MÓVILES uso y abuso

Todos hacemos uso de un aparato llamado móvil, y no somos pocos los que nos damos cuenta de que al cabo del día le hemos dedicado un tiempo muy superior al que le dedicamos por ejemplo a nuestras relaciones familiares, al contacto directo con los amigos o incluso a actividades tan básicas comer o hacer deporte.

¿Estás de acuerdo? ¿Eres tú uno de estos casos?

¿Sabes cuáles son las consecuencias legales de compartir imágenes de otra persona sin su consentimiento?


Sintetizamos, a continuación, la información extraída de la prestigiosa web “Pantallas amigas”


1. La Constitución Española garantiza como derecho fundamental el honor, la intimidad y la propia imagen. Toda persona puede impedir la obtención, reproducción o publicación de su propia imagen por parte de otra persona si lo hace sin autorización.

2. Existe una Ley específica para garantizar la protección de la propia imagen. Es la Ley de “protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen”.

3. Esta Ley prohíbe ““captar, reproducir o publicar por fotografía, vídeo o cualquier otro procedimiento, la imagen de una persona en lugares o momentos de su vida privada o incluso fuera de ella sin su permiso “captar, reproducir o publicar por fotografía, vídeo o cualquier otro procedimiento, la imagen de una persona en lugares o momentos de su vida privada o incluso fuera de ella sin su permiso”.

4. El Código Penal establece una pena de prisión de entre tres meses y un año –o una multa de seis a doce meses- a quien, “sin autorización de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales de aquella que hubiera obtenido en un domicilio o en cualquier otro lugar fuera del alcance de la mirada de terceros”.

5. ¿Y si te llega una imagen y tú la reenvías? Automáticamente te estás convirtiendo en cómplice y te enfrentarías a un castigo de entre seis meses y dos años de cárcel.

6. A todo esto, debemos recordar que somos imputables a partir de los 14 años. Es a partir de esta edad cuando un juez puede dictaminar que ingresemos en un centro de internamiento de menores infractores. A prisión solo se puede ir a partir de los 18 años.

7. ¡Pero es que yo no lo sabía! No importa que no lo sepas. Uno de los principios jurídicos básicos es que “el desconocimiento de la Ley no implica que no haya que cumplirla”.

Por tanto, grabar o fotografiar a otros sin su consentimiento, no es ninguna tontería. La broma puede salir muy cara.

Creamos un GENIAL.LY en el que hacemos un póster para promover las buenas prácticas con el móvil.

Si algún grupo se atreve, podemos hacer un vídeo teatro en el que representamos situaciones en las que el mal uso del móvil nos puede acarrear problemas graves.

¡Suerte y adelante!