PREGUNTAS FRECUENTES
¿Qué son los IFTS?
Los Institutos de Formación Técnica Superior – IFTS- son instituciones educativas de gestión pública pertenecientes al Nivel Superior de la enseñanza bajo jurisdicción del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los IFTS desarrollan sus actividades en diversas áreas disciplinarias y/o tecnológicas con autonomía de gestión dentro de los lineamientos y disposiciones de la política educativa jurisdiccional, con dependencia jerárquica inmediata superior de la Dirección de Formación Técnica Superior de la Dirección General de Educación Superior.
¿Cuáles son sus funciones?
El Instituto de Formación Técnica Superior – IFTS - tiene como funciones:
a) Formar técnicos superiores capacitados para actuar profesionalmente y con responsabilidad social, y para contribuir a la construcción y desarrollo de una sociedad más justa, solidaria y equitativa.
b) Contribuir al desarrollo y fortalecimiento de la calidad de la formación técnica y científica y al desarrollo social, cultural y económico.
c) Difundir y consolidar los avances en la construcción de saberes a través del desarrollo de acciones de extensión orientadas a la aplicación de innovaciones en distintos espacios educativos, sociales y productivos.
d) Impulsar y desarrollar acciones de cooperación e investigación, articulación e intercambio con la comunidad.
¿Quiénes lo conforman?
Cada Instituto está conformado por las autoridades, los docentes, los estudiantes, el personal administrativo y de servicios. La pertenencia a estas instituciones implica para sus miembros la aceptación de los principios, misión y funciones que sustentan sus actividades y el compromiso de adecuar su conducta a las prescripciones establecidas en el presente Reglamento y de las disposiciones que en su consecuencia se dicten.
¿Quiénes pueden inscribirse?
Las personas que hayan cumplimentado la educación media podrán inscribirse directamente en los Institutos de Formación Técnica Superior. Deberán para ello completar un formulario de inscripción y presentar documento de identidad y Título o Certificado Analítico debidamente legalizado de estudios de nivel medio completos. Aquellos aspirantes que adeuden materias del secundario podrán inscribirse provisoriamente, debiendo presentar constancia del respectivo título en trámite antes del 1º de abril para efectivizar su inscripción definitiva.
En aquellos Institutos de Formación Técnica Superior en los que se resuelva la instrumentación de un curso de nivelación y/o preparatorio para el ingreso, los aspirantes deberán cursar y/o aprobar las mencionadas instancias.
¿Qué significa ser alumno regular?
Son alumnos regulares del Instituto de Formación Técnica Superior quienes se encuentren matriculados conforme las disposiciones reglamentarias y conserven sus derechos de asistir a clase y rendir exámenes, conforme las normas establecidas en el régimen de estudios, siendo condición mínima la aprobación de una materia por período lectivo.
¿Qué sucede si habiendo perdido la condición de regular, deseo reincorporarme a la carrera?
Los alumnos que habiendo perdido la condición de tales deseen reincorporarse deberán solicitarlo por escrito al Rector, invocando causa justificada. La reincorporación será resuelta por el Rector, previo informe de la Secretaría Académica relativo a su desempeño académico e intervención del Consejo Directivo. Los alumnos podrán solicitar la readmisión hasta un máximo de tres (3) veces debiéndose ponderar las causales y el tiempo total durante el cual se interrumpieron los estudios. Los alumnos que hubieran interrumpido sus estudios por más de tres años deberán aprobar un coloquio, cuya modalidad de implementación será reglamentada por el Consejo Directivo.
¿Cómo sé que días y horarios debo cursar las materias?
Los horarios de las materias estarán subidas a la web del instituto.
Están separados por carreras y por año de cursada
¿Ante quién gestiono mis trámites administrativos?
La Bedelía es la encargada de los trámites administrativos: solicitud de certificados, constancias, etc.
¿Se puede rendir libre?
No hay examen libre, solo se podrá considerar la posibilidad en caso de que sea la última materia para terminar la tecnicatura y esté vencido el plazo.
En caso de ausencia por enfermedad ¿cómo se justifican los días?
Se debe presentar certificado médico en bedelía (para que el certificado sea guardado en tu legajo) y avisar al docente.
¿Hay condiciones especiales por estar embarazada?
Existe un Régimen Especial de Inasistencias Justificadas no computables a los fines de la reincorporación para alumnas embarazadas y alumnos en condición de paternidad que cursen estudios en instituciones del ámbito estatal o privado dependientes de la Secretaría de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Ley 709).
El Régimen Especial es aplicable a solicitud del alumna/o quien deberá presentar certificado médico que acredite el estado y período de gestación y alumbramiento.
Las alumnas embarazadas gozarán de un plazo máximo de inasistencias justificadas, continuas o fraccionadas, no computables a los fines de la reincorporación de cuarenta y cinco (45) días y podrán ser utilizadas antes o después del parto. Los estudiantes varones que acrediten su paternidad contarán con cinco (5) inasistencias justificadas continuas no computables, a partir del día del nacimiento o del siguiente.
El Régimen Especial incluye el derecho de retirarse del establecimiento educativo durante una (1) hora diaria durante el primer año de lactancia para las alumnas que certifiquen estar en el período de amamantamiento.