6. RENDICIÓN DE CUENTAS
6. RENDICIÓN DE CUENTAS
La normativa ecuatoriana vigente exige cumplir lo dispuesto en la Constitución Política de la República referente a la publicidad, transparencia y rendición de cuentas al que están sometidas todas las instituciones del Estado que conforman el sector público, dignatarios, autoridades y funcionarios públicos, las personas jurídicas de derecho privado que realicen obras, servicios, etc., con asignaciones públicas. Para el efecto, se deben adoptar las medidas que garanticen y promuevan la organización, clasificación y manejo de la información que den cuenta de la gestión pública.
En ese sentido como autoridades de elección popular presentaremos de manera anual la rendición de cuentas de nuestra gestión en eventos públicos, en el territorio de nuestra jurisdicción, en los que se contará con la presencia de nuestros mandantes, quienes conocerán de primera mano el avance de nuestras propuestas y el cumplimiento del presente documento