Guía de FCT


¿Qué es la Formación en Centros de Trabajo (FCT)?

Es un módulo profesional (asignatura) presente en todos los ciclos formativos de formación profesional que se cursa una vez superados el resto de materias impartidas en el centro educativo.


¿Qué normativa la regula?

Orden de 28 de septiembre de 2011, por la que se regulan los módulos profesionales de formación en centros de trabajo y de proyecto para el alumnado matriculado en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía.


¿Cuáles son los objetivos del módulo de FCT?

Los objetivos fundamentales de la FCT son:

  • La identificación de la estructura y organización de la empresa, relacionándola con la producción, servicio y/o comercialización propia de la actividad que desarrolla.

  • La aplicación de hábitos éticos y laborales durante el desarrollo de las actividades profesionales, de acuerdo con las características del puesto de trabajo y los procedimientos establecidos por la empresa.

  • La participación en el desarrollo de las actividades profesionales propias de cada función, atendiendo a las normas y protocolos de actuación establecidos por la empresa.

¿Cuáles son las características de este módulo?

      • Su duración es de 380 en el caso de nuestros Ciclos Formativos.

      • La jornada del alumno en la empresa debe ser lo más parecida posible al horario laboral de la misma.

      • Es necesario que el alumno haya superado todos los Módulos Profesionales de los que se cursan en el centro educativo para la realización del Módulo de F.C.T.

      • Para la realización de este Módulo Profesional es necesario que el centro docente suscriba un acuerdo específico de colaboración con la empresa que podrá acoger a uno o varios alumnos.

      • En todo momento el alumnado que realicen el Módulo Profesional de F.C.T. estará orientado por dos tutores, uno del centro educativo y otro de la empresa colaboradora, ambos deben realizar conjuntamente el Programa Formativo que el alumno llevará a cabo durante su estancia en la empresa, hacer un seguimiento continuo del mismo y evaluar, en términos de "APTO" o "NO APTO", la realización del Módulo de F.C.T por parte del alumno, a la finalización del mismo.

      • Se necesitará autorización expresa de la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente y/o de la Delegación Territorial de Educación para el desarrollo de este módulo de FCT en algunos casos considerados excepcionales.


¿A qué se compromete alumnado durante la FCT?

    1. Presentar la documentación que se le requiera para poder realizar el periodo formativo en la empresa, agrupación o asociación de empresas, institución u organismo público o privado.

    2. Respetar le calendario establecido en el programa formativo

    3. A respetar las normas, reglamentos y código de conducta de la empresa, agrupación o asociación de empresas, institución u organismo público o privado.

    4. Realizar las actividades recogidas el programa formativo, del que habrá sido informado por el centro docente y el cual se encontrará a su disposición.

    5. Notificar al centro de trabajo y al centro docente, a la mayor brevedad posible, cualquier ausencia o retraso.

    6. Comunicar al centro docente cualquier problema que surja durante el periodo de formación en el en el centro de trabajo.

    7. Demostrar su motivación, iniciativa e interés en aprender durante su período de prácticas.

    8. Llevar siempre su cuaderno de Formación en Centros de Trabajo, a su Centro de Trabajo, en el que anotará las prácticas realizadas cada día, y que deberá firmar dicho tutor.

    9. Respetar las normas de seguridad personal, colectiva y medioambiental en materia de prevención de Riesgos Laborales (PRL) que sean aplicables a las actividades desarrolladas en el centro de trabajo y de las que se informará por escrito al alumnado en el momento de su incorporación a este.



Faltas de asistencia

La asistencia es obligatoria durante todo el período formativo. Si por algún motivo justificado el alumno tiene que faltar algún día (enfermedad), debe comunicarlo al tutor laboral lo antes posible.

· El alumno tiene la responsabilidad de comunicar a sus tutores laboral y docente cualquier falta de asistencia a la práctica.

· El alumnado deberá recuperar las jornadas de no asistencia aunque éstas estén debidamente justificadas, ya que deberá cursar el número de horas establecidas para poder ser evaluado.


Relación del alumnado con la empresa colaboradora

  1. En ningún caso la relación entre el alumno o alumna y la Empresa o Institución colaboradora, como resultado del acuerdo de Colaboración Formativa, tendrá carácter laboral, de modo que no se derivarán obligaciones de tal naturaleza.

  2. El alumno o alumna no podrá percibir ninguna retribución en concepto de salario por la realización del módulo de la FCT.

  3. No se podrán formalizar contratos de trabajo entre los alumnos y el centro de trabajo colaborador durante el periodo de vigencia del acuerdo.

  4. No obstante, la empresa, agrupación o asociación de empresas, institución u organismo público o privado podrá becar al alumnado .


Seguro

Cualquier eventualidad de accidente que pudiera producirse y afectase está cubierto mediante el seguro escolar y de responsabilidad civil frente a daños a terceros mediante una póliza de seguro adicional que suscribe la Administración Educativa.


Rescisión del acuerdo de colaboración

Los acuerdos de colaboración formativa podrán ser rescindidos si se da alguna de las siguientes causas:

  • Acuerdo unánime de todos los firmantes.

  • Incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

  • Cese de la actividad de alguna de las partes firmantes del convenio.

  • Fuerza mayor que imposibilite el desarrollo de las actividades programadas.

  • Inadecuación pedagógica de las prácticas formativas o vulneración de las normas que estén en cada caso vigentes, en relación con la realización de las actividades programadas.