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preguntas frecuentes sobre registros civiles
¿Que es un Registro Civil?
El Registro Civil es un organismo oficial donde se inscriben los hechos concernientes al estado civil de las personas. El Registro Civil constituye la prueba de los hechos inscritos. Si no se hubiera practicado la inscripción o no fuera posible emitir la certificación del asiento, y sólo en esos casos, se admitirán otros medios de prueba.
Las inscripciones de los nacimientos, matrimonios y defunciones se inscriben en el Registro del lugar en que ocurren, si bien la ley contempla una serie de especialidades para la inscripción de nacimientos, matrimonios o defunciones acaecidos en lugares desconocidos o en el curso de viajes.
Los nacimientos que se produzcan en territorio español, siempre que la inscripción se solicite dentro de plazo, podrán inscribirse en el Registro correspondiente al domicilio del progenitor o progenitores. En este caso, y a todos los efectos legales, se considerará que el lugar de nacimiento del inscrito es el municipio en el que se ha practicado el asiento.
¿Quién puede solicitar la inscripción de nacimiento en el registro civil?
La obligación de declarar el nacimiento afecta al padre o a la madre, a los abuelos, a los tíos o primos del nacido, así como a los cuñados y cuñadas del nacido.
Si los progenitores no están casados, el trámite tienen que hacerlo conjuntamente ambos progenitores.
En el Registro Civil se inscriben:
El nacimiento.
La filiación.
El nombre y apellidos y cambios sobre los mismos.
La emancipación y habilitación de edad..
Las modificaciones judiciales de la capacidad de las personas o que éstas han sido declaradas en concurso, quiebra o suspensión de pagos..
Las declaraciones de ausencia o fallecimiento.
La nacionalidad y vecindad.
La patria potestad, tutela y demás representaciones que señala la Ley.
El matrimonio.
La defunción.
¿Dónde se inscribe el nacimiento?
En el Registro Civil del domicilio de los progenitores o progenitor, o en la localidad donde se produjo el nacimiento.
¿Qué plazo hay para inscribir un nacimiento?
La inscripción debe practicarse entre las 24 horas y los 30 días siguientes al nacimiento.
¿Qué ocurre si han pasado 30 días desde el nacimiento y no he realizado la inscripción del nacido?
Para inscribir a un recién nacido trascurrido los 30 días desde su nacimiento, es necesario tramitar un expediente gubernativo, que requiere de la comparecencia de dos testigos que confirmen que el niño o niña ha nacido en dicha fecha y lugar y que se aporte la siguiente documentación.
Certificado médico
Documentos que acrediten la existencia de ese niño o niña y que ha nacido en dicha fecha y lugar (fotocopia del DNI, certificado de bautismo, certificado de empadronamiento...)
Elección del nombre
El Registro Civil examina si el nombre elegido es admisible o no conforme a las reglas generales de imposición. Dichas reglas establecen los siguientes límites:
No se permite más de un nombre compuesto ni más de dos simples. Los nombres simples irán unidos por un guion y ambos se escribirán con mayúscula inicial.
Están prohibidos los nombres que perjudiquen a la persona, los que hagan confusa la identificación y los que induzcan a error en cuanto al sexo.
No se puede poner el mismo nombre que ostente ya un hermano, a no ser que hubiera fallecido.
No se permiten los nombres que por sí o en combinación con los apellidos resulten contrarios al decoro de las personas.
Libro de Familia
Si los progenitores tienen Libro de Familia, se inscribe en él el nacimiento.
Si no tienen Libro de Familia, se les entrega al momento uno con la inscripción de nacimiento.
¿Qué documentos necesito para inscribir un matrimonio en el Registro Civil?
La inscripción hace fe del acto del matrimonio, de su fecha, hora y del lugar en que se contrae. Es el medio de prueba de que el matrimonio se ha realizado.
El matrimonio desde su celebración produce efectos civiles, y para el pleno reconocimiento de los mismos será necesaria su inscripción en el Registro Civil.
¿Cuál es la documentación necesaria para inscribir un matrimonio en el Registro Civil?
Matrimonio religioso
Deberá presentar la certificación eclesiástica que expresará las circunstancias exigidas por la legislación.
Para la inscripción en el Registro Civil de matrimonios islámicos, judíos o de la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, será necesario tramitar el expediente previo que concluye con auto de capacidad matrimonial para los dos últimos casos, siendo conveniente para el primero.
