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Juez exige a Claudia López borrar publicaciones sobre venezolanos y disculpas públicas

La alcaldesa de Bogotá ha emitido en las últimas semanas comentarios que se han calificado de xenófobos sobre la población migrante venezolana, que se calcula en más de 1 millón, según Naciones Unidas

EL NACIONAL

November 9, 2020

El Tiempo

El Juzgado Segundo Civil de Oralidad admitió este lunes una tutela en contra de la Alcaldía Mayor de Bogotá y de Claudia López, quien encabeza la administración desde enero de este año, por los comentarios calificados de xenófobos, que publicó en Twitter los últimos días de octubre.

La petición, formulada por Hernando Andrés Soto Valencia, fue publicada por el periodista Federico Black. En el texto se solicita la protección a la igualdad y a la no discriminación por el lugar de nacimiento y que, por lo tanto, la alcaldesa elimine de su cuenta las publicaciones realizadas el 29 y el 30 de octubre.

También solicita que se disculpe públicamente por las declaraciones y que se comprometa a “no volver a proferir un acto de xenofobia”.

El 29 de octubre dijo durante un acto público, cuya cita se publicó en la cuenta de la Alcaldía de Bogotá: “Yo no quiero estigmatizar, ni más faltaba, a los venezolanos, pero hay unos inmigrantes metidos en criminalidad que nos están haciendo la vida de cuadritos. Aquí, el que venga a ganarse la vida decentemente, bienvenido, pero el que venga a delinquir deberíamos deportarlo sin contemplación”.

"No quiero estigmatizar a los venezolanos, pero hay unos que en serio nos están haciendo la vida de cuadritos. Aquí el que venga a trabajar bienvenido sea, pero el que venga a delinquir deberíamos deportarlos inmediatamente: alcaldesa @ClaudiaLopez#TuGobiernoEnKennedy pic.twitter.com/3s1K4Dn1XA

— Alcaldía de Bogotá (@Bogota) October 30, 2020

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Luego, el 30 de octubre, señaló que “la Ley colombiana prevé la deportación de quienes cometen delitos en Colombia. Esa Ley no es xenófoba, es lógica. Pedir que se aplique tampoco es xenofobia, es usar herramientas legales que tenemos para garantizar seguridad, convivencia y justicia a todos”.

Más de 5,4 millones de venezolanos han migrado del país por la crisis política, social y económica, según datos de la Organización de Naciones Unidas. Al menos 1,7 millones están en Colombia, siendo el país que más ha recibido migrantes en la región.

Claudia López ganó las elecciones en 2019, lo cual la hizo merecedora de ser la primera mujer en ocupar la Alcaldía de Bogotá. Su victoria también representó un símbolo para la comunidad LGBTI, pues mantiene una relación pública con la senadora Angélica Lozano.

“Bogotá no solo votó para que la ciudad cambie en los próximos cuatro años, sino para que esta generación cambie a toda nuestra sociedad. Votó para que, a través de la cultura ciudadana, de la educación de calidad y de la igualdad derrotemos, superemos y desaprendamos el machismo, el racismo, el clasismo, la homofobia y la xenofobia”, dijo en su discurso al ganar los comicios, recogió el diario La Vanguardia.



AKB Fintech suspendió la implementacion de cajeros dolarizados en Venezuela

La compañía se encuentra estudiando la posibilidad establecer alianzas con la banca nacional

November 5, 2020

Caracas.- La empresa Akb Fintech informó este jueves que ha decidido suspender la implementación de cajeros dolarizados que se pretendían instalar esta semana.


A través de un comunicado emitido a través de Instagram, la compañía indicó que la decisión se tomó partiendo de la “confusión y las dudas que se han generado en el entorno con ocasión al anuncio sobre el inminente lanzamiento en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela de uno de los productos asociados a la billetera Mia, la cual mediante el uso de tecnologías de nueva generación permitiría la dispensa de monedas extranjeras en efectivo en locales comerciales ubicados en ese país”.


Por lo tanto, suspendieron la implementación de tal producto. A pesar de ello, la empresa se encuentra estudiando la posibilidad de establecer alianzas con la banca nacional y con otros sectores que permitan atender las necesidades de sus clientes.



