Si gestionas un hotel, hostal, edificio turístico o alojamiento rural con ascensor, es probable que alguna vez te hayas preguntado:
“¿Cada cuánto tiempo debo hacer la revisión del ascensor? ¿Estoy obligado legalmente? ¿Qué puede pasar si me retraso?”
En España, las revisiones periódicas de ascensores son obligatorias por ley y están reguladas en el Real Decreto 88/2013, que aprueba la ITC AEM 1 "Ascensores". Este reglamento aplica a todos los aparatos de elevación instalados de forma permanente, incluidos aquellos que prestan servicio en alojamientos de cualquier categoría.
Según datos de la Federación Empresarial Española de Ascensores (FEEDA), el 90% de los accidentes en ascensores se deben a una combinación de mantenimiento deficiente y falta de inspecciones reglamentarias. En sectores como el turístico, donde la reputación y la experiencia del cliente son claves, mantener estos sistemas en perfecto estado es más que una obligación legal: es una garantía de confianza.
La referencia legal es el RD 88/2013, de 8 de febrero, que desarrolla la Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 “Ascensores”. Esta norma establece que los ascensores deben revisarse periódicamente por un Organismo de Control Autorizado (OCA), ajeno a la empresa de mantenimiento regular, y establece una frecuencia obligatoria en función del uso del edificio.
Los alojamientos de pública concurrencia, como hoteles, pensiones, hostales o edificios rurales con varias viviendas, deben realizar una inspección obligatoria cada 2 años.
Esta periodicidad se justifica por el alto tránsito de personas y por la diversidad de usuarios (mayores, personas con movilidad reducida, turistas internacionales). Cumplir este plazo garantiza que el ascensor:
Funciona bajo condiciones seguras
Cumple con los requisitos técnicos actualizados
Puede seguir operando sin riesgo de sanción ni accidente
🧾 Según la memoria 2023 del Ministerio de Industria, más de 20.000 instalaciones fueron paralizadas en España durante el último año por no haber pasado la revisión OCA en plazo o por presentar deficiencias graves.
La revisión periódica de ascensores realizada por un OCA como SIMECAL, empresa con acreditación ENAC y amplia trayectoria en inspecciones turísticas, abarca aspectos esenciales como:
Estado del sistema de tracción y freno
Verificación de cables, guías y poleas
Funcionamiento de puertas automáticas y sensores de seguridad
Prueba de sistema de emergencia (teléfono o interfono)
Señalización y luz de cabina
Verificación de normas de accesibilidad (según RD 173/2010)
El resultado puede ser:
Conforme: apto para seguir operando.
Con deficiencias leves: requiere corrección sin detener el servicio.
Con deficiencias graves o muy graves: paralización inmediata del ascensor.
Las consecuencias del incumplimiento pueden ser graves tanto desde el punto de vista legal como reputacional:
Multas de hasta 6.000 € según la Ley 21/1992 de Industria.
Cierre del servicio de ascensor hasta subsanar los problemas.
Pérdida de cobertura de seguro en caso de accidente.
Reputación afectada, especialmente si hay una denuncia de clientes o incidentes reportados.
Recuerda que muchos portales de reservas permiten a los usuarios valorar la accesibilidad y funcionamiento del ascensor, por lo que descuidar este aspecto puede impactar directamente en tu puntuación online y en la tasa de reserva.
Registra la fecha de la última inspección en tu sistema de gestión.
Solicita recordatorios automáticos a tu OCA de confianza (SIMECAL ofrece este servicio).
Coordina la inspección fuera de temporada alta para evitar molestias a los huéspedes.
Guarda todos los informes y certificados en un dossier técnico. Puedes usarlos en auditorías, inspecciones de Turismo o revisiones ISO 9001/14001.
No. Debe realizarla un Organismo de Control Autorizado (OCA) independiente, como SIMECAL, con acreditación legal.
El mantenimiento es periódico (mensual o bimensual) y lo hace el conservador. La inspección OCA es obligatoria cada 2 años y es independiente.
El informe OCA firmado, el libro de mantenimiento, y los certificados de corrección de deficiencias si las hubiera.
Cada uno debe ser inspeccionado individualmente. SIMECAL ofrece planes multiequipo para alojamientos o edificios con más de un ascensor.
Depende del tipo de ascensor, su antigüedad y la ubicación.
Cumplir con las revisiones periódicas de ascensores no es solo una obligación legal: es una medida de protección para tus huéspedes y tu reputación como alojamiento. Contar con una empresa de confianza como SIMECAL para gestionar tus inspecciones te permite prevenir riesgos, evitar sanciones y mantener tu negocio funcionando sin interrupciones.
🔎 ¿Tu ascensor ha pasado la inspección en los últimos 2 años? Si no estás seguro, contáctanos y evita sorpresas.