En el sector minero, el cumplimiento normativo no es solo un requisito legal: es una cuestión de seguridad, productividad y responsabilidad social. Entre las muchas normas que regulan la actividad minera en España, una de las más relevantes en materia de seguridad de maquinaria es la ITC 02.2.01.
Esta Instrucción Técnica Complementaria forma parte del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera y establece las condiciones mínimas que deben cumplir los equipos de trabajo utilizados en explotaciones mineras, con especial énfasis en la maquinaria móvil y semimóvil.
En este artículo te explicamos qué es la ITC 02.2.01, a quién afecta, qué requisitos establece y cómo asegurar su cumplimiento, tanto si eres técnico de PRL, jefe de explotación o proveedor de maquinaria minera.
La ITC 02.2.01, o Instrucción Técnica Complementaria 02.2.01 del Reglamento de Seguridad Minera, establece los criterios de seguridad para la utilización, inspección y mantenimiento de maquinaria minera móvil y semimóvil, como volquetes, excavadoras, bulldozers, retrocargadoras o plataformas de transporte.
Esta instrucción fue actualizada para alinearse con la Directiva 2006/42/CE sobre máquinas, así como con el Real Decreto 1215/1997, que regula las condiciones mínimas de seguridad para los equipos de trabajo en España.
El objetivo de la ITC 02.2.01 es claro: prevenir accidentes y garantizar la integridad física del personal que opera maquinaria en entornos mineros, tanto subterráneos como a cielo abierto.
La ITC 02.2.01 aplica a:
Empresas mineras con actividad en explotaciones de interior o de superficie.
Contratistas o subcontratas que trabajen con maquinaria en minas.
Propietarios de maquinaria minera empleada en operaciones de carga, transporte o movimiento de tierras.
Servicios de inspección técnica, tanto internos como externos.
Técnicos de seguridad, ingenieros de minas y responsables de PRL.
Toda máquina puesta en servicio debe contar con:
Marcado CE y declaración de conformidad.
Manual de instrucciones en español.
Historial de mantenimiento.
Se exige realizar revisiones técnicas de forma periódica, según la criticidad del equipo y su frecuencia de uso. Estas inspecciones deben ser documentadas y, en muchos casos, deben ser realizadas por una Entidad Colaboradora de la Administración (ECA), como SIMECAL, acreditada por ENAC para seguridad minera.
La instrucción obliga a que los operadores de maquinaria estén formados y autorizados específicamente para el tipo de equipo que manejan.
Cada máquina debe cumplir con requisitos como:
Cabinas protegidas contra vuelcos (ROPS) y caídas de objetos (FOPS).
Mandos accesibles y señalizados.
Sistemas de parada de emergencia.
Visibilidad adecuada y señalización acústica y visual.
Protección frente a incendios si trabaja con materiales combustibles.
El incumplimiento de esta ITC puede suponer:
Sanciones administrativas por parte de la autoridad minera.
Paralización de equipos o de la explotación.
Responsabilidad penal o civil en caso de accidente laboral.
Pérdida de certificaciones (ISO 45001, sistemas integrados de seguridad).
Riesgo de exclusión en licitaciones públicas o auditorías de clientes.
Según el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), más del 25% de los accidentes graves en minería durante los últimos años estuvieron relacionados con maquinaria que no cumplía condiciones reglamentarias.
La mejor forma de cumplir es contar con un plan técnico que incluya:
Un inventario de maquinaria con fechas de revisión, manuales y certificados.
Contratar una ECA como SIMECAL para hacer inspecciones periódicas documentadas.
Formar a los operarios según el equipo que usan.
Establecer un programa interno de revisión preventiva con checklists adaptadas.
SIMECAL, como Entidad Colaboradora de la Administración en Seguridad Minera, puede ayudarte a cumplir con la ITC 02.2.01 en todo el territorio nacional, emitiendo informes válidos ante la autoridad minera.
La revisión interna puede ser preventiva o correctiva, pero no tiene validez legal como las inspecciones realizadas por una Entidad Colaboradora de la Administración, como SIMECAL, cuya acreditación garantiza imparcialidad y conformidad normativa.
Sí. Incluso si el equipo es alquilado, la empresa que lo utiliza en la explotación minera es responsable de que cumpla con la ITC, incluyendo el mantenimiento, formación del operario y documentación técnica.
Depende del uso, pero lo habitual es una inspección anual, especialmente en maquinaria de alto riesgo o trabajo continuo.
Informe de inspección actualizado, ficha técnica del equipo, marcado CE, manual, histórico de revisiones y certificados de formación del operario.
Puedes contactar con SIMECAL. Son especialistas en seguridad minera y maquinaria móvil acreditados por ENAC.
Cumplir con la ITC 02.2.01 no es una carga burocrática: es una herramienta para evitar accidentes, proteger a tu equipo y garantizar la continuidad operativa en tu explotación minera. Con una correcta planificación y el apoyo de una entidad acreditada como SIMECAL, el cumplimiento es simple, ágil y seguro.
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