II Marcha Senderista Solidaria
(4 de abril de 2026)
PASOS A SEGUIR PARA LA INSCRIPCIÓN:
1. Enviar un WhatsApp a Lorea (+34 659321210) o María Eugenia (+34 659504278) indicando el nombre de la persona que se inscribe y cuantos dorsales quiere.
2. Realizar el pago (PREFERIBLEMENTE EN EFECTIVO):
mediante pago en efectivo en el comedor social de Palazuelo de las Cuevas.
o bien, mediante Bizum a la persona a la que se envió el WhatsApp indicando el nombre de la persona inscrita.
3. Las camisetas se entregarán, hasta agotar existencias, por orden de inscripción y siempre que se haya formalizado el pago antes de la marcha.
Fechas y horas para poder realizar el pago en efectivo:
Sábado 7 de marzo de 18:00 a 20:00 horas.
Sábado 14 de marzo de 18:00 a 20:00 horas.
Sábado 21 de marzo de 18:00 a 20:00 horas.
Sábado 28 de marzo de 18:00 a 20:00 horas.
Viernes 3 de abril de 17:00 a 19:00 horas.
Sábado 4 de abril antes del comienzo de la marcha.
MENSAJE DE BIENVENIDA
Desde la Asociación Cultural "El Castro de Palazuelo" queremos daros la bienvenida a este blog donde os informaremos de las actividades que promueva la Asociación.
Como entidad sin ánimo de lucro nuestra finalidad no es otra que promover actividades culturales y de ocio.
Agradeceremos vuestros comentarios y vuestras sugerencias.
ACTUALIZACIONES AGOSTO 2025
CENA FIN DE VERANO
Con nuestra cena de fin de verano hemos querido reunir a todos los vecinos del pueblo para cerrar un verano lleno de buen rollo.
Seguimos ...
PANELES INFORMATIVOS
Hemos decorado algunos rincones del pueblo, ... no olvidéis visitarlos.
JUEGOS Y MÁS ...
Nuestros maravillosos participantes en la "Gincana del Verano" se exprimieron a tope para conseguir el tesoro.
Y nuestras noches de cine al aire libre han sido todo un éxito, repetiremos sin duda.
CAMINATA NOCTURNA
Una preciosa noche llena de luz.
DÍA DE LOS SOCIOS
El sábado 9 de agosto celebramos EL DÍA DE LOS SOCIOS.
Nuestro día comenzó con la típica "Alboriada" que finalizaría con el no menos típico chocolate en el "Bar de la juventud".
A pesar del día caluroso pudimos disfrutar de una estupenda comida "En bajo los Linares"
Y la tarde-noche nos trajo baile y más diversión.
CONCIERTO DE CANTARES Y TOQUES DE CAMPANA TRADICIONALES
El sábado 2 de agosto celebramos la unión del sonido de las voces y las campanas. Un día que disfrutamos en nuestra iglesia parroquial.
Finalizamos el evento con la inauguración de la placa informativa de nuestra iglesia y disfrutamos de dulces y refrescos.
El audio del evento está disponible en el enlace de esta página.
VOCES DEL CORO:
Soledad, Amalia, Alicia, Esther, MariCarmen, Agustina e Inmaculada
INSTRUMENTOS
Pilar (pandereta)
CAMPANEROS
Santiago B. y Serafín
POR ORDEN DE APARICIÓN ESCUCHAMOS LAS CANCIONES Y TOQUES DE CAMPANA:
Repique de campana
“El 14 de septiembre”
Toque de campana al Ave María
“En Madrid hay una niña que le llaman Isabel”
Toque de campana a misa
“Carbón de encina”
Toque de campana a fuego
Toque de campana a lobo
“El día de los torneos”
Toque de campana a concejo
“Rosita de Alejandría”
Toque de campana a vacada
“La pertenera”
Toque de campana a tormenta
“La panderetera”
Oración a San Antonio
POR ORDEN DE APARICIÓN ESCUCHAMOS LAS VOCES DE:
Rufino, Pristilo, Narciso, Julia, Elvira, Pedro, Manuel, Elvira, Virgilio, Inmaculada, Tomasa, Mariano, Santiago, María, Geremías, Antonia, Fernando, Isabel, Miguel, Margarita, Tránsito, Manuela, Antonio, Asunción, Martín, Genaro, Daniel, María, Serafín, Miguel, Mariano, Pilar, y María Teresa.
