PRUEBAS DE CERTIFICACIÓN
Alumnado oficial y libre
CALIFICACIONES: Cada una de las partes se supera si se obtiene una calificación mínima de entre «5,0»/«10,0». Para poder obtener el título será requisito haber realizado los cinco ejercicios, haber obtenido una calificación en cada uno de ellos igual o superior a «5,0» puntos y que la resultante del cálculo de la media aritmética de todas las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios sea igual o superior a «6,5» puntos. Si la calificación de una parte está por debajo de «5,0» no es posible hacer la media con el resto de ejercicios.
Si en la CONVOCATORIA ORDINARIA de mayo/junio se ha obtenido una calificación de «6,5» o más en uno o varios de los ejercicios, la calificación se guarda para la convocatoria extraordinaria y no se puede volver a hacer esos ejercicios. Aquellas partes del examen en las que se haya obtenido menos de «5,0» puntos o no se hayan realizado, sí tendrán que realizarse en la convocatoria extraordinaria. Además, podrá realizar opcionalmente aquellas partes de la prueba en las que hubiera alcanzado una puntuación comprendida entre «5,0» y «6,5» puntos, sin que en ningún caso ello pueda dar lugar a puntuaciones inferiores de las que se obtuvieron en la convocatoria ordinaria.
El alumnado deberá ir provisto del Documento Nacional de Identidad, pasaporte, permiso de conducir o cualquier otro documento identificativo equivalente, legalmente reconocido, que acredite suficientemente su identidad, edad y nacionalidad y en el que aparezca la fotografía de la persona titular del mismo.
La identificación será obligatoria para todo el alumnado, incluyendo al alumnado que no se haya presentado al ejercicio anterior y/o que abandone el aula de examen entre un ejercicio y el siguiente. Sin este requisito, no se podrá acceder al aula ni tampoco realizar la prueba.