(APARTADO DE SERVICIOS)
LOS DIFERENTES IMPUESTOS PARA PYMES y AUTÓNOMOS SE PRESENTAN TRIMESTRALMENTE:
-1º TRIMESTRE: 1 Enero - 31 Marzo.
-2º TRIMESTRE: 1 Abril - 30 Junio.
-3º TRIMESTRE: 1 Julio - 30 Septiembre.
-4º TRIMESTRE. 1 Octubre - 31 Diciembre.
__________________________________
MODELO 100: Corresponde con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en su declaración anual, más conocido como Declaración de la Renta. Se realiza entre los meses de abril y junio con el objetivo de devolver o ingresar el IRPF correspondiente al año anterior.
MODELO 111: Es el formulario de Hacienda correspondiente a la declaración trimestral y el consiguiente pago de las retenciones del IRPF practicadas a trabajadores, profesionales y empresarios.
MODELO 115: Es un formulario de Hacienda mediante el que autónomos y empresas declaran y liquidan trimestralmente a Hacienda las retenciones del IRPF practicadas en el pago de sus alquileres urbanos. Supone un pago a cuenta de sus arrendatarios.
MODELO 123: Es la declaración por la que autónomos y pymes liquidan retenciones de ingresos a cuenta del IRPF, el Impuesto sobre Sociedades y el Impuesto sobre la Renta de no residentes (IRNR) de determinados rendimientos del capital mobiliario y determinadas rentas.
MODELO 130: Es un formulario que tienes que presentar trimestralmente para adelantar el IRPF que le pagas a Hacienda por la actividad que realizas como autónomo.
MODELO 180: Es un resumen anual de carácter informativo en el que recopilamos para Hacienda el detalle de todas las retenciones practicadas a cuenta del IRPF o del Impuesto de Sociedades por el alquiler de inmuebles urbanos como oficinas, locales o naves dedicados a nuestra actividad económica en el año natural anterior.
MODELO 190: Es el resumen anual de las retenciones practicadas en el IRPF a trabajadores vía nómina o a empresarios o profesionales autónomos mediante factura.
MODELO 200: Es la presentación anual del Impuesto sobre Sociedades, un tributo aplicado a los beneficios obtenidos por entidades jurídicas como sociedades y empresas, se debe presentar en el mes de julio.
MODELO 202: Es una declaración y autoliquidación periódica que supone un adelanto del IS (impuesto de sociedades) que posteriormente será formalizado en el cómputo anual (y presentado al año siguiente) con el Modelo 200. Se presenta en Abril, Octubre y Diciembre.
MODELO 303: Es el formulario de la declaración trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
MODELO 347: Es una declaración anual que se debe de presentar ante la Agencia Tributaria en el mes de febrero. Se trata de una declaración anual de operaciones que se realizan con terceras personas. Este modelo facilita a Hacienda el cruzar datos de las operaciones económicas realizadas entre proveedores y clientes
MODELO 390: Es una declaración informativa que sirve como resumen anual de las operaciones incluidas en los modelos 303 correspondientes a tus liquidaciones trimestrales de IVA.