PREGUNTAS FRECUENTES
OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DE ESTABILIZACIÓN
OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DE ESTABILIZACIÓN
LAS CUESTIONES PUBLICADAS EN EL PRESENTE PORTAL SON MERAMENTE INFORMATIVAS Y NO POSEEN CARÁCTER VINCULANTE PARA LA ADMINISTRACIÓN
OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA DE ESTABILIZACIÓN
¿Qué es "la estabilización"?
El Proceso de Estabilización surge de los Acuerdos para la mejora del Empleo Público entre Sindicatos y Administración firmados en marzo de 2017 y marzo de 2018. El objetivo es reducir la alta temporalidad del sector público, tras la fuerte recomendación de la Unión Europea al Gobierno de España para que disminuya la temporalidad hasta un máximo del 8%. El acuerdo indica que se van a estabilizar los puestos de trabajo cubiertos de forma temporal que cumplen una serie de criterios, y encuentra su regulación en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
Las plazas se estabilizan mediante la convocatoria de una Oferta de Empleo Público extraordinaria de Estabilización.
Por un lado, será una OEP, de manera que es una convocatoria libre que no puede estar restringida a ningún tipo de personal concreto. Toda persona que tenga la titulación habilitante y cumpla con los requisitos de las bases de la convocatoria se puede presentar.
Por otro lado, es de estabilización, por lo que se entiende que la experiencia y la formación adquirida en el puesto deben tener un alto peso específico a ser considerado en los méritos en el proceso de valoración del proceso.
¿Quién se puede presentar?
Las presentes son convocatorias de acceso libre, y por tanto se puede presentar cualquier persona que cumpla los requisitos establecidos en las bases que rigen la misma.
¿Se formarán listas de reserva tras la resolución de estos procesos selectivos?
NO, tal como disponen las Bases que rigen estos procesos selectivos no se generarán listas de reserva.
¿Dónde puedo consultar qué plazas se van a estabilizar?
Puedes consultar la Oferta extraordinaria de estabilización, en la sección OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO, del portal web https://cabildodelanzarote.convoca.online/ o en el siguiente enlace:
Dicha oferta ha sido objeto de una rectificación de errores en diciembre de 2022, siendo el documento consolidado el siguiente:
Rectificación de errores Ofertas Extraordinarias de Empleo Público 2022
¿Se estabilizan plazas (plantilla) personas o puestos de trabajo?
Nunca se estabilizan personas, si por estabilizar personas entendemos que se convocan procesos restringidos (restringen la participación únicamente al personal temporal y también únicamente para la plaza que interinan). Se estabilizan plazas que actualmente están ocupadas interinamente, valorándose prioritariamente tanto la experiencia como la formación, sin excluir la participación voluntaria libre, ya que de lo contrario se vulneraría el principio básico de igualdad de oportunidades. Por tanto, cualquier persona podrá presentarse a estos procesos.
¿Qué plazas se van a estabilizar por el procedimiento de concurso?
Todas las plazas identificadas en los anexos de oferta, vinculadas al procedimiento de la Disposiciones 6º y 8º (Laborales y Funcionario/as) y del art. 2 (Laborales) se han convocado por el sistema selectivo de concurso.
¿Qué plazas se van a estabilizar por el procedimiento de concurso-oposición?
Únicamente a la plaza vinculada al procedimiento del art. 2 (Funcionario/as) de la categoría auxiliar administrativo, identificada con el código 3080, le será de aplicación el sistema selectivo de concurso-oposición.
BASES GENERALES Y BASES ESPECÍFICAS
¿Qué son las bases generales?
Son una disposición general que regula los aspectos comunes de los procesos de estabilización:
- Normas aplicables al proceso selectivo.
- Requisitos generales que hay que cumplir para poder presentarse al proceso selectivo.
- Forma de presentación de las solicitudes.
- Composición del órgano de selección.
- Méritos que se van a valorar en la fase de concurso.
- Forma de acreditar los méritos y plazos.
- Pruebas de la fase de oposición, si hubiera.
- Calificación final del proceso selectivo y plazos para presentar documentación.
Se han aprobado dos tipos de bases generales, las cuales puedes consultar en los siguientes enlaces:
Se recomienda encarecidamente su lectura, al formar parte de las normas reguladoras del proceso.
¿Qué son las bases especificas?
Son disposiciones que regulan los aspectos específicos de cada uno de los procesos selectivos, en particular aquellas cuestiones no establecidas en las bases generales tales como: titulación que se exige para cada proceso selectivo, o, para los procesos que tenga una fase de oposición las características de las pruebas y temario.
Se han aprobado las siguientes bases específicas para cada uno de los procesos selectivos de la Oferta Extraordinaria de Estabilización:
Convocatoria y Bases Específicas - Artículo 2 de la Ley 20/2021 (PLAZAS LABORALES)
Convocatoria y Bases Específicas - Artículo 2 de la Ley 20/2021 (FUNCIONARIO/A)
Convocatoria y Bases Específicas - Disposición 6ª y 8ª de la Ley 20/2021 (PLAZAS LABORALES)
Convocatoria y Bases Específicas - Disposición 6ª y 8ª de la Ley 20/2021 (PLAZAS FUNCIONARIOS/AS)
Se recomienda encarecidamente su lectura, al formar parte de las normas reguladoras del proceso.
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
¿Qué requisitos tengo que cumplir para poder participar en los procesos de estabilización?
Los requisitos generales regulados en la base 7º de las bases generales y además los requisitos específicos regulados en las bases específicas de cada proceso selectivo:
-Base 2º Disposiciones 6º y 8º, y Art. 2 (art. 2 Funcionario)
-Base 3º Art. 2 (Laboral)
¿Cuándo debo poseer los requisitos de participación?