INAUGURACIÓN PANELES INFORMATIVOS - MOLINOS
Las placas informativas sobre "La Molina", el molino de "El Retorno" y la zona de "El Castro" han quedado inauguradas para que podáis disfrutar de un día de paseo y conocer o recordar estos lugares que van quedando en el olvido. Gracias a los que habéis participado en la limpieza de las zonas y los que ya habéis realizado la visita de inauguración. ¡Os esperamos!
EL ANTES Y EL DESPUÉS - Todo lo que se puede conseguir con la colaboración de todos.
INAUGURACIÓN DE LA EXPOSICIÓN DE FOTOGRAFÍA
Lugar: "Debajo de Los Linares"
ACTIVIDADES PASADAS
El sábado 3 de mayo se celebró una charla-coloquio sobre seguridad impartido por la Guardia Civil de Zamora.
No tenemos nada más que palabras de agradecimiento para los organizadores, voluntarios y participantes, por el cariño puesto en esta marcha solidaria y cuyo objetivo ha rebasado nuestras expectativas.
Hemos repartido 225 dorsales pero los donativos totales han alcanzado los ¡1.056 euros!, que hemos entregado a la AECC en la sede de Zamora.
Esperamos veros el próximo año en la segunda convocatoria.
¡SOMOS NOTICIA!
https://www.laopiniondezamora.es/comarcas/2025/04/19/cara-altruista-palazuelo-cuevas-116523618.html
https://www.facebook.com/100069222663911/posts/1015899187394161/
Queremos agradecer a los ORGANIZADORES y ASISTENTES al curso de “Injerto y poda” por su entusiasmo y buen ánimo en esta jornada de aprendizaje y buenas charlas. Esperamos que podáis aplicar todos los conocimientos adquiridos. ¡Gracias por participar! 👏🏻
Se ha creado una comunidad de difusión de noticias en la aplicación de WhatsApp para que el acceso a la información de la Asociación sea más rápida y fácil. El enlace de acceso se está compartiendo a través de la aplicación para que llegue a todos los socios.
BUZÓN DE SUGERENCIAS
NORMATIVA DE LA ASOCIACIÓN 2025
Esta información viene a complementar lo establecido en los Estatutos de la Asociación disponibles en la página web.
Se fija una cuota anual de 8 euros.
IMPORTANTE: la cuota NO está vinculada exclusivamente a la realización de la “Comida de Socios en Los Linos”, sino que va encaminada a la realización de cualquier actividad o evento que pueda llevar a cabo la Asociación durante el año así como al mantenimiento de los gastos que ocasione la Asociación.
El abono de dicha cuota se realizará antes de la finalización de las vacaciones de Semana Santa de cada año.
Los pagos se podrán realizar por trasferencia en la cuenta de la Asociación del banco Unicaja (ver instrucciones en el documento “PAGOS TRANSFERENCIAS BANCARIAS”). O bien, en metálico al Tesorero de la Asociación (Pristilo Peláez).
Los menores de 12 años (incluidos) están exentos de pagar la cuota pero si dispondrán del carnet y número de socio.
Los invitados a la “Comida de Socios en Los Linos” podrán abonar la cuota de 10 € en los días previos a la comida.
El retraso en el pago de la cuota conllevará una penalización de 2 € adicionales. Si finalizado el año no se ha realizado el pago de la cuota se procederá a dar de baja al Socio.
Si se quiere recuperar la condición de Socio se deberá abonar el importe de las cuotas atrasadas de años anteriores a contar desde el presente año 2025.
Se ha creado un BUZÓN DE SUGERENCIAS en la página web (https://sites.google.com/view/el-castro-de-palazuelo/inicio), para que todos los socios puedan sugerir y opinar, siempre desde el respeto a las opiniones y la labor que llevan a cabo los demás.
Con la implantación de estas normas queremos que la Asociación Cultural “El Castro de Palazuelo” sea algo más que una comida cada año y que realmente se fomente el aspecto CULTURAL de la Asociación. Para ello, necesitamos de la participación de todos los Socios, siempre que haya disponibilidad, tanto en las reuniones como en cualquiera de las actividades a desarrollar.
