El Real Decreto 1215/1997, más comúnmente buscado como real decreto 1215/97, es una de las normativas más importantes en España en materia de seguridad laboral. Este decreto establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización de los equipos de trabajo por parte de los trabajadores.
Para muchas empresas, comprender y aplicar adecuadamente el RD 1215/97 puede marcar la diferencia entre una cultura preventiva efectiva o una exposición constante a riesgos legales, técnicos y humanos.
¿Qué es el Real Decreto 1215/1997 y a quién aplica?
El Real Decreto 1215/97, publicado el 18 de julio de 1997, desarrolla lo previsto en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, y establece las condiciones mínimas que deben cumplir los equipos de trabajo utilizados por empleados en cualquier sector o tipo de empresa.
Aplica a todas las organizaciones que pongan a disposición de sus trabajadores cualquier tipo de máquina, aparato, herramienta o instalación, sin importar su tamaño, naturaleza jurídica o actividad económica. Desde grandes industrias hasta pequeños talleres están obligados a cumplir con esta norma.
¿Qué equipos de trabajo regula el Real Decreto 1215/97?
La definición legal de “equipo de trabajo” incluye:
Maquinaria industrial (tornos, prensas, fresadoras, sierras)
Carretillas elevadoras y plataformas móviles
Equipos eléctricos o hidráulicos
Herramientas manuales con motor
Sistemas de transporte interno (cintas, polipastos)
Instalaciones fijas asociadas a procesos productivos
Es decir, prácticamente todo lo que se use en una actividad laboral y represente un riesgo debe ser evaluado y adaptado conforme al RD 1215/97.
Obligaciones que impone el Real Decreto 1215/97
Las empresas tienen varias obligaciones concretas bajo esta normativa:
Garantizar la seguridad de los equipos en uso
Evaluar y adecuar los equipos que no cuenten con marcado CE
Formar e informar a los trabajadores sobre los riesgos y su correcto manejo
Realizar mantenimiento preventivo periódico documentado
Adaptar el entorno físico de trabajo (espacio, iluminación, señalización, ventilación)
Estas obligaciones no solo deben cumplirse en papel: deben ser verificables en una auditoría o inspección laboral. La falta de adecuación de los equipos puede ser considerada infracción grave o muy grave por parte de la Inspección de Trabajo.
¿Qué pasa con los equipos antiguos sin marcado CE?
Uno de los aspectos más exigentes del Real Decreto 1215/1997 es la obligación de adecuar los equipos fabricados antes de 1995, es decir, aquellos que no fueron diseñados con los estándares del marcado CE.
Para estos equipos se requiere:
Análisis de riesgos
Instalación de protecciones físicas (resguardos, sensores, paradas de emergencia)
Mejora de componentes (eléctricos, mecánicos, hidráulicos)
Actualización de señalización, manuales y sistemas de mando
Elaboración de un informe de adecuación técnica al RD 1215/97
Esta labor debe realizarla personal cualificado. Empresas como SIMECAL, con más de 20 años de experiencia en seguridad de maquinaria, son referentes en España para estos servicios.
Consecuencias de no cumplir el Real Decreto 1215/97
El incumplimiento puede acarrear importantes sanciones legales, incluyendo:
Multas económicas (de 2.000 € a más de 180.000 € según LISOS)
Clausura del equipo o del centro de trabajo
Responsabilidad civil y penal del empleador en caso de accidente grave
Pérdida de cobertura del seguro laboral
Deterioro de la reputación empresarial
Según el INSST, una parte importante de los accidentes laborales con baja están relacionados con el uso de maquinaria mal mantenida o sin adecuación normativa.
Pasos para garantizar el cumplimiento del RD 1215/1997
Inventariar todos los equipos de trabajo en uso
Clasificar por antigüedad y riesgo
Evaluar los que no cuenten con marcado CE o que presenten dudas
Contratar una auditoría técnica de adecuación
Ejecutar las medidas correctoras necesarias
Formar a los trabajadores e incluirlo en la documentación preventiva
Revisar y mantener los equipos periódicamente
Este proceso debe integrarse dentro del Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la empresa y revisarse regularmente.
Preguntas frecuentes sobre el Real Decreto 1215/97
¿Aplica el RD 1215/97 en trabajos de oficina?
Solo si hay equipos técnicos en uso. Por ejemplo, un taller de mantenimiento informático con herramientas eléctricas sí debe cumplirlo.
¿Debo cambiar un equipo antiguo si funciona bien?
No necesariamente. Pero sí debes acreditar que cumple con las condiciones mínimas de seguridad, lo cual puede implicar adaptaciones técnicas.
¿Quién puede emitir un informe de adecuación?
Técnicos especializados en PRL, ingenieros industriales o empresas expertas como SIMECAL. El informe debe estar disponible para Inspección de Trabajo.
¿El marcado CE exime de cumplir el RD 1215?
No. El marcado CE garantiza condiciones de fabricación. El RD 1215/97 regula su uso seguro en el entorno laboral. Ambos son complementarios.
¿Cada cuánto debo revisar los equipos?
Según el tipo de equipo y el uso. El mantenimiento debe ser periódico, documentado y ejecutado por personal autorizado.
Conclusión
El Real Decreto 1215/1997 no es una opción. Es una obligación legal y una herramienta clave para construir entornos de trabajo más seguros. Evaluar, adaptar y mantener los equipos de trabajo no solo evita multas: protege vidas, mejora la eficiencia y reduce costes derivados de accidentes laborales.
Empresas responsables ya han entendido que la seguridad es una inversión, no un gasto. Y tú, ¿tienes tus equipos al día?