Se deberán poseer el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes (02/05/2023) y mantenerlos hasta la fecha de toma de posesión o de contratación.
Con la presentación de la solicitud estás declarando que cumples los requisitos exigidos en las bases para concurrir en el proceso selectivo.
FASE 1: PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN
¿Cuándo se abre el plazo para la presentación de solicitudes?
De conformidad con lo dispuesto en las bases específicas, el plazo de presentación de solicitudes es el comprendido entre el día 31 de marzo de 2023 y el 2 de mayo de 2023, ambos inclusive.
Cualquier solicitud presentada fuera del período establecido en el apartado anterior, no será admitida a trámite y la persona interesada no podrá participar en la convocatoria.
¿Cómo puedo presentar la solicitud?
Las solicitudes de participación deberán presentarse, exclusiva y obligatoriamente, en la página web https://cabildodelanzarote.convoca.online/ cumplimentando el modelo normalizado disponible en dicho portal web.
¿Cúales son los sistemas de acceso a la plataforma Convoca?
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece en su artículo 14.3 el derecho y la obligación de relacionarse electrónicamente con la Administración. Los sistemas de acceso son los siguientes:
@clave permanente http://clave.gob.es/clave_Home/registro.html
DNI electrónico https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/
Certificado digital http://www.cert.fnmt.es/
Si quiero inscribirme en varias categorías ¿tengo que cumplimentar tantas solicitudes como categorías?
Sí. Se presentará una solicitud por cada categoría por la que se desea participar con el abono de la tasa correspondiente y la documentación acreditativa que se solicita en la convocatoria.
Hay un error en mi solicitud, ¿Cómo puedo corregirlo?
Si hay un error material en la solicitud puedes subsanarlo en cualquier momento antes de la publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos. Asimismo, una vez publicada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, podrás subsanar los defectos de tu solicitud en el plazo de 10 días hábiles. En la resolución por la que se apruebe la lista provisional se indicará cómo puedes hacer la subsanación.
La no subsanación del defecto que motivó tu exclusión provisional en plazo establecido, determinará tu exclusión definitiva para participar en el proceso selectivo.
¿Qué documentos acompañan a la solicitud?
En esta primera fase habrá que estar a lo dispuesto en las distintas bases específicas para cada categoría, pero con carácter general se deberá incluir al menos copia simple de los siguientes documentos:
*DNI
*Titulación
*Justificación del pago de tasas
Así como, aquellos otros documentos que acrediten situaciones especiales (Discapacidad, Bonificaciones de tasas, etc.).
En esta primera fase NO se presentará aún la documentación acreditativa de los méritos que se pretendan hacer valer en la fase de concurso.
¿La documentación acreditativa debe ser compulsada?
En esta primera fase bastará con incorporar copias simples de la titulación requerida y de los documentos que acrediten la identidad.
PAGO DE TASAS
¿Cómo se lleva a cabo el pago de tasas?
El abono de la tasa se podrá formalizar mediante pago telemático en la oficina virtual de la Red Tributaria de Lanzarote, sita en la dirección web: https://redtributarialanzarote.es/oficina-virtual-dir/
Debemos seleccionar el apartado Pagar tasas, o bien pulsar el siguiente enlace https://ovtlanzarote.tributoslocales.es/350000/CLANZAROTE/tasas
A continuación procedemos a cumplimentar el formulario, indicando los siguientes datos:
Titular: indicar el número del documento de identificación
¿Qué quieres pagar?:
seleccionar CABILDO INSULAR DE LANZAROTE
seleccionar TASA EXAMEN
seleccionar Grupo
seleccionar Tarifa correspondiente a la categoría profesional
indicar tipo de bonificación (en su caso)
Resumen: comprobamos los datos y procedemos a efectuar el pago (pagar) y descargar el justificante, el cual se adjuntará al momento de presentar la solicitud de participación.
En caso de acogerse a alguna bonificación o exención del pago de las tasas de inscripción, se deberá presentar, además del justificante del pago de tasas, la documentación acreditativa correspondiente.
¿Sólo con el pago de tasas podría participar en el proceso selectivo?
No. En ningún caso se entenderá que el abono de la tasa de inscripción sustituye el trámite de presentación, en tiempo y forma, de la correspondiente solicitud de participación. De no presentarse solicitud, la persona aspirante no será incluida en las listas de admitidos provisionales ni definitivas.
¿Qué sucede si no se adjunta el justificante del abono de las tasas o, adjuntándose, la cantidad abonada fuera menor a la señalada en la convocatoria?
En ambos casos se excluiría al aspirante provisionalmente. Y se podrá subsanar adjuntando el justificante de haber realizado el pago dentro del plazo de presentación de solicitudes; o bien adjuntando el justificante del abono del importe correcto de la tasa, pudiendo en este caso solicitar la devolución del importe incorrecto indebidamente ingresado.
FASE 2: PRESENTACIÓN DE MÉRITOS
¿Cuándo tengo que presentar mis méritos?
Los méritos se presentarán cuando sean requeridos por los diferentes tribunales, y una vez publicadas las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos del proceso.
¿Hasta que fecha computan los méritos que se vayan a presentar?
Todos los méritos alegados deben poseerse a la fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes, esto es, a 02 de mayo 2023.
¿Cómo se presentan los méritos que se hayan de aportar?
Vía telemática a través de la solicitud de la sede electrónica del Cabildo Insular de Lanzarote. Una vez admitido/a definitivamente en la categoría por la que participa, deberá adjuntar la documentación en formato PDF. Este procedimiento deberá seguirse con un registro de entrada independiente por cada categoría en la que participa.