Desde la Junta Directiva de la Asociación os deseamos un buen comienzo de año.
EL PRESIDENTE,
INSTRUCCIONES PARA REALIZAR EL PAGO DE LA CUOTA POR TRANSFERENCIA BANCARIA
Se fija una cuota anual de 8 euros.
Los pagos se podrán realizar por trasferencia en la cuenta de la Asociación del banco Unicaja - ES25 2103 4649 8 0 0013832451 -.
Si el pago se realiza de manera individual, en el concepto de la transferencia bancaria se deberá indicar: CUOTA SOCIO 2024 Primer apellido_Segundo apellido_Nombre (Ejemplo: CUOTA SOCIO 2024 SANCHEZ_SANCHEZ_MARIA)
Si el pago bancario se realiza por varios miembros de la familia se deberá poner en el concepto: CUOTA SOCIO 2024 FAMILIA XXX_XXX_XXX (Ejemplo: CUOTA SOCIO 2024 FAMILIA_SANCHEZ_SANCHEZ_MARIA), y a continuación, enviar una confirmación del pago realizado a través de WhatsApp, al número de teléfono 659504278, indicando el nombre de los miembros por los que se ha pagado y el concepto de la transferencia asociado.
EL PRESIDENTE,
ESTATUTOS
ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CULTURAL
“EL CASTRO DE PALAZUELO”
PALAZUELO DE LAS CUEVAS. (ZAMORA)
CAPÍTULO I-
DENOMINACIÓN Y RÉGIMEN DE LA ASOCIACIÓN
Artículo 1:
1-Conforme a lo previsto en la Ley 191/1964, de 24 de diciembre, de Asociaciones, se constituyó en Palazuelo de las Cuevas (provincia de ZAMORA) la entidad denominada actualmente ASOCIACIÓN CULTURAL “EL CASTRO DE PALAZUELO”, que tiene, con arreglo a las leyes, capacidad jurídica propia, careciendo de ánimo de lucro, habiéndose adaptado a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, según establece la Disposición Transitoria Primera de la misma.
2- El régimen de la Asociación, inscrita al amparo del Artº. 22 de la Constitución Española, se determinará por los presentes Estatutos y los acuerdos válidamente adoptados por su Asamblea General y Órganos directivos dentro de la esfera de su respectiva competencia. En lo no previsto, se estará a lo establecido en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
CAPITULO II
-DE LOS FINES Y ACTIVIDADES DE LA ASOCIACIÓN.
Artículo 2: Fines y actividades.
Son fines de esta Asociación:
1. La programación, organización y realización de todo tipo de actividades culturales, recreativas y deportivas.
2. Recuperación y protección del Patrimonio Histórico Artístico.
3. Recuperación de las Tradiciones del pueblo así como del entorno natural y paisajístico del pueblo.
4. Fomentar la convivencia, la solidaridad y la participación en el entorno social, contribuyendo así a su desarrollo socioeconómico, al sostenimiento demográfico y a la mejora en la calidad de vida; incidiendo, sobre todo, en labores sociales que afecten a las personas de más edad.
5. Abogar por la realización y construcción de zonas verdes y recreativas que doten al pueblo de mayor presencia, y sensibilizar acerca de la riqueza medioambiental y su aprovechamiento.
Las actividades a realizar por la asociación para el cumplimiento de sus fines serán:
1. Llevar a cabo en la localidad, actividades formativas, educativas, recreativas, deportivas, para lo cual se programarán charlas, conferencias, cursos, exposiciones, creación de una biblioteca y cualquier acto de tipo cultural que pueda interesar a los socios.
2. Intervenir en la creación y puesta en funcionamiento de locales y centros sociales que favorezcan nuestra labor, así como llevar a cabo la rehabilitación de aquellas construcciones tradicionales (molinos, palomares, fuentes, etc.) que formen parte del conjunto paisajístico.
3. Día de convivencia del socio, donde se realizarán diferentes actividades recreativas y festivas.
4. Organizar excursiones anuales del tipo cultural.
5. Actividades Tradicionales: Talleres de Indumentaria, baile, artesanía, gastronomía, canciones populares.
6. En general, cuantas actividades puedan desarrollar de cara a una participación, promoción y compromiso de todo tipo de actividades que amenicen la dinámica de celebraciones y conmemoraciones festivas y culturales.
