL AFILIADO reconoce que las enfermedades preexistentes, persistentes o no derivadas del riesgo cubierto no pueden ser presentadas fraudulentamente como accidente de trabajo o accidente derivado de transporte de carga.
Si KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L. advierte indicios razonables de que se intenta reportar como accidente un cuadro de salud ajeno al riesgo cubierto, podrá solicitar documentos, precisiones, sustentos, descansos médicos, informes de atención, declaraciones ampliatorias u otros elementos de verificación; asimismo, podrá comunicar la observación a la aseguradora, EPS, clínica o proveedor correspondiente para la evaluación que corresponda.
9. Procedimiento de reporte de accidentes
En caso de accidente, EL AFILIADO, la empresa cliente, el supervisor, reportante o tercero responsable deberá comunicar el hecho por los canales oficiales de atención establecidos por KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L. y/o por el proveedor correspondiente, dentro del plazo operativo aplicable al programa.
El reporte deberá contener, como mínimo:
a) empresa contratante;
b) identificación del trabajador o afiliado;
c) fecha, hora y lugar del accidente;
d) descripción circunstanciada del hecho;
e) horario de trabajo;
f) cargo desempeñado;
g) identificación del reportante;
y h) demás documentos de sustento requeridos.
10. Facultad de verificación
KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L., por sí o por intermedio de la entidad aseguradora, Corredor de seguros, EPS, clínica, empresa contratante o proveedor relacionado, podrá verificar la autenticidad, consistencia y veracidad del hecho reportado, así como requerir pruebas adicionales antes o después de la atención cuando existan dudas razonables sobre:
a) la ocurrencia del accidente;
b) el vínculo del evento con la actividad cubierta;
c) el horario de ocurrencia;
d) la identidad del afiliado;
e) la vigencia de la cobertura;
f) la autenticidad de la constancia o certificado; o
g) cualquier otro dato relevante para la cobertura.
La sola recepción del reporte o la derivación inicial a la red médica no constituye aceptación definitiva del siniestro ni genera, por sí misma, reconocimiento irrevocable de cobertura.
11. Documentación falsa o alterada
Queda terminantemente prohibido falsificar, alterar, modificar, reutilizar, adulterar, suplantar, reimprimir indebidamente, revender indebidamente o utilizar fuera de su vigencia cualquier certificado, constancia, QR, código de validación, comprobante, documento de identidad, hoja de atención, reporte, declaración o sustento relacionado con la cobertura.
Si se detecta la existencia, circulación o uso de documentación falsa o adulterada, KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L. podrá:
a) suspender o bloquear inmediatamente la atención administrativa del caso;
b) excluir al afiliado del programa;
c) denegar su renovación;
d) informar a la aseguradora, EPS, Corredor de seguros, clínica, empresa contratante o tercero afectado;
e) reservarse el derecho de iniciar las acciones civiles, penales o administrativas pertinentes; y
f) exigir la restitución de gastos, costos, y demás daños ocasionados.
12. Validación de constancias
EL AFILIADO reconoce que la autenticidad de la constancia o certificado de cobertura debe verificarse a través de los mecanismos oficiales implementados por la entidad emisora, tales como QR, código de validación, consulta electrónica o verificación directa con la aseguradora o proveedor.
KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L. no será responsable por perjuicios derivados de la circulación, uso o aceptación por terceros de documentos alterados, falsificados, vencidos o no emitidos válidamente por la entidad aseguradora o proveedora. La constancia aportada en el expediente evidencia precisamente la existencia de QR y validación por la entidad emisora.
13. Terceros colocadores
KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L. podrá trabajar con terceros colocadores, revendedores, promotores, coordinadores comerciales o intermediarios de hecho para la captación de solicitudes. Sin embargo, ello no supone que dichos terceros tengan facultad para:
a) modificar pólizas;
b) alterar condiciones;
c) ofrecer coberturas no autorizadas;
d) aceptar siniestros;
e) garantizar pagos, reembolsos o pensiones; o
f) emitir constancias válidas por cuenta propia.
