En un país con más de 1,1 millones de ascensores en funcionamiento, como es el caso de España (según la Federación Empresarial Española de Ascensores – FEEDA), garantizar su buen estado no es una opción: es una obligación legal y una necesidad de seguridad.
La inspección técnica de ascensores, también conocida como inspección OCA de ascensores, es un proceso normativo diseñado para verificar que estos sistemas cumplen con los requisitos de seguridad establecidos en el Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención, aprobado por el Real Decreto 2291/1985, y actualizado mediante el Real Decreto 88/2013, que aprueba la ITC AEM 1 “Ascensores”.
Si eres propietario de un edificio, administrador de fincas, responsable técnico o gestor de instalaciones, este artículo te ofrece una guía completa sobre qué es la inspección técnica de ascensores, cada cuánto debe realizarse, quién debe hacerla y qué ocurre si no se cumple con la ley.
La inspección técnica es una revisión obligatoria realizada por un Organismo de Control Autorizado (OCA), cuya finalidad es comprobar que el ascensor se encuentra en condiciones óptimas de funcionamiento y seguridad. No debe confundirse con el mantenimiento periódico que realizan las empresas conservadoras, ya que esta inspección es independiente, imparcial y está sujeta a regulación legal.
Las inspecciones se aplican a ascensores eléctricos, hidráulicos u oleoeléctricos instalados permanentemente, destinados al transporte de personas y/o cargas, que se desplazan verticalmente a lo largo de guías rígidas.
La inspección técnica está regulada por:
Real Decreto 88/2013, que aprueba la ITC AEM 1 “Ascensores”.
Normas UNE-EN 81-20 y UNE-EN 81-50, aplicables al diseño, construcción e inspección de ascensores.
Legislación autonómica complementaria en algunas regiones (por ejemplo, Madrid, Castilla y León, Cataluña), que regula los procedimientos de inspección o plazos de subsanación de deficiencias.
La frecuencia de la inspección técnica depende del tipo de edificio y del uso del ascensor. La normativa establece los siguientes intervalos:
Uso industrial o pública concurrencia (hospitales, comercios, etc.) Cada 2 años
Edificios residenciales con más de 20 viviendas o más de 4 paradas Cada 4 años
Resto de edificios (viviendas pequeñas, oficinas, etc.) Cada 6 años
📌 Importante: La revisión debe ser realizada por un OCA acreditado. Empresas como SIMECAL, acreditada por ENAC, ofrecen este servicio cumpliendo con todos los requisitos técnicos y legales.
El procedimiento de inspección OCA incluye un conjunto de verificaciones técnicas críticas, como:
Estado y tensión de los cables de tracción.
Funcionamiento del sistema de frenos y paradas de emergencia.
Revisión del cuadro de maniobras y componentes eléctricos.
Correcto cierre y apertura de puertas automáticas.
Presencia de señalización luminosa, botón de emergencia y luz de cabina.
Conformidad con normativas de accesibilidad (como el RD 173/2010).
Revisión de elementos mecánicos y guías verticales.
El resultado puede clasificarse como:
✅ Conforme.
⚠️ Con deficiencias leves, que deben corregirse.
❌ Con deficiencias graves o muy graves, que obligan a parar el ascensor inmediatamente.
El incumplimiento de la inspección técnica obligatoria puede tener graves consecuencias:
Multas económicas de hasta 6.000 € (según la Ley 21/1992 de Industria).
Paralización de la instalación hasta nueva inspección favorable.
Responsabilidad civil o penal en caso de accidente por mal estado del ascensor.
Pérdida de cobertura del seguro, si no se puede demostrar cumplimiento normativo.
En 2022, según datos del Ministerio de Industria, se registraron más de 19.000 expedientes sancionadores relacionados con ascensores que no cumplían los requisitos de inspección.
La responsabilidad recae sobre el titular de la instalación, que puede ser:
El presidente o administrador en comunidades de propietarios.
La empresa propietaria en caso de oficinas, locales u hoteles.
Un organismo público o concesionario si se trata de infraestructuras institucionales.
El titular debe conservar el informe técnico emitido por el OCA, así como las pruebas documentales de la corrección de deficiencias, en caso de haberlas.
No. La inspección técnica debe ser realizada exclusivamente por un Organismo de Control Autorizado (OCA), como SIMECAL, independiente de la empresa mantenedora.
Sí. Aunque el ascensor sea nuevo, debe incorporarse al calendario de inspecciones periódicas desde la fecha de su instalación.
El ascensor debe quedar fuera de servicio inmediatamente hasta que se realicen las correcciones exigidas y se valide su seguridad.
Sí, especialmente si el ascensor va a quedar inoperativo. Además, se debe exhibir el resultado de la inspección en lugar visible en la cabina o junto a la puerta.
Puedes solicitar una inspección técnica con SIMECAL. Realizan inspecciones OCA en toda España y ofrecen soporte técnico completo.
La inspección técnica de ascensores es una herramienta esencial para garantizar la seguridad, cumplir con la ley y evitar sanciones. Realizarla dentro del plazo correspondiente y con una empresa acreditada como SIMECAL es la mejor forma de proteger tanto a los usuarios como a los responsables legales del inmueble.
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