CAPITULO I I I
DOMICILIO SOCIAL Y ÁMBITO TERRITORIAL
Articulo 3: Domicilio Social..
Esta Asociación tendrá su domicilio social en Palazuelo de las Cuevas (municipio de San Vicente de la Cabeza, Zamora); su dirección es C/ El Carrilón, s/n (Bajos de la Escuela) C. P.: 49592
Artículo 4: Ámbito territorial. El ámbito territorial de acción previsto para la Asociación se extiende principalmente a la localidad de Palazuelo de las Cuevas.
CAPITULO IV-
DE LOS ÓRGANOS DIRECTIVOS Y FORMA DE ADMINISTRACIÓN
Artículo 5 : Denominación Órganos Directivos.
Los órganos de participación y representación de la Asociación son:
1. La Asamblea General.
2. Junta Directiva.
Artículo 6: Asamblea General. Composición.
El órgano supremo de la Asociación será la Asamblea General integrada por todos los socios, que adoptarán sus acuerdos por el principio mayoritario y con criterios democráticos.
Artículo 7: Competencias.
a) Nombramiento de los miembros de la Junta de Gobierno.
b) Modificación de los Estatutos.
c) Disolución de la Asociación.
d) Expulsión de socios a propuesta de la Junta Directiva.
e) Disposición o enajenación de bienes.
f) Constitución de Federaciones o integración en ellas.
g) Solicitud de declaración de utilidad Pública.
h) Aprobar los proyectos de normas de régimen interno que desarrollen lo previsto en los presentes estatutos sin que puedan oponerse a los mismos.
i) Examinar y aprobar la Memoria anual de las actividades generales de la Asociación.
j) Acordar los gastos que hayan de atenderse con cuotas extraordinarias y su establecimiento así como los de las cuotas ordinarias, fijar la cuantía de ésta y su periodicidad.
k) Resolver sobre la aprobación del presupuesto anual y sus cuentas anuales.
l) Resolver sobre la aprobación del Inventario anual de bienes muebles e inmuebles cuya valoración detallada de los mismos será realizada por el miembro de la Junta designado previamente por esta última.
m) Acordar la remuneración, en su caso, de los miembros de los órganos de representación.
n) Cambio de domicilio.
Por acuerdo de la Asamblea General podrán organizarse en la Asociación aquellas secciones que se estimen convenientes para el mejor cumplimiento de los fines de la misma.
Artículo 8: Quórum de asistencia y votaciones
La Asamblea General se considera válidamente constituida siempre que concurran un tercio de los asociados, presentes o representados, en primera convocatoria, o transcurrida media hora, en segunda convocatoria, con cualquier número de asistentes.
Es necesaria la presencia del Presidente y del Secretario o de quien o quienes les sustituyan para la válida constitución de la Asamblea.
Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de los presentes o representados; y por mayoría cualificada de los 2/3 de los mismos en el caso de:
1. Modificación de estatutos.
2. Disolución de la Asociación.
3. Constitución de federaciones e integración en ellas.
4. Solicitud de declaración de utilidad pública.
5. Disposición o enajenación de bienes.
6. Remuneración de los cargos de los órganos de representación.
Artículo 9: Clases de sesiones:
1. La Asamblea General Ordinaria: se reunirá necesariamente una vez al año, dentro del mes de Agosto y será convocada con 15 días de anticipación, mediante anuncio colocado en el Tablón de Anuncios del domicilio social, que expresará además el orden del día.
2. La Asamblea General Extraordinaria se convocará cuando lo estime oportuno la Junta Directiva o bien cuando lo solicite por escrito un número de asociados no inferior al 10 por 100, expresando los motivos que los fundamente. Y para tratar todas aquellas competencias, cuyos acuerdos sea obligatorio tomar por mayoría cualificada
Artículo 10: Anotación de acuerdos.
Los acuerdos adoptados, conforme a los preceptos anteriores, obligarán a los socios, incluso a los no asistentes, llevándose a un libro de Actas, que firmará el Presidente, el Secretario y 2 de los socios asistentes a la Asamblea.
Artículo 11: Junta Directiva. Composición y elección de cargos.
La Junta Directiva estará integrada por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y cuatro Vocales que se elijan.
Elección de cargos.
