Colabora con la parroquia
En esta página encontrará información sobre los distintos modos posibles de colaborar con el sostenimiento económico de la parroquia.
Muchas gracias por su generosidad. Al final de esta página puede consultar los beneficios fiscales de las donaciones a la Iglesia Católica.
En el despacho de la parroquia, Ud. puede hacer donativos en metálico o mediante tarjeta bancaria.
Si prefiere hacer su donativo mediante transferencia bancaria, ya sea puntual o periódica, puede hacerlo a favor de la siguiente cuenta corriente del Banco Sabadell:
ES44 0081 0367 1100 0175 1679
Titular: Parroquia de Santo Domingo de Silos
Desde su teléfono móvil, también puede hacer su donativo a través de Bizum:
Código BIZUM de la parroquia: 01301 (donaciones)
Si lo prefiere, puede hacernos llegar su donativo a través de PayPal, pinchando en el siguiente enlace:
PayPal a la Parroquia de Santo Domingo de Silos
Finalmente, puede hacer su colaboración económica mediante un recibo domiciliado que la parroquia cargará en su cuenta corriente todos los meses (entre el día 2 y el día 6 de cada mes) por el importe que Ud. quiera donar mensualmente. Para ello, puede descargar, imprimir y rellenar este formulario y entregarlo en el despacho parroquial. Si lo prefiere, puede rellenar el formulario pinchando aquí y pasarse por el despacho parroquial simplemente para firmarlo.
Desgravación fiscal de los donativos a la Iglesia Católica
El artículo 19 de la Ley 49/2002 del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, modificado por el Real Decreto Ley 6/2023 publicado en el BOE de 23 de diciembre de 2023, establece que para los donativos de personas físicas, la desgravación fiscal es la siguiente:
Los primeros 250 euros donados por el contribuyente tendrán una desgravación del 80%.
El resto del donativo desgravará un 40%, salvo en el caso de los donativos recurrentes durante más de 2 años por importe igual o superior realizados a la misma entidad, que desgravarán un 50%.
La deducción autonómica del 15% no es aplicable a los donativos entregados a la Iglesia Católica.
En resumen, los donativos a la Iglesia Católica están bonificados con una importante desgravación fiscal: 80% de la cantidad donada, si no pasa de 250 €. Hasta esa cantidad, de cada 5 € que Ud. done a la Iglesia, recuperará 4 € en la Declaración de la Renta. A partir de 250 € de donativo anual, la desgravación es del 40% (del 50% si el donativo se repite durante más de dos años). Para beneficiarse de esta desgravación, es necesario que cuando nos haga llegar su donativo de la forma que sea, nos indique su nombre, dos apellidos y NIF, para que nosotros podamos declarar su donativo a la Agencia Tributaria.