Presentación y Objetivos

El 16 de junio de 2011, el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas adoptó por consenso la resolución 17/4 mediante la que hizo suyos los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos (en adelante, Principios Rectores) que figuraban en el Informe que había sometido al Consejo el Representante Especial del Secretario General de las Naciones Unidas sobre derechos humanos y empresas. Los Principios Rectores constituyen como la citada resolución señala, un marco universalmente aplicable para “la reparación efectivas de las vulneraciones de los derechos humanos relacionadas con empresas”.

Seis años después, durante los últimos días del mes de julio de 2017 el Consejo de Ministros del Gobierno de España aprobó el Plan de Acción Nacional de Empresas y Derechos Humanos (en adelante, Plan de Acción Nacional). Este plan llega al panorama español con el firme propósito de aplicar y ser la referencia, en nuestro territorio, de los Principios Rectores de Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos humanos.

Como se cita en el propio Plan de Acción, “muchas empresas de nuestro país ya han incorporado esa responsabilidad en materia de derechos humanos a su estrategia empresarial. Otras, en particular pequeñas y medianas empresas, encontrarán en este Plan de Acción las herramientas adecuadas para hacer frente a esa responsabilidad de respetar los derechos humanos en el desarrollo de sus operaciones”.

Una responsabilidad que, de manera insoslayable, incide, como así se reconoce en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, en el propósito de alcanzar el escenario deseado en la propia Agenda.

De manera concreta el Objetivo 17 de la Agenda 2030, orientado a fortalecer los medios de implementación y revitalizar la Alianza Mundial para el Desarrollo Sostenible, señala en su párrafo 60, en relación a los medios para la implementación de esta Alianza Mundial, la necesidad de fomentar “un sector empresarial dinámico y eficiente, protegiendo al mismo tiempo los derechos laborales y los requisitos sanitarios y ambientales de conformidad con las normas y los acuerdos internacionales pertinentes y otras iniciativas que se estén llevando a cabo en esta esfera, como los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos…”.

Aspecto este, el de construcción de alianzas estratégicas para el Desarrollo Sostenible, que se espera posea una entidad propia en la nueva Estrategia de Cooperación Universitaria para el Desarrollo en a la luz de lo recogido en el Documento de Partida para la renovación de esta Estrategia.

Sin embargo, la aprobación por las Naciones Unidas de los Principios Rectores y, a partir de estos, los diversos planes de acción impulsados por diversos gobiernos, no ha estado exenta de crítica desde diversos frentes tanto sociales como políticos. Una crítica centrada en el hecho de que Naciones Unidas, mediante los Principios Rectos, abandonaba definitivamente la idea de impulsar un instrumento jurídico internacional de carácter vinculante para el efectivo respeto del Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

Con la intención de superar estas críticas, en el año 2014 un grupo de países encabezados por Ecuador y Sudáfrica promovieron una propuesta de resolución (Resolución A/HRC/RES/26/9) dirigida a la creación de instrumento internacional jurídicamente vinculante sobre las empresas transnacionales y otras empresas con respecto a los derechos humanos. Esta propuesta, aprobada finalmente, dio lugar a la creación, en el seno del Consejo de Derechos Humanos de un “un grupo de trabajo intergubernamental de composición abierta sobre un instrumento internacional jurídicamente vinculante sobre las empresas transnacionales y otras empresas con respecto a los derechos humanos, cuyo mandato será elaborar un instrumento jurídicamente vinculante para regular las actividades de las empresas transnacionales y otras empresas en el derecho internacional de los derechos humanos”.

El debate internacional de carácter social, político y empresarial en torno a la idoneidad o no de elaborar, y aprobar, un instrumento internacional jurídicamente vinculante sobre las empresas transnacionales y otras empresas con respecto a los derechos humanos, esta en auge.

En cualquier caso, y como así señala el Plan de Acción Nacional, no sólo a las empresas, sino también a la sociedad civil, “corresponde un papel esencial en la aplicación de los Principios Rectores de Naciones Unidas y su contribución resultará decisiva para la efectiva puesta en práctica de este Plan de Acción Nacional de Empresas y Derechos Humanos”.

Desde esta perspectiva las universidades públicas, y de manera concreta la Universidad de Córdoba, deberían implicarse en el fomento y el impulso que se debe dar al Plan de Acción Nacional. Esta implicación posee una doble orientación, formando al alumnado que en el futuro tomará decisiones en el ámbito empresarial y facilitando a las empresas de su entorno el conocimiento y la implementación de las medidas dictadas en el mismo.

Junto a lo anterior las universidades públicas deberían, a su vez, involucrarse y ser parte de la reflexión y el debate crítico que se esta llevando a cabo para la elaboración de un instrumento jurídicamente vinculante para regular las actividades de las empresas transnacionales y otras empresas en el derecho internacional de los derechos humanos.

En conjunto la pretensión no es otra que la de, en primer lugar, generar una conciencia global en torno a la idea de asumir la Carta Internacional de los Derechos Humanos como el mínimo común denominador ético de la humanidad, segundo, destacar el insoslayable vínculo que existe entre los Derechos Humanos y el Desarrollo Sostenible y, por último, poner de manifiesto la forma en la que las empresas quedan sujetas a lo dispuesto por el Derecho Internacional de los Derechos humanos.