1. Los cargos de la Junta Directiva tendrán una duración de cuatro años, renovándose cada dos años la mitad de sus miembros, pudiéndose ser reelegidos al termino del mandato.
2. Los miembros de la Junta Directiva que hubiesen agotado el plazo para el cual fueron elegidos, continuarán ostentando sus cargos hasta el momento en que se produzca la aceptación de los que les sustituyan.
3. La elección se efectuará por la Asamblea General mediante votación
4. Las vacantes que pudieran producirse en la Junta, se cubrirán provisionalmente por designación en la misma, hasta la celebración de la próxima Asamblea General, que elegirán a los nuevos miembros o confirmará a los designados provisionalmente.
5. Los miembros de la Junta Directiva no percibirán retribuciones por el desempeño del cargo, no obstante, podrán ser reembolsados de los gastos debidamente justificados que les origine su función
6. Los miembros de la Junta Directiva, durante su mandato, no ostentarán cargo político alguno, para evitar intencionalidades de partidos.
Artículo 12: Sesiones de la Junta Directiva.
La Junta Directiva celebrará sesión cuando lo determine el Presidente, por iniciativa propia o a petición de cualquiera de sus miembros. Sus acuerdos se tomarán por mayoría de votos de los asistentes, siendo preciso que concurran, como mínimo, la mitad más uno de sus componentes. En caso de empate, el voto del Presidente será de calidad. De las sesiones levantará acta el Secretario y la reflejará en el Libro de Actas.
Cuando la Junta Directiva lo estime procedente, por la índole de la materia a tratar en la sesión, podrán ser invitados a tomar parte en sus deliberaciones, con voz pero sin voto, asesores cualificados, profesionales o especialistas para clarificar asuntos concretos que figuren en el orden del día.
Artículo 13: Competencias de la Junta Directiva.
Son competencias de la Junta Directiva:
1. Los acuerdos normales de gobierno y administración de la Asociación.
2. Aprobar los gastos que se hayan consignado en el presupuesto.
3. Organizar las actividades planificadas para la Asociación, pudiendo delegar a otros socios tareas específicas.
4. Formalizar el proyecto del Presupuesto Anual, Memoria y Plan de Actividades.
5. Cualquier otra que no esté reservada a la Asamblea General.
Artículo 14: Presidente. Competencias.
Serán atribuciones del Presidente de la Asociación:
1. Ostentar la representación legal de la Asociación.
2. Convocar y presidir las sesiones de la Asamblea General y de la Junta Directiva y dirimir, con voto de calidad, los empates, en segunda votación
3. Ordenar los pagos por cuenta de fondos de la Asociación y previo los acuerdos de gasto correspondiente, adoptados por la Asamblea General o por la Junta Directiva. La ordenación de pagos se realizará con el “conforme” en la correspondiente factura.
4. Presidir las reuniones y moderar los debates, de acuerdo con los procedimientos que se establezcan en las normas de régimen interno.
5. Velar por los fines de la Asociación y su cumplimiento.
Artículo 15:- Vicepresidente. Competencias.
Sustituirá al Presidente en ausencia de este, motivada por enfermedad o cualquier otra causa, y tendrá las mismas atribuciones que él.
Artículo 16:- Secretario. Competencias.
El Secretario de la Asociación tendrá los siguientes cometidos:
1. Asistir a las sesiones de la Asamblea General y de la Junta Directiva
2. Llevar el libro de Registro de Altas y Bajas de socios, con los nombres, apellidos, profesión y domicilio y un fichero de los mismos.
3. Llevar el Libro de Actas que corresponda de las reuniones de la Asamblea General y de la Junta Directiva.
4. Extender actas de las reuniones y expedir certificados de las mismas con el Vº Bº del presidente.
Artículo 17: Tesorero: Competencias.
Son funciones del tesorero:
1. Custodiar los fondos pertenecientes a la Asociación y llevar en orden los libros de Contabilidad.
2. Preparar los presupuestos y balances de la Asociación para su aprobación por la Asamblea General.
3. Autorizar la disposición de fondos.
4. Llevar inventario de bienes, si los hubiese.
Artículo 18: Corresponde a los vocales de la Junta:
1. Asistir a las reuniones de la Junta Directiva.
2. Proponer al Presidente los temas a tratar en el orden del día de las sesiones de la Junta Directiva y de las Asambleas Generales.
