En el entorno industrial actual, donde la eficiencia operativa y la seguridad del personal son prioridades ineludibles, las revisiones periódicas de maquinaria se han consolidado como una obligación tanto legal como estratégica.
Más allá del cumplimiento normativo, estas inspecciones son herramientas de prevención esenciales: ayudan a reducir accidentes laborales, prolongan la vida útil de los equipos y refuerzan el cumplimiento de estándares como ISO 45001 o auditorías internas corporativas.
Si trabajas en un equipo de prevención de riesgos laborales (PRL) o mantenimiento industrial, este artículo te ofrece una guía clara y actualizada sobre cómo gestionar estas revisiones, qué exige la legislación, con qué frecuencia deben realizarse y qué ocurre si se omiten.
Las revisiones periódicas son inspecciones programadas y sistemáticas de maquinaria industrial, móvil o semimóvil, para garantizar que operan en condiciones seguras y funcionales. Su objetivo es detectar a tiempo desgastes, anomalías o fallos críticos que puedan suponer un riesgo para la integridad física de los trabajadores o causar paradas de producción.
Están reguladas por múltiples normas, siendo la más relevante el Real Decreto 1215/1997, que adapta la Directiva Europea 2009/104/CE sobre condiciones de seguridad en los equipos de trabajo.
Toda máquina que represente un riesgo mecánico, eléctrico, térmico o de atrapamiento debe estar sujeta a inspección. Algunos ejemplos comunes:
Prensas, cizallas, sierras industriales.
Carretillas elevadoras, apiladores eléctricos, tractores logísticos.
Maquinaria móvil en plantas o minería: excavadoras, volquetes, plataformas.
Equipos de elevación de personas: brazos articulados, plataformas tipo tijera.
Cintas transportadoras, líneas robotizadas, mezcladoras.
En el caso de maquinaria de uso colectivo o continuo, las revisiones deben ser aún más rigurosas.
📌 Según la Inspección de Trabajo, más del 21% de los accidentes graves en entornos industriales durante 2023 estuvieron relacionados con máquinas sin mantenimiento o con sistemas de seguridad anulados.
Real Decreto 1215/1997: disposiciones mínimas de seguridad en equipos.
RD 773/1997 y RD 475/2007: protección frente a agentes físicos (ruido, vibración).
RD 1644/2008: marcado CE y requisitos de seguridad de maquinaria nueva.
Normas UNE específicas (como UNE-EN ISO 14120, 13857, 12100…).
En sectores como minería o elevación de cargas, también aplican:
RD 1389/1997 y RD 973/2009 en Seguridad Minera.
Normas UNE-58921, UNE-EN 474, EN 280 para plataformas, maquinaria de obra, etc.
No existe una única frecuencia válida para todos los casos. Esta debe basarse en:
✅ Las indicaciones del fabricante del equipo.
✅ La intensidad de uso y condiciones ambientales (polvo, vibración, corrosión).
✅ El análisis de riesgos del entorno.
✅ La legislación sectorial aplicable.
Equipos móviles (logística, minería) Cada 12 meses
Maquinaria de elevación de personas Cada 6 a 12 meses
Máquinas fijas en línea de producción Cada 1 a 2 años
Carretillas elevadoras eléctricas Revisión preventiva mensual y anual técnica
👷 SIMECAL, como Entidad Colaboradora de la Administración acreditada por ENAC, ofrece planes de revisión periódica de maquinaria industrial y minera adaptados a esta realidad normativa.
En empresas con bajo riesgo o maquinaria sencilla, el propio personal técnico puede realizar parte de las revisiones internas siempre que esté formado y documente el proceso.
En maquinaria de riesgo medio o alto, es obligatorio contar con personal cualificado o entidades externas acreditadas como SIMECAL, que actúan como OCA o ECA según el ámbito.
Las inspecciones periódicas de maquinaria deben contemplar:
Estructura mecánica y chasis (grietas, deformaciones).
Sistemas de protección: resguardos, sensores, botoneras de parada.
Elementos de transmisión: cadenas, correas, engranajes.
Sistema hidráulico o neumático (fugas, presión).
Sistemas eléctricos y protecciones diferenciales.
Nivel de desgaste de partes móviles.
Funcionamiento de dispositivos de emergencia y señalización.
El incumplimiento de estas obligaciones puede derivar en:
Sanciones económicas de hasta 40.985 €, según Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Paralización inmediata de la máquina por Inspección de Trabajo.
Responsabilidad civil y penal en caso de accidente.
Anulación de certificaciones ISO (45001, 9001) o exclusión en licitaciones públicas.
Según el INSST, el 73% de las sanciones graves en PRL de 2023 estuvieron vinculadas al uso indebido o falta de mantenimiento en maquinaria peligrosa.
Sí. Aunque esté recién instalada y cuente con marcado CE, debe pasar una puesta en marcha segura y someterse a la primera inspección interna antes de entrar en uso.
No. El mantenimiento rutinario no sustituye la revisión periódica documentada, que debe evaluarse desde la perspectiva de seguridad.
Debes conservar el informe de inspección, el registro de mantenimiento, los partes de revisión interna y evidencia fotográfica o técnica si se corrigen defectos.
Puedes programar por turnos, bloques de maquinaria o en fines de semana, y solicitar a entidades como SIMECAL un calendario flexible de revisión por zonas.
Sí. Con soluciones de GMAO (gestión de mantenimiento asistido por ordenador) o consultoras técnicas que ofrezcan historial digital de inspecciones y alertas automáticas.
La gestión proactiva de las revisiones periódicas de maquinaria es mucho más que un trámite: es un pilar del sistema de prevención, de la continuidad operativa y del cumplimiento empresarial.
Si aún no tienes claro si tu flota está al día, SIMECAL puede ayudarte a implementar un plan de revisiones técnicas adaptado a tus equipos, sector y ritmo de operación.
🔧 Solicita tu diagnóstico técnico sin compromiso y asegura que tu maquinaria cumple con todos los estándares de seguridad y legalidad.