Las funciones o servicios de un Despacho de Procuraduría son estríctamente los que marca la legislación vigente al efecto. Concrétamente el REAL DECRETO 1281/2002, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto General de los Procuradores de los Tribunales de España (publicado en el BOE de 21 de diciembre de 2002)
Gestiones Administrativas: Registros de la Propiedad, Registro Mercantil y Otros Organismos
Publicaciones en Boletines Oficiales.
Gestión de Tasaciones.Peritaciones Judiciales. (Caligráficas, Médicas, Mobiliarias,...)
Cumplimiento de Despachos. Exhortos, Oficios, Mandamientos,....
"El nuevo Estatuto General de los Procuradores de los Tribunales de España responde de manera efectiva a la necesidad de actualizar la normativa propia de este colectivo profesional que se venía regulando por el Estatuto General de los Procuradores de los Tribunales de España, aprobado por Real Decreto 2046/1982, de 30 de julio. La modernización de la Procura, en función de las nuevas atribuciones asignadas, permitirá una representación del ciudadano de mayor calidad ante la Justicia, agilizándose el procedimiento gracias al uso de las nuevas tecnologías por parte de los procuradores." (de la exposición de motivos).