3. Presidir las comisiones de trabajo que se les encomienden.
4. Participar en los debates y votar los acuerdos en las reuniones de la Junta Directiva.
CAPÍTULO V
DE LOS SOCIOS Y DEL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN Y PERDIDA DE LA CONDICIÓN DE SOCIOS
Artículo 19: Admisión y clases de socios.
1. Serán socios de la Asociación las personas físicas con capacidad de obrar, que tengan interés en el desarrollo de los fines de la asociación. Lo solicitarán a la Junta Directiva, y se entenderán admitidos, sin acuerdo especial, desde el día 1 de cada mes que lo hayan solicitado en cualquiera de los días del mes precedente, estando obligados, al causar alta, al abono de las cuotas ordinarias establecidas
2. La cuota del primer año, será abonada en el momento de darse de alta como socio; los años siguientes, lo harán en los meses indicados.
3. Como el ámbito de la Asociación será Palazuelo de las Cuevas (Zamora), podrán acceder a ser socios, todas las personas que residan en él, y todas las personas que no residiendo en él, hayan nacido, o sean familiares, o tengan vínculos de matrimonio con estos, o sean parejas de hecho estables.
4. Los socios pueden clasificarse en Numerarios y de Honor.
5. Son Socios Numerarios las personas físicas, mayores de edad, con capacidad de obrar que no estén sujetas a ninguna condición legal para el ejercicio del derecho y los menores no emancipados de más de catorce años con el consentimiento, documentalmente acreditado, de las personas que deban suplir su capacidad.
6. Son Socios de Honor los que por su prestigio o por haber contribuido de modo relevante a la dignificación y desarrollo de la Asociación, se hagan acreedores a tal distinción.
7. Únicamente los socios numerarios asistirán a las Asambleas con voz y voto, y sólo a ellos corresponde ocupar cargos directivos. Los menores de edad no tendrán derecho a ostentar cargos directivos.
8. Los menores de catorce años de edad podrán pertenecer a la Asociación, como colaboradores o beneficiarios, siempre que cuenten con el consentimiento de quien ejerza la patria potestad o tutela sobre ellos.
Artículo 20: Derechos de los socios.
Son derechos de los socios:
1. A participar en las actividades de la Asociación y en los órganos de gobierno y representación. Tomar parte en las Asambleas Generales a ejercer el derecho al voto.
2. A ser informado acerca de la composición de los órganos de gobierno y representación de la asociación, de su estado de cuentas y del desarrollo de su actividad.
3. A ser oído con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias contra él y a ser informado de los hechos que den lugar a tales medidas, debiendo ser motivado el acuerdo que, en su caso, imponga la sanción.
4. A impugnar los acuerdos de los órganos de la Asociación que estime contrarios a la Ley o a los Estatutos, dentro del plazo de cuarenta días, a partir de la fechas de adopción de los mismos, instado su rectificación o anulación y la suspensión preventiva en su caso.
5. Recibir un ejemplar de los Estatutos.
6. Los socios de honor, tendrán los mismos derechos, a excepción de poder ejercer el derecho al voto en las Asambleas, así como a ser electores o elegibles para los cargos directivos.
Artículo 21: Serán obligaciones de los socios:
Son deberes de los socios:
1. Compartir las finalidades de la asociación y colaborar para la consecución de las mismas.
2. Pagar las cuotas, derramas y otras aportaciones, que con arreglo a los Estatutos puedan corresponder a cada socio.
3. Cumplir el resto de obligaciones que resulten de las disposiciones estatutarias
4. Acatar y cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de gobierno y representación.
La condición de socio de la Asociación implicará la aceptación y obligatoria observancia de estos Estatutos y de cuantos acuerdos en materia de gobierno, administración o actividades adopten sus órganos rectores, para el mejor funcionamiento y consecución de los fines de la Asociación.
Artículo 22 Bajas.
Se podrá perder la condición de socio.
1. Por el incumplimiento reiterado de alguno de los deberes de socio.
2. Por conducta contraria a la buena convivencia y a los fines de la Asociación.
3. A petición propia. (Los asociados tiene derecho a separarse voluntariamente de la asociación en cualquier tiempo.)
4. En ninguno de los casos podrá percibir el valor de las aportaciones económicas que haya realizado, como cuotas ordinarias o extraordinarias.