Banca, Economía Nacional

Claves | ¿Por qué el BCV limita las transacciones con cuentas locales en divisas?

Octubre 10, 2020 // Banca y Negocios


El Banco Central de Venezuela (BCV) sorprendió con un comunicado dirigido a la banca donde prohíbe la activación de «cualquier producto o servicio que los bancos universales y microfinancieros se encuentren ofreciendo a sus clientes y/o usuarios para facilitar, con cargo a las cuentas en moneda extranjera por ellos mantenidos (Sic), el pago en divisas de bienes y servicios en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela».

El ente emisor interpreta que este tipo de transacciones se «considera un retiro en efectivo de una cuenta a otra» sin la intervención de un banco corresponsal internacional; es decir, sin una institución autorizada que realizara la compensación del cargo antes de su liquidación.

El BCV recordó los mecanismos para movilizar fondos de las cuentas en divisas en la banca nacional, de acuerdo con el Convenio Cambiario N° 1: «el manejo y la movilización de dichas cuentas, deberá efectuarse mediante transferencias, cheques del banco depositario girado contra sus corresponsales en el exterior, así como mediante instrucciones de débito para pagos de gastos de consumo y retiros efectuados con tarjetas en el exterior«,

No obstante, la decisión del emisor levantó una verdadera polvareda en redes sociales, e incluso algunos economistas señalaron que el comunicado genera «confusión».

Por esa razón, la firma consultora Aristimuño Herrera & Asociados considera útil responder una serie de preguntas relevantes, en función de despejar dudas e inquietudes sobre la comunicación del BCV:

– ¿El comunicado modifica el régimen que permite tener cuentas en divisas en la banca nacional?

– No. El Convenio Cambiario N° 1 permanece vigente y sin reformas. La comunicación ordena la no activación de productos transaccionales no previstos en la norma y aclara la interpretación que hace el Banco Central de Venezuela sobre la naturaleza de las operaciones de pago en efectivo.

– ¿Se pueden abrir cuentas en divisas en la banca local?

– Sí. La normativa cambiaria vigente permite expresamente en su artículo 32.

– ¿Se pueden hacer retiros de efectivo contra fondos en moneda extranjera de cuentas en la banca nacional?

– Sí, de acuerdo con la normativa vigente.

– ¿Se pueden seguir haciendo consumos con tarjetas de crédito internacionales en el territorio nacional?

– Si. El sistema prevé que el comercio donde se realice la compra reciba el pago en bolívares a la tasa de cambio oficial a la fecha de la liquidación. Los dólares liquidados por el banco extranjero permanecen en el banco local que liquidó el consumo y su manejo será autorizado por el Banco Central de Venezuela, principalmente para colocarlos en la mes de cambio, de dicho banco. Las transacciones en divisas deben ser declaradas al BCV.

– ¿Se pueden utilizar plataformas como Zelle o Venmo para procesar pagos y transferencias?

– Si. El alcance de la instrucción del BCV opera exclusivamente para las cuentas en divisas abiertas en la banca nacional.

– ¿Se pueden hacer transferencias entre cuentas en divisas abiertas en la banca nacional entre distintos titulares del mismo banco?

– Si. Estas operaciones están permitidas en la normativa vigente.

– Lo que no se puede hacer –

Básicamente, la norma busca obstruir las operaciones con billeteras digitales y sistemas de pago no autorizados o no sujetos al control directo del Banco Central de Venezuela.

Igualmente, no está permitida, hasta el momento, la emisión de herramientas de pago -tarjetas de crédito o débito- que permitan pagar consumos en divisas contra los fondos depositados en cuentas en moneda extranjera abiertas en la banca nacional.

Así mismo, la comunicación del ente emisor deja claro que no hay ningún proveedor no bancario de medios de pago autorizado a procesar transacciones en moneda extranjera contra cuentas abiertas en la banca nacional.

– ¿Dolarización en riesgo de reversión? –

Hay que recordar que legalmente la única moneda de curso legal en Venezuela sigue siendo el bolívar, por lo que la dolarización es un proceso no constitucional ni legal, por lo que el riesgo de que la autoridad monetaria tome medidas para restringir la circulación y el uso de monedas extranjeras en el país está siempre presente.

