El Real Decreto 1215/1997, más conocido como RD 1215/97, es una de las normativas más importantes en el ámbito de la prevención de riesgos laborales en España. Aprobado en aplicación de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, su objetivo principal es establecer los requisitos mínimos que deben cumplir los equipos de trabajo utilizados por los empleados. Este artículo es una guía práctica y técnica pensada para empresarios, técnicos de prevención, jefes de planta y responsables de mantenimiento que buscan garantizar el cumplimiento normativo, evitar sanciones y proteger la seguridad del personal.
El Real Decreto 1215/1997, publicado en el BOE el 8 de agosto de 1997, establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, es decir, cualquier máquina, herramienta, aparato o instalación utilizado en el ámbito laboral.
El objetivo es garantizar que todos los equipos puestos a disposición de los trabajadores sean seguros, estén correctamente mantenidos y utilizados conforme a sus condiciones adecuadas de funcionamiento. Esto aplica tanto a maquinaria moderna como a equipos antiguos que aún se encuentren en uso en empresas, talleres, obras o centros logísticos.
Este decreto aplica a todas las empresas y entidades, sin importar su tamaño o sector, que utilicen equipos de trabajo en sus procesos. Es especialmente relevante para:
Empresas del sector industrial y manufacturero
Compañías de logística, transporte y distribución
Organismos públicos con personal técnico operativo
Talleres, constructoras, almacenes y plantas de producción
Autónomos con empleados a su cargo
Desde un taladro portátil hasta una línea automatizada de montaje, todos los equipos deben estar evaluados y adecuados conforme al RD 1215/97.
El empresario tiene el deber legal de:
Antes de poner en uso cualquier equipo, el empresario debe asegurarse de que cumple con los requisitos mínimos de seguridad del RD 1215/97. Esto requiere una evaluación técnica que identifique riesgos, deficiencias y medidas preventivas.
Si un equipo no cumple con los requisitos establecidos, debe ser adecuado técnicamente. Esto puede incluir la instalación de protecciones, señales, dispositivos de emergencia o incluso la sustitución del equipo por uno más seguro.
Los equipos deben someterse a mantenimiento periódico, inspecciones visuales y pruebas funcionales. Cada intervención debe quedar registrada y firmada por personal competente.
Los operarios deben recibir formación específica sobre el uso correcto y seguro del equipo, con acceso a manuales, protocolos, fichas técnicas y procedimientos de emergencia.
El artículo 2 del decreto define “equipo de trabajo” como cualquier máquina, aparato, herramienta o instalación utilizado en el trabajo. Esto incluye:
Máquinas industriales fijas y móviles
Carretillas elevadoras y plataformas elevadoras
Herramientas eléctricas manuales
Equipos de soldadura, corte, perforación
Equipos de laboratorio y medición
Equipos de elevación y transporte de cargas
Instalaciones hidráulicas, neumáticas o térmicas
La adecuación consiste en realizar las modificaciones necesarias para que un equipo cumpla con las condiciones mínimas de seguridad exigidas por la normativa. Por ejemplo:
Añadir protecciones móviles o fijas en partes peligrosas
Incorporar botones de paro de emergencia
Mejorar la señalización, iluminación y ergonomía
Eliminar accesos a partes móviles en movimiento
Asegurar sistemas de retención de cargas
Todo debe estar documentado en un informe técnico, elaborado por personal cualificado.
Aunque ambos apuntan a la seguridad, son complementarios y no equivalentes:
El marcado CE es una declaración de conformidad del fabricante, exigida para comercializar productos en la Unión Europea según directivas como la 2006/42/CE.
El RD 1215/97 regula la utilización segura de equipos en su entorno real de uso, incluyendo condiciones de instalación, manipulación y mantenimiento.
Por tanto, una máquina con marcado CE no garantiza su cumplimiento automático del RD 1215/97. Debe evaluarse nuevamente en función del contexto laboral concreto.
El incumplimiento puede tener consecuencias graves:
Sanciones económicas según la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS)
Responsabilidad penal en caso de accidente con resultado de lesiones graves o fallecimiento
Cierre temporal o definitivo de instalaciones
Pérdida de cobertura por parte de seguros
Reputación dañada ante clientes, trabajadores e instituciones
En 2023, según datos del Ministerio de Trabajo, el 68% de las sanciones por condiciones inseguras en maquinaria estuvieron relacionadas con la falta de adecuación al RD 1215/97.
SIMECAL es una empresa de referencia en España, con más de 20 años de experiencia en seguridad de maquinaria e inspecciones técnicas reglamentarias. Su equipo de ingenieros realiza:
Evaluaciones de cumplimiento del RD 1215/97
Informes de adecuación y propuestas de mejora
Auditorías preventivas y asistencia en inspecciones
Formación especializada en uso seguro de equipos
Integración con procesos de marcado CE y normativas ISO
Trabajar con un especialista externo garantiza agilidad, seguridad jurídica y reducción de riesgos técnicos.
¿Cuándo se considera que un equipo no cumple con el RD 1215/97?
Cuando carece de protecciones, tiene riesgos de atrapamiento, falta señalización o no está adaptado a su entorno de uso actual.
¿Quién puede hacer una evaluación conforme al RD 1215/97?
Un técnico de prevención, ingeniero, responsable de mantenimiento o empresa especializada con formación en normativa de seguridad.
¿Una máquina con CE antiguo debe adaptarse al RD 1215/97?
Sí. Aunque tenga CE, su uso actual puede requerir adecuaciones adicionales para cumplir con los requisitos del decreto.
¿El RD 1215/97 aplica a equipos portátiles?
Sí. También regula herramientas manuales motorizadas si su uso implica riesgos para el trabajador.
¿Debo conservar documentación?
Sí. Manuales, informes de adecuación, registros de mantenimiento y evidencias de formación deben estar disponibles para inspección.
El RD 1215/97 es mucho más que una norma técnica. Es un instrumento clave para proteger a los trabajadores, fortalecer la cultura preventiva y garantizar que la maquinaria utilizada en tu empresa sea segura, legal y eficiente.
Evaluar, adecuar, formar y documentar son las cuatro claves para cumplir con esta normativa y evitar consecuencias legales, técnicas y humanas. Si necesitas apoyo, empresas como SIMECAL ofrecen la experiencia necesaria para que cumplas sin complicaciones, con el respaldo técnico y documental exigido por las autoridades.