Artículo 23: Régimen disciplinario:
1. El asociado que incumpliere sus obligaciones para con la Asociación o que su conducta menoscabe los fines o prestigio de la Asociación,, será objeto del correspondiente expediente disciplinario, del que se dará audiencia, incoado por la Junta Directiva que resolverá lo que proceda.
2. Las sanciones pueden comprender desde la suspensión temporal de sus derechos a la expulsión.
3. Si la Junta propusiese la expulsión, la propondrá a la Asamblea General, que resolverá.
CAPITULO VI-
RÉGIMEN ECONÓMICO Y PATRIMONIAL.
Artículo 24: Patrimonio
1. La Asociación carecía de patrimonio inicial.
Artículo 25: Recursos económicos.
Serán recursos de la Asociación:
1. Las cuotas (ordinarias o extraordinarias) de los socios.
2. Los donativos o aportaciones que reciba.
3. Las herencias, legados y donaciones que se hagan a su favor.
4. Las subvenciones, ayudas y auxilios que reciba de la Administración estatal, regional, provincial o municipal, así como las que le concedan otras instituciones de carácter privado (fundaciones, otras asociaciones, etc.).
Los beneficios obtenidos por las asociaciones derivados del ejercicio de actividades económicas, incluidas las prestaciones de servicios, deberán destinarse, exclusivamente, al cumplimento de sus fines, sin que quepa en ningún caso su reparto entre los asociados no entres sus cónyuges o personas que convivan con aquellos con análoga relación de afectividad, ni entre sus parientes, ni su cesión gratuita a personas físicas o jurídicas con interés lucrativo.
Artículo 26: Cuotas.
1. Las cuotas ordinarias o extraordinarias se establecerán por la Asamblea General, a propuesta de la Junta Directiva, y no son reintegrables en caso alguno.
2. Para la admisión de nuevos socios, podrá ser fijada por la Asamblea General, como aportación inicial, no reintegrable, una cuota de admisión
3. Dado que la cuota del año en que se da de alta el socio, es aportada en el momento de formalizarse esta, es prioritario que en los años siguientes, sea satisfecha con el tope máximo del 30 de Abril.
Artículo 27: Obligaciones documentales y contables.
1. La Asociación ha de disponer de una relación actualizada se sus asociados, llevar una contabilidad que permita obtener la imagen fiel del patrimonio, del resultado y de la situación financiera de la entidad, así como las actividades realizadas, efectuar un inventario de sus bienes y recoger en un libro las actas de las reuniones de sus órganos de gobierno y representación, deberán llevar su contabilidad conforme a las normas especificas que les resulten de aplicación.
2. Las cuentas de la Asociación se aprobarán anualmente por la Asamblea General.
3. El ejercicio asociativo y económico será anual y su cierre tendrá lugar en fecha de 31 de diciembre.
4. Los asociados podrán acceder a toda la documentación que se relaciona en los apartados anteriores, a través de los órganos de representación, en los términos previstos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
CAPÍTULO VII
- DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA ASOCIACIÓN.
Artículo 28: Disolución.
La Asociación puede disolverse:
1. Por voluntad de la Asamblea General Extraordinaria, convocada a tal efecto, por un número de asociados no inferior al 10%. El acuerdo sobre la misma requerirá mayoría cualificada de los 2/3 de los socios presentes o representados.
2. Por las causas determinadas en el artículo 39 del Código Civil.
3. Haber perdido la razón de su existencia o imposibilidad de cumplimiento de sus fines esenciales.
4. Por sentencia judicial firme.
Artículo 29: Comisión Liquidadora.
Acordada la disolución de la Asociación, la Asamblea Extraordinaria designará 5 socios liquidadores que, con el Presidente y el Tesorero de la Asociación, procederán a la liquidación, pagando las deudas, cobrando los créditos y fijando el haber líquido resultante, si lo hubiere.
Artículo 30. Competencia Liquidadores.
Corresponde a los liquidadores:
1. Velar por la integridad del patrimonio de la Asociación.
2. Concluir las operaciones pendientes y efectuar las nuevas, que sean precisas para la liquidación.
3. Cobrar los créditos de la Asociación.
4. Liquidar el patrimonio y pagar a los acreedores.
5. Aplicar los bienes sobrantes de la asociación a los fines previstos por los estatutos.
6. Solicitar la cancelación de los asientos en el Registro.
Artículo 31: Destino del líquido resultante.
