Compra-Venta, Donación, Transferencia, Cesión, Adjudicación de Bienes Inmuebles
Constitución de sociedades y/o empresas
Constitución de hipotecas
Poderes
REQUISITOS DE COMPRA VENTA DE BIEN INMUEBLE
Minuta original firmada por las partes y autorizada por abogado hábil.
Copia literal de la partida registral del inmueble materia de venta (sunarp con 15 días de antigüedad).
Documento de identidad, (d.n.i., c.e., pasaporte) de los contratantes.
Declaración jurada de autovaluo (hr, pu) y recibo de pago del impuesto predial del año correspondiente en original.
Impuesto de alcabala, de ser el caso, original.
Recibo original de pago del impuesto a la renta por parte del vendedor, cuando corresponda.
Información Adicional:
En caso se actúe a través de apoderados deberá adjuntarse un certificado de vigencia de poderes (sunarp con 15 días de antigüedad).
En caso se actúe en representación de una persona jurídica deberá adjuntarse un certificado de vigencia de poderes. (sunarp con 15 días de antigüedad).
En caso la venta sea mayor a s/3,500.00 (medio de pago original)
Importante:
Tratándose de ciudadanos peruanos deben contar con el sello de la última votación, la dispensa o el pago de multa según sea el caso y pasar satisfactoriamente la verificación biométrica.
Tratándose de intervinientes a partir de 75 años de edad, deberán presentar certificado médico otorgado por neurólogo, o psiquiatra, que dé cuenta del buen estado mental del paciente, con una expedición no mayor a 30 días.
REQUISITOS DE DONACIÓN O ANTICIPO DE LEGITIMA DE BIEN INMUEBLE
Minuta original firmada por las partes y autorizada por abogado hábil.
copia literal de la partida registral del inmueble materia de donación (sunarp con 15 días de antigüedad).
Documento de identidad, (d.n.i., c.e., pasaporte) de los contratantes.
Declaración jurada de autovaluo (hr, pu) y recibo de pago del impuesto predial del año correspondiente, en original.
Impuesto de alcabala, de ser el caso, en original.
Información Adicional:
En caso se actúe a través de apoderados deberá adjuntarse un certificado de vigencia de poderes (sunarp con 15 días de antigüedad).
En caso se actúe en representación de una persona jurídica deberá adjuntarse un certificado de vigencia de poderes. (sunarp con 15 días de antigüedad).
En el caso de anticipo de legítima, que es una donación a los herederos forzosos (hijos y padres) no se requiere el pago del impuesto de alcabala, pero debe acompañarse las correspondientes partidas de nacimiento expedidas por la municipalidad correspondiente.
Tratándose de ciudadanos peruanos deben contar con el sello de la última votación, la dispensa o el pago de multa según sea el caso y pasar satisfactoriamente la verificación biométrica.
Tratándose de intervinientes a partir de 75 años de edad, deberán presentar certificado médico otorgado por neurólogo, o psiquiatra, que dé cuenta del buen estado mental del paciente, con una expedición no mayor a 30 días.
REQUISITOS DE CONSTITUCION DE EMPRESAS (S.A.C, S.A, S.A.A, S.R.L, E.I.R.L)
Documento de identidad, (d.n.i., c.e., pasaporte de los socios).
Reserva de nombre (expedida por sunarp).
Domicilio de la empresa.
Objeto social.
Si los bienes aportados al capital social son bienes muebles, acompañar declaración jurada de recepción de bienes formulada por el gerente general, indicando la valorización comercial de cada uno de los bienes aportados y su recepción conforme en representación de la sociedad.
Si los bienes aportados al capital están constituidos por dinero en efectivo, acompañar el voucher o constancia de depósito del capital a nombre de la sociedad, en una entidad del sistema financiero.
Si se aporta al capital social bienes inmuebles inscritos en el registro de predios o vehículos inscritos en el registro vehicular, acompañar copia literal de la partida registral donde se encuentra inscrito el inmueble o vehículo a favor de los socios que aportan dichos bienes.
Información Adicional:
Tratándose de ciudadanos peruanos deben contar con el sello de la última votación, la dispensa o el pago de multa según sea el caso y pasar satisfactoriamente la verificación biométrica.
REQUISITOS DE CONSTITUCION DE ASOCIACION
Documento de identidad, (d.n.i., c.e., pasaporte) de los asociados.
Reserva de nombre (expedida por sunarp).
Domicilio de la asociación.
Fines de la asociación.
Libro de actas debidamente legalizado.
REQUISITOS DE PODER POR ESCRITURA PUBLICA
Copia del documento de identidad del otorgante del poder (dni, c.e, pasaporte)
Documento de identificación del apoderado (no se requiere su intervención)
Si el poder que se otorga es para vender o comprar (disponer) de un bien específico, deberá acreditar la titularidad mediante copia literal emitida por sunarp en caso de inmuebles, y boleta informativa o tarjeta de propiedad en caso de vehículos.
Si se va a delegar un poder ya otorgado, acompañar certificado de vigencia del poder que se va a delegar.
Información Adicional:
Tratándose de ciudadanos peruanos deben contar con el sello de la última votación, la dispensa o el pago de multa según sea el caso y pasar satisfactoriamente la verificación biométrica.
Tratándose de intervinientes a partir de 70 años de edad, deberán presentar certificado médico otorgado por neurólogo, o psiquiatra, que dé cuenta del buen estado mental del paciente, con una expedición no mayor a 30 días.
Rectificación de partidas
Sucesión intestada
Constitución de patrimonio familiar
Unión de hecho
Divorcio
Extinción de patrimonio familiar
Cese de unión de hecho
Adopción de personas capaces
Legalización de firmas
Legalización de copias
Legalización de libros
Transferencias vehiculares
Autorización de viaje de menores
Protestos
Cartas notariales
Poderes fuera de registro