Todo tercero de esta naturaleza actúa bajo su propia responsabilidad respecto de las declaraciones, promesas, ofrecimientos o documentación que entregue fuera de las instrucciones expresas de KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L..
En consecuencia, KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L. solo responderá por la información y documentación emitida o confirmada directamente por sus canales oficiales o por la entidad aseguradora/proveedora correspondiente
14. Atención médica y decisión sobre cobertura
La derivación médica, orientación inicial, envío de red de clínicas, coordinación de atención o recepción de documentos por KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L. es una gestión administrativa de soporte y no equivale a decisión de cobertura.
La evaluación de procedencia, improcedencia, exclusiones, reservas, observaciones, investigaciones médicas o determinación final del siniestro corresponde exclusivamente a la entidad aseguradora, EPS, corredor de seguros, clínica o proveedor competente, según la póliza y los procedimientos aplicables.
15. Limitación de responsabilidad
KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L. no será responsable por la denegatoria de cobertura, limitaciones, exclusiones, retrasos o decisiones adoptadas por la entidad aseguradora, EPS, clínica o proveedor, ni por errores derivados de información incorrecta proporcionada por el afiliado o terceros.
16. Recuperación de gastos por uso indebido
Si, luego de la atención inicial, revisión documental, auditoría, investigación o evaluación posterior, se determina que:
a) el evento reportado no constituía accidente cubierto;
b) se brindó información falsa o incompleta;
c) se ocultó información relevante;
d) se presentó documentación adulterada; o
e) se utilizó indebidamente el programa para obtener atención o beneficios no amparados,
EL AFILIADO, la empresa cliente o el tercero responsable quedarán obligados solidariamente a reembolsar a KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L., y/o a quien corresponda, todos los gastos, costos, cargos, penalidades, pagos, recobros, consumos y daños que dicha utilización improcedente hubiere generado.
17. Vigencia y renovación
La afiliación, cobertura o inclusión en el programa tiene la vigencia específica consignada en la constancia, comprobante o documento correspondiente, y puede ser mensual, bimensual, trimestral o por el periodo que resulte aplicable al programa.
La renovación no es automática. Toda renovación está sujeta a nueva evaluación administrativa, comercial, documental y operativa, así como a disponibilidad del programa y a la aceptación de las condiciones vigentes.
KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L. podrá rechazar solicitudes de renovación o continuidad cuando existan razones operativas, comerciales, documentales, de riesgo, de observación previa, inconsistencias, uso indebido, fraude, sospecha razonable de fraude o cualquier otro criterio de administración del programa, sin que ello genere obligación de continuidad, indemnización ni derecho adquirido a renovación.
18. Ajustes de condiciones económicas
KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L. se reserva el derecho de modificar, actualizar o ajustar las condiciones económicas del servicio, incluyendo tarifas, costos de gestión o cualquier otro cargo asociado, cuando existan variaciones en:
a) las condiciones establecidas por las entidades aseguradoras o proveedoras;
b) factores de riesgo asociados a la actividad declarada;
c) cambios normativos o regulatorios aplicables;
d) condiciones operativas o comerciales del programa.
Dichas modificaciones serán comunicadas al afiliado por los canales oficiales con una antelación razonable.
La continuidad en el uso del servicio o la solicitud de renovación implicará la aceptación de las nuevas condiciones.
19. Límites respecto de cobertura de pensión
EL AFILIADO declara conocer que la procedencia, alcance, exclusiones, condiciones y exigibilidad de cualquier cobertura de pensión, invalidez o prestaciones económicas depende de la póliza emitida, de la normativa aplicable y de la evaluación de la entidad competente.
KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L. no garantiza, por sí sola, el otorgamiento de pensión, invalidez, renta o cobertura económica de largo plazo si los presupuestos legales, contractuales o de asegurabilidad no concurren en el caso concreto.
20. Canales oficiales
Toda comunicación relevante deberá cursarse a través de los canales oficiales habilitados por KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L., incluyendo correo electrónico y WhatsApp corporativo. El afiliado reconoce que los mensajes, llamadas, reportes, audios, archivos, capturas, formularios y declaraciones remitidos por dichos medios podrán ser utilizados como evidencia de la comunicación, coordinación del caso, verificación de la solicitud y defensa frente a reclamos.
