RESUMEN DE LA NORMATIVA
-Mantener una distancia mínima de 8 km de cualquier aeropuerto o aérodromo.
-No volar a más de 120 metros de altura.
-Volar con la luz del día.
-No volar con viento, niebla o lluvia.
-Mantener el dron al alcance de la vista.
-No volar en espacios naturales protegidos.
Las operaciones con aeromodelos o aeronaves pilotadas por control remoto deberán llevarse a cabo de forma que no entrañen ningún riesgo ni molestias a las personas o bienes en la superficie, ni interferir o poner en riesgo la seguridad o regularidad de las operaciones aeronáuticas, a cuyo fin deberán operar tales aeronaves: