PREGUNTAS FRECUENTES
PREGUNTAS FRECUENTES
Cotidianamente, iremos actualizando esta página con temas de interés general para que todos los agentes puedan consultar sus inquietudes.
Saludos cordiales.
Oficina de Personal
En todas las Categorías :
a) En la Justicia: 0,25 por año de servicio*, hasta un máximo de 5 puntos
b) En el cargo: 0.50 punto por cada año*, hasta un máximo de 5 puntos.
* Todas estas antigüedades se calculan al 31 de agosto del año de que se trate.
Los empleados con más de siete años de antigüedad en el cargo al momento de propuesta podrán ser promovidos al cargo inmediato superior sin necesidad de rendir examen. Esto no se aplica en la categoría de Jefe de Despacho.
Según lo resuelto por Acta 27/96 de la C.N.A.T. se resuelve implementar la utilización de " Planilla de Desempeño".
ART. 12º PLANILLA DE DESEMPEÑO: La/el magistrada/o podrá expresar sus observaciones
respecto del/de la agente a su cargo a través de una planilla de desempeño, de cuya
existencia quedará constancia en el escalafón para que pueda ser requerida para su
consulta.
Asimismo, se informa que, estará habilitada la opción de “Consulta pública”, mediante la cual cualquier usuario que acceda a la página principal del Portal de Aplicaciones –con previa identificación-, podrá ingresar a la consulta de evaluaciones de agentes del Fuero.
En esta aplicación, se podrán buscar las evaluaciones de las/os agentes por su apellido.
El enlace directo es https://apps-cnat.pjn.gov.ar/personal/evaluaciones
Se atribuirán los siguientes puntajes:
Para las categorías hasta Oficiales Mayores inclusive:
Abogada/o y Escribana/o : 1.50 puntos
Procurador/a ,Bachiller Universitario en Derecho y Técnica/o Universitario en Derecho: 0,75 centésimos
Para la categoría de Jefes De Despacho :
Abogada/o y Escribana/o : 1.50 punto
Hasta la categoría de Oficial Mayor inclusive: 3 puntos
En el cargo de Jefe de Despacho, Relator/a, Secretaria/o Privada/o:
a) 0,50 centésimos a los que hayan obtenido hasta 6 puntos
b) 1 punto a los que hayan obtenido una calificación superior.
La duración del curso tiene vigencia mientras el agente continúe en la misma categoría.