21. Protección de datos personales
EL AFILIADO autoriza a KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L. a recopilar, almacenar, organizar, consultar, transferir y tratar sus datos personales y, de corresponder, datos sensibles estrictamente necesarios para la afiliación, renovación, validación, atención de accidentes, coordinación con la red prestadora, cumplimiento contractual, prevención de fraude y atención de reclamos, pudiendo compartirlos con la aseguradora, EPS, clínicas, empresas contratantes, asesores legales, autoridades o proveedores vinculados al servicio, siempre dentro de la finalidad autorizada y conforme a la normativa peruana de protección de datos personales.
Asimismo, EL AFILIADO reconoce que sus datos personales serán almacenados en el banco de datos de titularidad de KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L., el cual se encuentra implementado conforme a la normativa vigente en materia de protección de datos personales.
EL AFILIADO podrá ejercer en cualquier momento sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (derechos ARCO), conforme a la Ley N.º 29733, mediante solicitud dirigida a los canales oficiales de KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L. habilitados para tal efecto.
KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L. adoptará las medidas técnicas, organizativas y legales necesarias para garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos personales tratados.
22. Prevención de fraude y reserva de acciones
Toda conducta de fraude, tentativa de fraude, simulación de accidente, suplantación, alteración documental, ocultamiento de información o uso desviado del programa autoriza a KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L. a adoptar medidas de prevención, suspensión, bloqueo, exclusión, no renovación, comunicación a terceros y ejercicio de las acciones legales correspondientes.
23. Libro de reclamaciones y controversias
Los reclamos vinculados a la gestión administrativa de KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L. podrán ser presentados por los canales oficiales de atención. Los reclamos vinculados a decisiones de cobertura médica o asegurativa deberán tramitarse ante la entidad aseguradora, EPS, clínica o proveedor competente, sin perjuicio del derecho del usuario a ejercer las vías legales o administrativas que estime pertinentes.
24. Prevalencia normativa
En caso de discrepancia entre los presentes Términos y Condiciones, anexos, pólizas o normativa aplicable, prevalecerán las disposiciones de la póliza emitida por la entidad aseguradora y la normativa legal vigente.
25. Aceptación expresa
EL AFILIADO declara haber leído, entendido y aceptado íntegramente los presentes Términos y Condiciones, así como sus anexos, reconociendo que dicha aceptación podrá realizarse mediante medios físicos o electrónicos, incluyendo mensajería digital, teniendo plena validez legal y produciendo los mismos efectos que una firma manuscrita, reconociendo especialmente:
i) la naturaleza administrativa del servicio brindado por KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L.;
ii) la limitación del programa a la actividad de transporte de carga por carretera;
iii) la obligación de declarar información veraz;
iv) la inexistencia de derecho automático a renovación;
v) la facultad de verificar e investigar accidentes observados;
vi) la prohibición absoluta de falsificar o alterar constancias o documentos; y
vii) la posibilidad de repetición o cobro de gastos frente a uso indebido o fraudulento.
Anexo 1: PROTOCOLO DE REPORTE, ATENCIÓN Y VERIFICACIÓN DE ACCIDENTES
KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L.
El presente protocolo regula el procedimiento aplicable al reporte, atención inicial, verificación y seguimiento de accidentes comunicados por los afiliados al programa de gestión de SCTR administrado por KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L., estableciendo criterios uniformes de actuación que garanticen orden operativo, trazabilidad y adecuada gestión del riesgo.
1. Todo evento reportado debe responder a criterios de veracidad, oportunidad y relación directa con la actividad cubierta. En ese sentido, solo serán materia de gestión aquellos hechos que, en apariencia, se encuentren vinculados a labores propias de transporte de carga por carretera, conforme al ámbito del programa y a las condiciones de la cobertura correspondiente.
