ESTUDIO JURIDICO DAGLIO Y ASOCIADOS
Etapa del proceso sucesorio donde el juez a través de una interlocutoria registrable declara herederos legítimos del causante.
Con posterioridad a la declaratoria de herederos se podrán denunciar los bienes integrantes del acervo hereditario del causante, pudiendo solicitar la adjudicación a nombre de cualquiera de los herederos o de terceros por tracto abreviado.
Solicitud de medidas judiciales o cautelares a efectos de salvaguardar el activo sucesorio y los intereses de los herederos.