En Gebro trabajamos por resultados. Porque equilibramos los tiempos de trabajo y de vida privada, porque una empresa flexible se adapta mejor a los cambios y porque avanzamos en nuestra Confianza, Compromiso y Corresponsabilidad.
En Central gestionamos los tiempos relativos a las siguientes modalidades.
Ventana de entrada: entre las 7:30h y las 9:30h. Salida en función del tiempo de comida: 30, 45 ó 60 minutos de Lunch (L)
DÍAS ESPECIALES (jornada intensiva)
5 enero
23 abril - Sant Jordi
23 junio - Sant Joan
24 de diciembre - Nochebuena
31 diciembre - Nochevieja
Aniversario - ¡sí, el día de tu cumple haces horario intensivo! Si cae en día inhábil, puedes elegir el día que entraste en Gebro. El disfrute de este día siempre se ha de consensuar tu responsable directo ;-)
Los días festivos trabajados se compensan según el Convenio de la Industria Química vigente.
El empleado consensuará el disfrute del día de compensación con su responsable directo.
Nuestra actual política de teletrabajo fija hasta un máximo de 2 días de teletrabajo a la semana. Esta modalidad ha de ser pactada y aprobada siempre por el responsable directo y la compañía. Aconsejamos que los días de teletrabajo sean siempre los mismos en la semana. De esta manera podemos planificarnos mejor. No obstante somos flexibles y abiertos a los cambios en función de las múltiples casuísticas que pueden darse en el ejercicio de nuestra actividad. En cualquier caso como norma no pueden superarse estos 2 días (16 horas) y siempre ha de estar aprobado por el superior inmediato (Heads o Direcciones).
Adicionalmente durante el período estival pueden aprobarse bolsas de días de teletrabajo que cada año han de ser aprobadas por Recursos Humanos & Comunicación.
A finales de cada año se publica el calendario laboral del año siguiente en la plataforma Gebro People. En general tenemos entre 27 y 31 días de vacaciones dependiendo de los festivos vigentes y del cómputo total de horas a trabajar (actualmente según Convenio 1.752 horas/año).
Las vacaciones se han de consensuar con el superior inmediato y han de solicitarse en Gebro People. Como regla general se han de consumir preferentemente dos semanas durante el período estival (julio y agosto) como mínimo. El resto de días pueden consumirse cuando el empleado lo desee, aunque aconsejamos que se haga durante los períodos vacacionales (Semana Santa, Navidad o puentes) para minimizar posibles impactos en la actividad del negocio. En cualquier caso, siempre compete al responsable directo autorizar los días de disfrute de su equipo.
Como medida de fidelización del talento y beneficios, en Gebro disfrutamos de 1 día extra de vacaciones cada 5 años cumplidos en la compañía.
Los permisos retribuidos son los que rigen en el Convenio de la Industria Química vigente.
Los más comunes son:
15 días naturales por matrimonio o constitución de pareja de hecho
5 días por intervención, ingreso, accidente o fallecimiento de un familiar o un conviviente
1 día natural en caso de matrimonio de hijos, padres o hermanos del trabajador/a o su cónyuge
112 días naturales por maternidad o paternidad, ampliados en caso de parto múltiple u hospitalización del bebé y ampliados hasta 2 semanas naturales más hasta que el menor cumpla 8 años. Esta ampliación de 2 semanas adicionales solo aplica a los menores nacidos a partir de agosto de 2024
1 día por mudanza
Tiempo indispensable para la asistencia a exámenes o acompañamiento de familiares a centros médicos
4 días o 32h al año por motivos familiares urgentes
8 semanas para cuidado de un hij@ menor de 8 años. Este permiso es voluntario, no retribuido y puede disfrutarse seguido o fraccionado. Debe solicitarse a RRHH.
Además de los permisos establecidos por el convenio, disponemos de permisos especiales o ampliamos los ya existentes en función de las necesidades del emplead@.
En las ausencias por enfermedad que no superen las 48 horas, la compañía no requerirá una baja médica. A partir del tercer día de ausencia será necesario presentar la baja y los subsiguientes partes de renovación y alta.
En el marco de la política de cuidado de las personas y la salud, Gebro compensa económicamente la prestación por ILT de la Seguridad Social de acuerdo con el Convenio de la Industria Química vigente, y siempre en el caso de las ILT por gestación.