2. El accidente deberá ser comunicado dentro del plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas desde su ocurrencia, a través de los canales oficiales de KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L., tales como WhatsApp corporativo o correo electrónico. La comunicación deberá contener información suficiente que permita una adecuada identificación del caso, incluyendo la identificación del afiliado, empresa vinculada, fecha, hora, lugar del evento, descripción detallada de las circunstancias, actividad que se encontraba realizando y datos del reportante. En caso la información resulte incompleta o poco clara, se requerirá su ampliación antes de continuar con la gestión.
3. Recibido el reporte, KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L. podrá brindar orientación inicial y coordinar la derivación a la red médica correspondiente. Esta actuación constituye una gestión administrativa de apoyo y no implica, en ningún caso, aceptación del siniestro ni reconocimiento de cobertura, lo cual dependerá de la evaluación posterior que realice la entidad aseguradora o el proveedor correspondiente.
4. Cuando existan elementos que generen duda razonable sobre la ocurrencia del accidente, su relación con la actividad cubierta, el horario, la identidad del afiliado o la consistencia de la información proporcionada, KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L. podrá realizar acciones de verificación, tanto de manera previa como posterior a la atención inicial. Estas acciones podrán incluir la solicitud de información adicional, ampliación de la declaración, validación con la empresa vinculada, revisión de documentos, requerimiento de sustento del horario laboral u otros medios razonables que permitan esclarecer los hechos.
5. Se considerarán como casos observados aquellos en los que se adviertan inconsistencias, contradicciones, falta de sustento o cualquier indicio de que el evento no corresponde a un accidente cubierto. En tales supuestos, el caso será gestionado bajo un criterio de revisión, pudiendo ser derivado a la aseguradora para su evaluación, sin que ello implique pronunciamiento definitivo por parte de KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L..
6. No serán considerados como accidentes cubiertos aquellos eventos que correspondan a enfermedades preexistentes, condiciones médicas crónicas o dolencias comunes que pretendan ser presentadas como accidentes de trabajo. En estos casos, se procederá a la observación del evento y a su comunicación a la entidad correspondiente para la evaluación que corresponda conforme a las condiciones de la póliza.
7. La evaluación final sobre la procedencia o improcedencia del siniestro corresponde exclusivamente a la aseguradora, EPS, clínica o entidad competente, según la estructura del programa y la póliza aplicable. KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L. no realiza diagnósticos médicos ni adopta decisiones definitivas sobre cobertura.
8. En caso se detecte o existan indicios razonables de uso indebido del programa, tales como simulación de accidentes, presentación de información falsa, ocultamiento de datos relevantes o utilización de documentación alterada, KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L. podrá adoptar medidas administrativas que incluyan la suspensión de la gestión, exclusión del afiliado, denegatoria de renovación y comunicación del hecho a la aseguradora u otras entidades competentes.
9. Si, como resultado de la evaluación posterior o auditoría del caso, se determina que el evento reportado no correspondía a una contingencia cubierta o que se generaron costos a partir de información inexacta o conducta indebida, el afiliado o el responsable del reporte quedará obligado a asumir los gastos generados, incluyendo aquellos de naturaleza médica, administrativa o cualquier otro perjuicio ocasionado.
10. KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L. podrá requerir información previa para la adecuada derivación del caso a la entidad correspondiente
Toda comunicación, documento, mensaje, llamada, audio o registro generado durante la gestión del siniestro formará parte del expediente del caso y podrá ser utilizado como medio de prueba en caso de controversia.
EL AFILIADO, al incorporarse al programa, declara conocer y aceptar el presente protocolo, comprometiéndose a cumplirlo y a proporcionar información veraz en todo momento, asumiendo las consecuencias legales derivadas de su incumplimiento.
Anexo 2: DECLARACIÓN JURADA DEL AFILIADO
PROGRAMA DE GESTIÓN SCTR KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L.
El afiliado cuyos datos han sido proporcionados para su incorporación al programa de gestión SCTR administrado por KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L., declara bajo juramento lo siguiente:
1. IDENTIFICACIÓN Y ACTIVIDAD
Declara que desempeña actividades vinculadas a transporte de carga por carretera, en calidad de conductor, estibador u otra función operativa relacionada, encontrándose vinculado a la empresa consignada en su registro de afiliación.
Asimismo, declara que la información proporcionada para su afiliación es completa, veraz y actualizada.
2. CONOCIMIENTO DEL SERVICIO
Declara haber sido informado y comprender que:
KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L. no es una compañía de seguros, ni Corredor de seguros. ni entidad médica, sino una empresa que brinda servicios de gestión administrativa.
Las constancias de cobertura son emitidas por la aseguradora o proveedor correspondiente (Sanitas, Protecta u otro).
KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L. no aprueba ni rechaza siniestros, ni decide sobre cobertura médica o económica.
3. SOBRE LA COBERTURA
Declara que:
La cobertura está sujeta a las condiciones de la póliza emitida por la aseguradora correspondiente.
No todos los eventos se encuentran cubiertos.
Ha sido informado que no se encuentran cubiertos, entre otros supuestos:
· enfermedades preexistentes
· dolencias comunes presentadas como accidente laboral
· eventos ajenos a la actividad de transporte de carga por carretera
El afiliado declara haber sido informado de que la procedencia de dichas coberturas dependerá del cumplimiento de los requisitos legales y contractuales aplicables en cada caso.
4. DECLARACIÓN SOBRE SALUD Y PREEXISTENCIAS
Declara expresamente que:
No utilizará la cobertura para atender enfermedades preexistentes, crónicas o persistentes, presentándolas como accidente laboral.
No ocultará información relevante sobre su estado de salud con la finalidad de obtener cobertura indebida.
5. SOBRE ACCIDENTES
Declara que reportará únicamente accidentes reales, ocurridos en el ejercicio de sus funciones, y que brindará información veraz, completa y coherente sobre las circunstancias del evento.
Reconoce que cualquier inconsistencia, contradicción o falta de sustento podrá generar la observación del caso, su eventual rechazo y la adopción de las acciones correspondientes.
6. PROHIBICIÓN DE FRAUDE Y DOCUMENTOS FALSOS
Declara que no falsificará, alterará, modificará ni utilizará indebidamente constancias de seguro, certificados, documentos médicos, reportes de accidente u otros documentos relacionados.
Asimismo, se compromete a no permitir el uso indebido de su afiliación por terceros.
Reconoce que estas conductas pueden generar su exclusión del programa, la comunicación del hecho a la aseguradora y el inicio de acciones legales.
7. VERIFICACIÓN Y AUDITORÍA
Acepta que su caso puede ser verificado, investigado o auditado por KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L., la aseguradora, la clínica o la empresa vinculada.
Reconoce que la atención inicial o derivación médica no implica aceptación definitiva del siniestro.
8. RESPONSABILIDAD POR USO INDEBIDO
Declara que, en caso se determine que ha proporcionado información falsa, simulado un accidente, ocultado información relevante o utilizado indebidamente la cobertura, se obliga a asumir los costos generados, incluyendo gastos médicos, administrativos o cualquier perjuicio ocasionado.
9. RENOVACIÓN
Declara que la afiliación tiene vigencia limitada y que la renovación no es automática, pudiendo ser rechazada por KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L. o la aseguradora sin obligación de justificar.
10. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
Autoriza a KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L. a recopilar, tratar y compartir sus datos personales con aseguradoras, clínicas, empresas vinculadas y autoridades competentes, para fines de afiliación, atención médica, validación de siniestros y prevención de fraude, conforme a la normativa vigente.
11. ACEPTACIÓN ELECTRÓNICA
El afiliado declara que la presente declaración jurada puede ser aceptada mediante medios electrónicos, incluyendo mensajería digital, teniendo plena validez legal.
La aceptación expresa a través de dichos medios constituye manifestación válida de voluntad y genera los mismos efectos que una firma manuscrita.
12. DECLARACIÓN FINAL
Declara haber leído íntegramente el presente documento, comprender su contenido y aceptar sus términos de manera libre y voluntaria.
La presente declaración se vincula a los datos de afiliación proporcionados por el afiliado a través de los canales habilitados por KANA MULTISERVICIOS E.I.R.L..