La adopción del dólar o cualquier otra divisa foránea como unidad de valor es un proceso informal que se basa en una voluntad política, dictada básicamente por la precaria condición económica del país, de manera que la actuación del BCV no es predecible ni obedece a una política escrita, salvo lo establecido en el Convenio Cambiario vigente.

Dicho lo anterior, no parece que exista la intención de retroceder en materia de dolarización aceptada, por los beneficios que el proceso ha traído a la economía, a falta de músculo financiero propio para que la renta petrolera sustente la actividad económica y el consumo.

Fuentes financieras sostienen que está abierto un debate con el Banco Central y la Superintendencia Nacional de Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) para darle una mayor transabilidad a las cuentas en divisas para la realización de consumos y dinamizar el mercado de valores, ya que esta limitación impide la emisión fluida de títulos en moneda extranjera, los cuales ya han sido autorizados por la Superintendencia Nacional de Valores.

Debe existir un mecanismo de compensación local para las transacciones en divisas entre diferentes bancos que asegure fluidez, operatividad y transparencia de las operaciones, e indican fuentes del sector financiero que se trabajan diferentes alternativas.




Banca

Servicio de transferencias de Zelle fue restituido a clientes de Wells Fargo en Venezuela

Octubre 14, 2020 // Banca y Negocios

El servicio de transferencias Zelle se ha venido restituyendo a clientes de Wells Fargo en Venezuela, tras una suspensión del acceso a la aplicación para cuentas de un número no determinado de titulares venezolanos residenciados en el país, la cual se ejecutó a partir del pasado 26 de junio.


El servicio Zelle propiedad de Early Warning Services envió un correo electrónico a los clientes que habían sido afectados por la suspensión del servicio, informando que se ha actualizado el Anexo del Servicio de Transferencia de Zelle.

«Hemos modificado el Anexo del Servicio de Transferencia de Zelle® al Contrato de Acceso por Internet de Wells Fargo (“Anexo de Zelle”) con términos y condiciones actualizados, y para eliminar la información desactualizada», señala la empresa en el e-mail con fecha del 29 de septiembre del año en curso.

El comunicado detalla que para los clientes nuevos y existentes de Zelle, los cambios comenzarán a regir de inmediato. «Esperamos que siga disfrutando de Zelle y de la Banca por Internet Wells Fargo Online®; sin embargo, si no está de acuerdo con los cambios, simplemente puede dejar de usar el Servicio de Transferencia y no necesitará tomar ninguna medida adicional», indica.

Banca y Negocios pudo constatar a través de cuentahabientes del banco estadounidense que, efectivamente, ya se puede volver a disfrutar de este servicio.

Zelle es un sistema de pagos propiedad de varias instituciones financieras estadounidenses: Bank of America, BB&T, Capital One, JPMorgan Chase, PNC Bank, US Bank y Wells Fargo.

Es una herramienta de pagos muy utilizada en Venezuela debido a la masiva dolarización transaccional de la economía, por lo que ya que miles de ciudadanos usan el servicio para hacer compras cotidianas y movilizar remesas.



Banca, Economía Nacional

Claves | Lo que debes saber sobre la restitución del Zelle a clientes de Wells Fargo en Venezuela

Octubre 15, 2020 // Oriana García /

En días recientes se conoció que el servicio de transferencias Zelle se ha venido restituyendo a un grupo de clientes de Wells Fargo en Venezuela, luego de que el pasado 26 de junio se efectuara una suspensión paulatina del acceso a la aplicación para cuentas de un número no determinado de titulares venezolanos residenciados en el país.

Si bien un numeroso grupo de usuarios de esta plataforma de pagos que han sido consultados por Banca y Negocios han confirmado que, efectivamente, ya han podido volver a hacer uso de la aplicación, otro grupo de clientes del banco estadounidense han manifestado que aún no se les ha restablecido el servicio, pese a haber recibido el correo de la institución bancaria que indica que se ha actualizado el Anexo del Servicio de Transferencia de Zelle.