Matrimonio civil
Si el Matrimonio se ha celebrado en el Juzgado, el acta de celebración es la propia inscripción, que será firmada por el encargado del Registro Civil, los dos contrayentes, dos testigos y el Secretario.
Si el Matrimonio se ha celebrado en el Ayuntamiento, el acta de matrimonio será remitida al Registro Civil del lugar en que se celebró el matrimonio, siendo el Registro Civil quien realiza la inscripción y extiende el Libro de Familia.
¿Dónde se hace la inscripción de Matrimonio celebrado en el extranjero?
En el caso de que un ciudadano español se encuentre fuera de su país, y decida casarse en el extranjero; o en el caso de que ambos contrayentes sean españoles pero hayan contraído matrimonio en otro país, es posible iniciar el tramite de registras en España el matrimonio ante alguno de los siguientes organismos:
Directamente en el Registro Central
En el Registro Civil de la localidad donde esté empadronado el español.
Ante el consulado de España en el Pais donde se celebro el matrimonio.
¿Por qué es importante registrar la inscripción de un matrimonio celebrado en el extranjero?
La inscripción en España de un enlace matrimonial celebrado en el extranjero le otorga validez en España y es beneficioso para:
Si el otro cónyuge es extranjero podrá tramitar la tarjeta de residente de familiar comunitario.
Al ser cónyuge de un español o española y si demuestra que lleva un año residiendo en España de forma legal, podría adquirir la nacionalidad por residencia.
Por motivos sucesorios y así, ante fallecimiento del cónyuge, hacer valer sus derechos como heredero.
Unido al punto anterior, para hacer efectivos el cobro de la pensión por viudedad.
¿Qué documentos necesito para inscribir una Defunción en el Registro Civil?
La declaración de defunción se realiza ante el Registro Civil del lugar del fallecimiento, si bien, en determinados casos, como el del fallecimiento en curso de un viaje, puede trasladarse la inscripción al Registro Civil del domicilio del difunto, a solicitud de sus herederos.
¿Cuál es la documentación necesaria para inscribir una defunción?
Para poder inscribir el fallecimiento, hay que aportar el certificado médico de defunción u orden judicial de inscripción, la fotocopia del DNI o pasaporte de la persona fallecida, y cumplimentar el formulario del Registro con los siguientes datos:
Nombre y apellidos del fallecido
Nombres de los padres
Estado Civil
Nacionalidad
Fecha y lugar de nacimiento
D.N.I.
Datos de inscripción de nacimiento
Domicilio último
Día, hora y lugar de la defunción
Lugar de enterramiento, si consta en la declaración de defunción en certificación de Autoridad o funcionario a cuyo cargo está el cementerio.
Cita del documento o documentos de donde se hayan extraído los datos anteriores, salvo que sean conocidos por el declarante, y referencia a otros datos de identificación cuando los requeridos no sean conocidos, o a vestidos y papeles encontrados con el difunto, e incluso su fotografía
¿Dónde se hace la inscripción de Matrimonio celebrado en el extranjero?
En el caso de que un ciudadano español se encuentre fuera de su país, y decida casarse en el extranjero; o en el caso de que ambos contrayentes sean españoles pero hayan contraído matrimonio en otro país, es posible iniciar el tramite de registras en España el matrimonio ante alguno de los siguientes organismos:
Directamente en el Registro Central
En el Registro Civil de la localidad donde esté empadronado el español.
Ante el consulado de España en el Pais donde se celebro el matrimonio.
¿Qué es el certificado de Fe de vida y Estado?
El certificado de fe de vida y estado es el documento que acredita que una persona está viva y cuál es su estado civil.
¿Dónde puede solicitar el certificado de Fe de vida y Estado?
Se puede solicitar de forma presencial, ante el Encargado del Registro Civil del domicilio, y por delegación, ante el Juez de Paz del domicilio del sujeto a que se refiere.
Siempre que sea posible, se declarará al propio sujeto sobre su identidad o Estado.
Dado el carácter especial de este trámite, el interesado deberá acudir personalmente al Registro Civil de su domicilio, con DNI y, en su caso, Libro de Familia.
Si el interesado no pudiera acudir personalmente por estar impedido, podrá acudir otra persona, aportando en todo caso copia de su DNI, copia del DNI del interesado, y un Certificado médico reciente u otros documentos que acrediten dicha situación.
