El servicio social es de carácter obligatorio para que los alumnos puedan obtener su título profesional de la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco.
El servicio social se realizará en todas las áreas profesionales. La dirección de Difusión cultural y extensión universitaria a través de la coordinación de servicio social, deberá orientar la prestación del servicio social hacia las ramas y modalidades de cada profesión que se consideren prioritarias para las necesidades del país.
El servicio social no será válido en instituciones particulares salvo que éstas lo requieran por su propia naturaleza, pero quedará bajo las condiciones que para el efecto fije la universidad, previo convenio.
Los programas de servicio social podrán ser de carácter intramuros en la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco y extramuros en el sector público.
La prestación del servicio social no creará derechos ni obligaciones de tipo laboral.
Tener aprobado un mínimo del 70% de créditos o el 100% en los casos que lo ameriten y certificación expedida por la oficina de servicios escolares de la unidad o división correspondiente.
Registrarse y obtener autorización de la dirección de difusión cultural y extensión universitaria a través de la coordinación del servicio social.
Tener una duración no menor de 6 meses ni mayor de 2 años. El número de horas que requiere será determinado por las características del programa al que se encuentre adscrito el estudiante pero en ningún caso será menor de 480 horas.
Realizarlo de acuerdo con los programas unidisciplinarios, interdisciplinarios o multidisciplinarios que respectivamente se aprueben.
Deberá reiniciarse sin tomar en cuenta las actividades realizadas antes de su interrupción, entendiéndose que existe discontinuidad cuando sin causa justificada se interrumpa la prestación del servicio social por más de 6 días durante 6 meses; o en su caso, 3 días seguidos; los días se entienden como hábiles. El alumno realizará otra vez lo establecido en el artículo 27 de este reglamento.
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