Para una caldera nueva es posible agotar los humos en la pared y no en el techo, la caldera debe ser de condensación con bajas emisiones de óxidos de nitrógeno.
Desagüe de pared , escape de techo , calderas de combustión de humos , caldera de condensación
Calderas de humos de escape.
Uno de los procedimientos más comunes para la evacuación de los gases de combustión de la caldera es la denominada expulsión horizontal que se lleva a cabo por medio de una tubería, precisamente horizontal, que al salir por unos pocos metros de las calderas extremos a la pared, sin llegar al techo dell ' edificio.
La regla UNICIG 7129/08 es la principal referencia para instalaciones de gases para el uso civil, que también pertenecen a los sistemas de eyección de gases de combustión de la caldera (potencia térmica inferior o igual a 35 kW ).
Desagüe de pared de caldera: caldera internaLa norma UNICIG 7129/08, como todas las normas, indica algunas de las formas en que es posible realizar las plantas en cumplimiento de las obligaciones descritas por las leyes de referencia.
Para los residuos de los productos de combustión de la caldera, de unos 10 años, de 2003 a finales de 2012, la referencia legislativa más importante fue el Decreto Presidencial 412 de 2003 , actualizada y modificada varias veces durante la década.
El DPR permite la descarga de los humos en horizontal sólo en algunos casos, entre ellos eran los más comunes: la sustitución de una caldera existente con pared de salida horizontal, la instalación de una nueva caldera en un edificio desprovisto de una planta térmica y Renovación de un sistema de calefacción autónomo.
En todos los demás casos de instalación de una nueva caldera, era obligatorio descargar los humos del techo, incluso en los casos en que la distancia entre la caldera y el techo era considerable.
En diciembre de 2012 se produjo un cambio considerable, del Decreto Presidencial 412 de 2003 incluyó en el decreto legislativo conocido como Decreto Bis Desarrollo , compuesto por una posibilidad adicional de excepción a la salida por el tejado para determinados tipos de calderas.
Con la enmienda introducida por este decreto ya no había ninguna obligación de agotar los humos de combustión para todas las calderas que protegían el medio ambiente, es decir, alta eficiencia y bajas emisiones de contaminantes.
Para calderas de alta eficiencia nos referimos principalmente a calderas de condensación , capaces de recuperar energía térmica de los humos producidos por la combustión, mientras que, para bajas emisiones de contaminantes, significamos bajas emisiones de las principales formas de óxidos de nitrógeno (NOx).
En cualquier caso, las distancias descritas por UNICIG 7129/08 con respecto a balcones, puertas, ventanas, etc., siguieron siendo válidas para las instalaciones de dichas calderas y sus sistemas de evacuación de humos de escape..
Estas disposiciones también eran válidas en todos los casos de desprendimiento de un sistema de calefacción central, tanto para la renovación como para la construcción de un nuevo sistema de calefacción autónomo .
¿Qué calderas pueden descargar los humos en la pared?
Luego, siguiendo el Decreto Ley de 4 de junio de 2013, n. 63, luego convertido en Ley 3 de agosto de 2013 n. 90, se estableció que incluso para las calderas estándar y ecológicas, que se instalaron a partir del primero de septiembre de ese año, ya no se pudo realizar el drenaje de la pared, incluso en caso de reemplazo de una caldera vieja que ya estaba descargando en la pared
Desagüe de pared de caldera: mantenimientoLa única excepción fueron los sistemas que poseían estas características:
- una eficiencia térmica útil mayor o igual a 90 + 2 log (Pn), correspondiente a una carga térmica igual al 100% de la potencia térmica útil nominal;
- pertenecía a la clase 4 o la clase 5 según la clasificación de emisiones de NOx indicada por las normas UNI EN 297, UNI EN 483 y UNI EN 15502.
Nuevas reglas para el drenaje de paredes.
Recientemente, la legislación ha sido modificada nuevamente, luego de la entrada en vigor del Decreto Legislativo n. 102 de 4 de julio de 2014 .
El decreto aumenta el número de casos en los que es posible que la pared se drene de 4 a 6 e introduce cambios en los tipos de generadores que pueden aprovechar esta simplificación.
Artículo. 14 del decreto, en los párrafos 8 y 9, establece que es posible descargar en la pared en estos dos casos:
- para calderas de gas de cámara sellada instaladas en sustitución de calderas que ya se descargan a la pared o en tuberías colectivas ramificadas;
- En caso de renovación de los sistemas de calefacción.en el que no hay sistemas adecuados de evacuación de techo, si las calderas de condensación se utilizan con una emisión de óxidos de nitrógeno no superior a 70 mg / kWh.
El mismo tipo de caldera puede tener drenaje de pared en los casos en que el drenaje del techo no sea posible debido a la existencia de restricciones en el edificio en cuestión o debido a la imposibilidad técnica de realizar la salida en el techo, una condición que debe ser confirmada por un tecnico
Además, podrán descargar a la pared los generadores híbridos compuestos de al menos una caldera de condensación y una bomba de calor.