No serán admitidos Certificados médicos de una antigüedad superior a quince días, con carácter general, siendo competencia de cada registro en función de las potestades reconocidas en la normativa vigente la facultad de establecer otros plazos inferiores, información que le será ofrecida por el registro destinatario de la solicitud.
Para probar el vínculo matrimonial será suficiente el certificado de matrimonio por lo que no se expedirá la "Fe de casado".
¿En qué casos se puede solicitar el cambio de Nombre?
Para traducir el nombre a cualquiera de las otras lenguas oficiales del Estado.
Para cambiar su nombre por el usado habitualmente.
Cuando su nombre sea malsonante o exprese un concepto contrario a la dignidad de la persona.
Cuando solicite la rectificación de la mención relativa al sexo de tu inscripción de nacimiento. La rectificación del sexo conlleva el cambio de nombre propio de la persona, para que no resulte discordante con su sexo registral (Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas).
¿Dónde puede solicitar el cambio de Nombre?
En el Registro Civil o Juzgado de Paz que corresponda por domicilio.
¿Qué es el certificado literal de Nacimiento para DNI?
Pedir una partida de nacimiento literal para obtener el DNI por primera vez, es un trámite habitual para los niños o bebés.
Los ciudadanos extranjeros ya nacionalizados que quieran obtener el DNI Español deben aportar la documentación que comentamos a continuación. Además deberán llevar su NIE o TIE ( tarjeta de identificación de extranjero) a la oficina/comisaría el día que sean citados presencialmente.
Documentos necesarios para solicitar el DNI por primera vez
Partida de Nacimiento
Certificado de empadronamiento
Fotografías tamaño carnet
¿Qué precio tiene el DNI por primera vez?
En 2019 el precio es de 12€ y debe abonarlos en efectivo. Para familias numerosas el trámite de renovación u obtención por primera vez es gratis. Tiene que llevar la tarjeta de familia numerosa para beneficiarse de la tasa gratuita.
Nota .- Cuando el titular del DNI sea menor de 14 años o persona con capacidad judicialmente complementada, se realizará en presencia de la persona que tenga la patria potestad o tutela, o persona apoderada por estas últimas.
¿Se puede hacer una inscripción de defunción fuera de plazo?
No. El Reglamento de Registro Civil obliga a que la declaración, la práctica de comprobaciones y la inscripción de la defunción se lleven a cabo dentro de las veinticuatro horas siguientes al fallecimiento, debiendo practicarse antes del enterramiento. En el caso de no hacer la inscripción, no se expedirá la licencia para el entierro.
La inscripción de defunción se considera legalmente urgente y son hábiles todos los días y horas del año para practicarla.
¿Qué es la dirección General de Registros y Notariado?
La Dirección General de los Registros y del Notariado es el centro directivo y consultivo del Registro Civil de España.
En materia de Registro Civil, son funciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado las siguientes:
1.ª Promover la elaboración de disposiciones de carácter general.
2.ª Dictar las instrucciones, resoluciones y circulares que estime procedentes en los asuntos de su competencia, que tendrán carácter vinculante.
3.ª Supervisar y coordinar el cumplimiento de las normas registrales por el Encargado y demás personal al servicio de las Oficinas del Registro Civil.
4.ª Resolver los recursos legalmente previstos y atender las consultas que se planteen acerca de la interpretación y ejecución de la legislación en materia de Registro Civil.
5.ª Resolver los expedientes de su competencia en materia de Registro Civil.
6.ª Ordenar la planificación estratégica, y coordinar las actuaciones en esta materia con otras Administraciones e instituciones públicas o privadas.
7.ª Implantar y elaborar programas de calidad del servicio público que presta el Registro Civil.
8.ª Cualesquiera otras que le atribuyan las leyes.
¿Qué documentos necesito para el reconocimiento paterno?
El requisito que debe cumplir para iniciar este trámites es tener su domicilio y estar empadronado en la localidad donde vaya a solicitarlo.
Para ello, deberán presentarse los progenitores del menor ante el Registro Civil de la Localidad con la siguiente documentación:
Certificado de empadronamiento actualizado.
Original y fotocopia del DNI, NIE o pasaporte de ambos progenitores.
Libro de familia (original y fotocopia)
Certificados literales de nacimiento del padre, la madre y el hijo (legalizados, o bien con apostilla de la Haya, y además, en su caso, traducidos)
Certificado literal de matrimonio de los progenitores (legalizado o apostillado y traducido)