El haber resultante, una vez efectuada la liquidación se donará al Ayuntamiento para que lo distribuya como Ayudas Sociales en el ámbito de Palazuelo de las Cuevas.
CAPÍTULO VIII
-REFORMA DE LOS ESTATUTOS
Artículo 32:: Reforma de los Estatutos.
Las modificaciones de los presentes Estatutos serán competencia de la Asamblea General Extraordinaria, adoptándose el acuerdo por mayoría cualificada de los 2/3 de los socios presentes o representados.
Las modificaciones que se realicen se comunicarán al Registro correspondiente.
DILIGENCIA: Para hacer constar que estos Estatutos han quedado redactados incluyendo las modificaciones acordadas en la Asamblea General Extraordinaria de fecha: 7 de Abril de 2007, así como la adaptación de los mismos a las previsiones de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de Asociación.
En Palazuelo de las Cuevas, a 16 de Abril de 2007
POLÍTICA DE PRIVACIDAD
TRATAMIENTO DE DATOS DE SOCIOS
Cláusula informativa:
Datos del responsable del tratamiento:
Identidad: ASOCIACION CULTURAL “EL CASTRO DE PALAZUELO” – CIF: G49012040
Dirección postal: C/ Carrilón (Bajos de la Escuela) – 49594 Palazuelo de las Cuevas
Correo electrónico: castropalazuelo@gmail.com
En ASOCIACIÓN CULTURAL “EL CASTRO DE PALAZUELO” tratamos la información que nos facilita con el fin de gestionar la asociación y su relación con los socios (en el caso de menores de edad, los datos serán facilitados por el padre o la madre). Los datos proporcionados se conservarán mientras se mantenga la relación con la asociación o durante el tiempo necesario para cumplir con las obligaciones legales y atender las posibles responsabilidades que pudieran derivar del cumplimiento de la finalidad para la que los datos fueron recabados. Los datos no se cederán a terceros salvo en los casos en que exista una obligación legal. Usted tiene derecho a obtener información sobre si ASOCIACIÓN CULTURAL “EL CASTRO DE PALAZUELO” trata sus datos personales, por lo que puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de datos y oposición y limitación a su tratamiento ante ASOCIACIÓN CULTURAL “EL CASTRO DE PALAZUELO”, en la dirección de correo electrónico castroplazuelo@gmail.com , adjuntando copia de su DNI o documento equivalente Asimismo, y especialmente se considera que no ha obtenido satisfacción plena en el ejercicio de sus derechos, podrá presentar una reclamación ante la autoridad nacional de control dirigiéndose a estos efectos a la Agencia Española de Protección de Datos, C/ Jorge Juan,6 – 28001 Madrid.
En los actos y otras actividades convocados por la asociación se podrán tomar imágenes que se expondrán en esta página web, la comunidad de socios de la red social WhatsApp, y la red social de Facebook asociada a Palazuelo de las Cuevas. Puede oponerse en cualquier momento dirigiéndose a la dirección de correo de la asociación.
Puede obtener más información sobre sus derechos en materia de protección de datos en https://www.aepd.es/es/derechos-y-deberes/conoce-tus-derechos.
REGISTRO DE ACTIVIDADES DE TRATAMIENTO
Tratamiento: Socios
a) Responsable del tratamiento:
Identidad: ASOCIACIÓN CULTURAL “EL CASTRO DE PALAZUELO” – CIF: G49012040
Correo electrónico: castropalazuelo@gmail.com
b) Finalidad del tratamiento: Gestión de la asociación y su relación con los socios.
c) Categorías de interesados: Socios
d) Categorías de datos: De identificación: nombre y apellidos, NIF, dirección postal, teléfono, e-mail, fecha de nacimiento. Fotografías e imágenes.
e) Categorías de destinatarios: Cumplimiento de obligaciones legales.
f) Transferencias internacionales: No está previsto realizar transferencias internacionales.
g) Plazo de supresión: Mientras se mantenga la relación o el necesario para el cumplimiento de obligaciones legales.
h) Legitimación para el tratamiento: El interés legítimo y el consentimiento de los interesados.