– Lo que implica la actualización del anexo –

El correo electrónico enviado a los cuentahabientes de Wells Fargo no indica explícitamente que ha sido restituido el servicio de pagos electrónicos Zelle. Sin embargo, usuarios que habían sido afectados anteriormente con la suspensión, aclaran que luego de haber recibido la notificación, intentaron hacer uso nuevamente de la plataforma con una transferencia de prueba y que esta fue efectuada exitosamente.

Lo que señala la información emitida por el banco es que se ha actualizado el Anexo del Servicio de Transferencia de Zelle® al Contrato de Acceso por Internet de Wells Fargo, con términos y condiciones actualizados, y para eliminar la información desactualizada.

Asimismo, la nota aclara al cliente que no tiene que hacer nada y que dicho aviso simplemente tiene el fin de informar que se actualizaron ciertos términos y condiciones del Anexo de Zelle. «El que usted continúe usando o accediendo al Servicio de Transferencia de Zelle («Servicio de Transferencia») constituirá su aceptación de estos términos y condiciones actualizados», agrega.

Banca y Negocios pudo constatar con un grupo de cuentahabientes que a partir de la recepción de este correo y una vez entraron en vigencia dichos cambios, su servicio de pagos de Zelle había sido restablecido. Otros, por su parte, si bien recibieron la notificación, aún no cuentan con el servicio.

– Los cambios que se hicieron a los términos y condiciones de uso –

El resumen de cambios clave al Anexo de Zelle detalla, entre otras, las siguientes modificaciones:

– Se ampliaron los Términos y Condiciones de la sección Servicio de Transferencia para proporcionar más detalles sobre los tipos de transacciones permitidos con ejemplos adicionales.

– Se actualizó la sección Elegibilidad Para Utilizar el Servicio de Transferencia para aclarar los requisitos de la Cuenta de la que Provienen los Fondos y la Cuenta de Depósito y otros requisitos de elegibilidad.

– Se actualizó la sección Registro de una Dirección de Correo Electrónico o un Número de Móvil para aclarar que un número de móvil registrado debe ser de EE.UU.

– Se aclaró la información sobre la terminación del acceso en la sección Terminación del Acceso.

– Se actualizó la sección Monto en Dólares de las Transacciones de Transferencia para Envío de Dinero eliminando las referencias al uso de un servicio de transferencias de Zelle independiente por parte de un Miembro de Wells Fargo.

– Se actualizó la sección Solicitud de Dinero para aclarar las responsabilidades de Wells Fargo y de Zelle en relación con las solicitudes de pago.

La entidad bancaria agrega que para los clientes nuevos y existentes de Zelle, los cambios comenzarán a regir de inmediato. «Esperamos que siga disfrutando de Zelle y de la Banca por Internet Wells Fargo Online®; sin embargo, si no está de acuerdo con los cambios, simplemente puede dejar de usar el Servicio de Transferencia y no necesitará tomar ninguna medida adicional», indica.

– No es una restitución masiva –

Sobre esto, el economista César Aristimuño subrayó que cuando el servicio fue suspendido a cierta cantidad de clientes venezolanos, no se trató de una medida generalizada, por lo que aquellas personas que en aquella oportunidad no fueron notificadas sobre la cancelación, en ningún momento se vieron afectadas y pudieron seguir utilizando la aplicación de pagos de forma normal.

En ese sentido, el director de la firma Aristimuño Herrera & Asociados aseguró que lo mismo ocurre con la reactivación del servicio de pagos. «No podemos hablar de una medida masiva, porque eso es una decisión de la institución, la cual evalúa los riesgos y el comportamiento de cada cliente de acuerdo con el uso que este le da a sus cuentas», señaló.

Aristimuño recordó que la plataforma Zelle nota si el cliente está transando de manera indiscriminada, alterando su perfil transaccional. En esos casos, Zelle le notifica al banco y este puede proceder al bloqueo preventivo de la cuenta hasta que resuelva el problema o se decida cancelar el servicio, o la cuenta.

