En Veracruz, cada municipio establece su propia tasa del Impuesto de Traslación de Dominio, y aunque en la mayoría aplica un 0.5%, hay municipios donde esta cifra puede incluso quintuplicarse.
El Código Hacendario Municipal establece que la tasa aplicable se define en la Ley de Ingresos de cada municipio. Actualmente, solo 20 municipios cuentan con su propio Código Hacendario, mientras que los demás dependen exclusivamente de su Ley de Ingresos que se publica anualmente en la Gaceta Oficial del Estado.
Además, desde 2023, algunos municipios como Orizaba, Tuxpan, Coatzacoalcos y Xalapa han implementado derechos extraordinarios, permitiendo obtener constancias de no adeudo, certificados de valor y cédulas catastrales en menor tiempo, a cambio de un pago mayor.
📌 Importante: En los municipios que cuentan con un Código Hacendario Municipal, este documento permite establecer reglas específicas para el cobro de impuestos, así como obligaciones para contribuyentes y algunas otras relacionadas con la función notarial. Es fundamental revisar la normatividad aplicable en cada localidad, ya que las reglas cambian en cada región.
🖩 Utiliza nuestra calculadora de tasas y obtén la tasa del impuesto de Traslación de dominio según el municipio, así como los derechos sobre los servicios catastrales que más utilizamos en la práctica notarial. ¡Facilita tus trámites ahora!
Si observas que un dato está desactualizado o es incorrecto, te invitamos a reportar una actualización: