A través del Gobierno de Canarias se facilita la siguiente información relevante en torno al absentismo escolar:
¿QUÉ ES EL ABSENTISMO ESCOLAR?
Es la falta de asistencia al centro escolar sin justificación, válida, por parte de la familia. Se considera que un/a niño/a presenta absentismo escolar si falta al colegio tres o más días a lo largo de un mes.
CONSECUENCIAS.
1.- Dificultades de aprendizaje, lo cual conlleva un desajuste de aprendizaje, que conlleva la NO titulación en la Educación Secundaria Obligatoria.
2.- Intervención de los Técnicos de Servicios Sociales del Ayuntamiento, citando a las familias para resolver dicha situación.
3.- Problemas de integración en el grupo.
¿QUÉ DEBEN CONOCER LAS FAMILIAS?
1.- Las normas del centro educativo.
2.- Las obligaciones de las familias/tutores legales.
3.- Las obligaciones y actuaciones del centro educativo, en el caso de la NO asistencia, de su hijo/a, al horario lectivo, que es obligatorio en la enseñanza básica (E.S.O.).
CAUSAS JUSTIFICABLES DE ABSENTISMO.
Enfermedad. Importante adjuntar justificante médico. Modelo del Centro.
Acudir a realizar trámites donde resulte necesaria la presencia del menor/a: DNI, pasaporte, juicios, …
Fallecimiento de un familiar cercano.
Enfermedad grave de algún familiar muy cercano. (Se tendría que valorar cada situación concreta y el número de días de ausencia).
Otras.
Si quieres información más detallada acerca de estos puntos pincha aquí.
Si el alumno falta a clase 3 días seguidos o presenta 5 faltas a una materia específica, la familia será avisada por el tutor a través del teléfono.
Si las faltas superan el 15% de los días lectivos el tutor las comunicará a la familia y citará a esta mediante carta certificada a fin de mantener una primera entrevista que nos informa de la situación del alumno y las causas del absentismo.
Si se celebra la entrevista se registrará por escrito para recoger las razones del absentismo.
En caso de que la familia no responda o la intervención sea ineficaz, el tutor dará parte a la Jefatura de Estudios, quien, en colaboración con los Servicios Sociales, se pondrá en contacto con la familia por teléfono, y a través de carta certificada con acuse de recibo.
Si la entrevista y/o la intervención no fuera efectiva, se derivará el caso a los Servicios Sociales de la zona.
Cuando se derive a los Servicios Sociales de la zona, en tutor rellenará un informe y se enviará la comunicación a la familia mediante carta certificada.
Gobierno de Canarias (2017).