En ese sentido, resaltó que la decisión de Wells Fargo al momento de la suspensión de Zelle fue el resultado de un análisis a las cuentas de personas que estaban utilizando el servicio de manera inadecuada. Sin embargo, como la medida no es permanente ni se extiende a todos los cuentahabientes venezolanos, la entidad bancaria puede reevaluar cada caso y, de no existir ninguna violación a sus términos y condiciones, se puede proceder al restablecimiento del servicio de forma paulatina, como está ocurriendo.

En todo caso y dado que dicha restitución depende propiamente del estudio de cada usuario, es recomendable que los clientes que hayan recibido la notificación de actualización del Anexo de Zelle se comuniquen vía telefónica con Wells Fargo para verificar si su servicio de pagos ha sido restablecido.




Diario El Universal

El sistema permitirá la utilización del Petro como moneda de reserva de valor y viabilidad financiera, estableciendo alianzas comerciales con empresas privadas de construcción e industrias de insumos.


01/10/2020 07:00 pm

Caracas.- El presidente de la República, Nicolás Maduro, autorizó este jueves la creación del Sistema Petro Inmobiliario.


“Nace en Venezuela el Sistema Petro Inmobiliario que al calor de la Ley Antibloqueo permitirá avanzar en el cumplimiento de las metas de viviendas”, enfatizó por el canal del Estado, reseñó AVN.


El sistema permitirá la utilización del Petro como moneda de reserva de valor y viabilidad financiera, estableciendo alianzas comerciales con empresas privadas de construcción e industrias de insumos.


Además, refirió el Jefe de Estado, servirá “para la ejecución de proyectos con recursos privados y financiamientos públicos y privados, teniendo como fuente de pago los créditos hipotecarios de los beneficiarios y los acuerdos de ventas mixtas de viviendas”.


Subrayó que esta autorización permitirá la ampliación y activación del sistema Petro Inmobiliario como estrategia para garantizar el cumplimiento de la meta de las 3 millones 400 mil viviendas (este año) y 5 millones en el 2025.




Economía Nacional

Conozca los términos del decreto que suspende pago de alquileres hasta marzo

Septiembre 06, 2020 // Banca y Negocios

El gobierno de Nicolás Maduro suspendió hasta marzo de 2021 el cobro de alquileres de viviendas e inmuebles de uso comercial, de acuerdo con el Decreto N° 11 del estado de alarma nacional, publicado en la Gaceta Oficial N° 41.956.

La noticia cayó como una bomba en el sector inmobiliario, pues se suponía que la vigencia de la decisión, tomada en el contexto de apoyar a las personas y empresas en medio de la expansión del Covid-19, sería hasta enero de 2021, según los anuncios gubernamentales del pasado 26 de agosto.

La Cámara Inmobiliaria había propuesto un esquema según el cual la medida fuese prorrogada en el marco de negociaciones entre arrendadores e inquilinos, porque los primeros también se están viendo severamente afectados por los efectos económicos de la pandemia.

Francisco López Domíguez, presidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela expresó en el mes de abril, que muchos de los arrendadores tenían en el canon la totalidad de su sustento, y que por eso, a fin de proteger a ambas partes, lo mejor era, si se podía, mantener el pago total de las obligaciones adquiridas previo a la pandemia, o «en otros casos asumiendo un porcentaje, y en todos los casos acordando el lapso en el cual se pagarán las cuotas suspendidas». Esto a fin de evitar la intervención de alguna otra institución gubernamental, cuyas acciones pudiesen empeorar el panorama legal.

– Lo que dice el decreto –

El artículo 1, que establece la suspensión del cobro de cánones por 6 meses contados a partir del 2 de septiembre pasado, deja claro que: «En el plazo previsto en este artículo no resultará exigible al arrendatario o arrendataria el pago de los cánones de arrendamiento que correspondan, ni los cánones vencidos a la fecha aún no pagados, ni otros conceptos pecuniarios acordados en los respectivos contratos de arrendamiento inmobiliario«.

Así mismo, el artículo 2 prevé: «Por un lapso de hasta seis (6) meses, contados a partir de la publicación de este Decreto en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, se suspende la aplicación del artículo 91 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda.

Por el mismo periodo, se suspende la aplicación de la causal de desalojo establecida en el literal “a” del artículo 40 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial«, lo que significa que no aplicará ningún procedimiento por falta de pago.

