Como responsable de seguridad y mantenimiento en una empresa, uno de los aspectos clave en la gestión de instalaciones es garantizar el cumplimiento normativo de los sistemas de elevación, en particular, los ascensores. La inspección OCA de ascensores es una obligación legal que no puede ser sustituida por el mantenimiento mensual.
Este artículo es una guía detallada para comprender qué exige la normativa RD 88/2013, cómo organizar las inspecciones técnicas, qué se revisa exactamente y qué riesgos legales, operativos o económicos conlleva el incumplimiento.
La base legal de esta obligación es el Real Decreto 88/2013, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 “Ascensores”, en el marco del Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención (RD 2291/1985).
Este reglamento establece que todos los ascensores instalados permanentemente —ya sea en edificios de uso residencial, industrial, comercial o público— deben someterse a inspecciones periódicas por parte de un Organismo de Control Autorizado (OCA), debidamente acreditado por la administración.
Según datos de la Federación Empresarial Española de Ascensores (FEEDA), España cuenta con más de 1.1 millones de ascensores, lo que la convierte en el país europeo con mayor densidad de elevadores por habitante.
Cada día se realizan más de 100 millones de viajes en ascensores en el país.
De acuerdo con el Ministerio de Industria, aproximadamente un 20% de los ascensores en empresas e instalaciones públicas no tienen al día su inspección técnica reglamentaria, lo que supone un riesgo legal y operativo significativo.
Una revisión OCA va más allá del mantenimiento habitual. Evalúa el estado funcional, mecánico y documental del ascensor, con independencia técnica. Los elementos clave que se inspeccionan incluyen:
Cabina, guías, poleas, cables y contrapesos
Frenos de emergencia y sistemas de parada
Teléfonos de rescate y señales de alarma
Nivelación precisa en cada planta
Sistemas de cierre y detección en puertas automáticas
Documentación técnica, libro de mantenimiento y registros
Validación del cumplimiento del mantenimiento obligatorio de ascensores
Se realiza conforme a normas UNE como la UNE-EN 81-20 y la UNE-EN 81-80, que regulan los requisitos técnicos y de accesibilidad.
No cumplir con la inspección técnica de ascensores puede acarrear sanciones económicas importantes, clausura del sistema o, en caso de accidente, consecuencias penales para la empresa. Según la Ley 21/1992 de Industria, las sanciones pueden ir desde:
⚠️ Multas de hasta 3.000 € por infracciones leves
❌ Multas superiores a 30.000 € si se considera un riesgo grave
⚖️ Responsabilidad civil y penal si se produce un accidente por falta de revisión
Además, las compañías aseguradoras pueden negar cobertura de daños o responsabilidad civil si se demuestra que el ascensor no cumplía con las inspecciones reglamentarias exigidas por ley.
La ley exige que sea realizada por un Organismo de Control Autorizado (OCA) externo a la empresa de mantenimiento. Empresas como SIMECAL, con más de 20 años de experiencia, están acreditadas para operar en toda España y ofrecen:
Inspección técnica conforme al RD 88/2013
Generación de informes oficiales y presentación ante industria
Asesoramiento técnico en caso de deficiencias detectadas
Presupuestos personalizados y cumplimiento de plazos
No. El mantenimiento es obligatorio y lo realiza una empresa conservadora. La inspección OCA es una auditoría externa independiente y obligatoria.
Libro de mantenimiento actualizado
Certificados de revisiones previas
Manual técnico del ascensor
Registro de actuaciones de la empresa conservadora
Solo si el defecto no es grave. En caso contrario, la administración puede inmovilizar el ascensor hasta que se subsanen las deficiencias.
Debe estar inscrita en el registro oficial de la Comunidad Autónoma o del Ministerio de Industria. SIMECAL, por ejemplo, está acreditada y aparece en el listado oficial de OCAs reconocidos.
Prevención de sanciones legales
Reducción de riesgos operativos
Mejora de la imagen institucional en seguridad y cumplimiento
Tranquilidad ante auditorías o inspecciones externas
La inspección OCA de ascensores no es un trámite burocrático, sino una acción crítica en la estrategia de prevención de riesgos técnicos, legales y humanos.
Cumplir con la normativa RD 88/2013 posiciona a tu empresa como responsable, eficiente y legalmente alineada.
Si estás gestionando ascensores en tu empresa o edificio corporativo, agenda tu próxima inspección con un OCA como SIMECAL y evita cualquier exposición innecesaria.