– Desaplicación excepcional –

El artículo 5 establece un mecanismo excepcional de desaplicación. «La suspensión a que se refiere este Decreto será desaplicada en aquellos casos de reinicio de la actividad comercial, con anterioridad al término máximo previsto en este Decreto; así como a los establecimientos comerciales que por la naturaleza de su actividad y de conformidad con los lineamientos impartidos por el Ejecutivo Nacional, se encuentren operando o prestando servicio activo de conformidad con alguna de las excepciones establecidas al cese de actividades decretado con ocasión al Estado de Alarma.

El Ministerio del Poder Popular de Comercio Nacional establecerá mediante Resolución los términos con base a los cuales procederá la desaplicación excepcional a que se refiere este artículo».

Mientras que el artículo 6 prevé la posibilidad de acuerdos, con la mediación gubernamental, pero en términos muy poco precisos; de hecho, delega la materia en la Vicepresidencia de Economía: «El Ejecutivo Nacional por órgano de la Vicepresidencia Sectorial de Economía podrá evaluar con los arrendatarios y arrendadores, debidamente organizados, mecanismos que propendan al sostenimiento del equilibrio económico, garantizando la justicia social y velando por el bienestar de los venezolanos y venezolanas ante la afectación por la pandemia mundial del coronavirus COVID-19″.

– Acuerdos de pago después de marzo –

Con el fin de evitar conflictos, y posibles desalojos, una vez que cese la suspensión de cánones, el artículo 3 del decreto prevé que: «Las partes de los respectivos contratos de arrendamiento podrán acordar, mediante consenso, términos especiales de la relación arrendaticia en el plazo a que refiere este Decreto, a los fines de adaptarla a la suspensión de pagos; para lo cual podrán fijar los parámetros de reestructuración de pagos o refinanciamiento que correspondan. En ningún caso, podrá obligarse al arrendatario o arrendataria a pagar el monto íntegro de los cánones y demás conceptos acumulados de manera inmediata al término del plazo de suspensión«.

«Si las partes no alcanzaren un acuerdo acerca de la reestructuración de pagos o el refinanciamiento del contrato de arrendamiento, someterán sus diferencias a la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda (SUNAVI), en el caso de los inmuebles destinados a uso como vivienda principal, y a la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (SUNDDE) cuando se trate de inmuebles comerciales, para dirimir estos conflictos y en caso de ser necesario intermediaran en el establecimiento de las nuevas condiciones que temporalmente aplicarán para las partes».




Proponen extender suspensión de pagos de alquileres hasta 2021

  • Diario El Universal

19/08/2020 03:00 pm

  • Diario El Universal

19/08/2020 03:00 pm

Caracas.- Francisco López, presidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela, propuso al Ejecutivo Nacional activar un mecanismo de validación de firmas digitales con el objetivo de “agilizar los procesos de alquiler, compra y venta de inmuebles en el país, debido al restringido horario de los registros y notarías ante la paralización de la actividad laboral debido a la pandemia”.


A través de una entrevista radial el agremiado indicó que en materia tecnológica, para transferencia de las propiedades, el sector inmobiliario presenta un retraso de 25 años, por lo que “este es el momento oportuno para que Venezuela se encauce hacia la digitalización de los registros”.


Agregó que los alquileres inmobiliarios han experimentado incrementos en sus precios, a pesar de la coyuntura actual, y ante las dificultades de los venezolanos de poder adquirir bienes debido a la ausencia de financiamiento por parte de las entidades bancarias.


“Recordemos que no hay ni mercado primario, no hay créditos hipotecarios entonces la gente se refugió en alquileres y la verdad es que hubo cierto dinamismo el año pasado, aunque este año ha reportado una disminución de al menos 20 %”, detalló el representante del sector inmobiliario.


Con respecto a la disposición impuesta por el Gobierno Nacional que defiende la suspensión del pago de alquileres de inmuebles hasta septiembre, el líder gremial sugirió extender el plazo de vencimiento hasta enero de 2021, mediante la firma de un acuerdo entre arrendatarios y arrendadores.