Mi nombre es Yair Fernández Miralrio. Soy padre de una niña y defensor de derechos humanos en la asociación No + Hijos Rehenes.
Yo vivia en el estado de Morelos, México, durante años, mi vida estuvo dedicada por completo a la crianza directa y al bienestar de mi pequeña hija. Como cuidador primario, asumí las labores del hogar, su cuidado diario, su alimentación y sus atenciones médicas.
Sin embargo, hace 5 años nuestra historia dio un giro desgarrador: se fabricó una falsa acusación en mi contra con el único fin de separarme de mi hija y exigir dinero a cambio de mi libertad.
He sufrido amenzas contra mi vida y me han tratado de secuestrar; sin embargo las autoridades mexicanas han hecho caso omiso a mis denuncias.
Mi caso fue desechado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo que mi vida y libertad se encuentran en riesgo latente al haber agotado el procedimiento en México.
Hoy solo un Tribunal internacional puede revocar una sentencia llena de prejuicios, que ignora la ciencia, la ley y que se sostiene solo en el dicho de la denunciante.
Seguire luchando por mi hija, mi familia y por mi inocencia.
El motivo de mi condena no fueron las pruebas, fue la discriminación de género.
Al enfrentar este proceso penal, las autoridades judiciales actuaron bajo un estereotipo rígido y machista: asumieron que, por el simple hecho de ser hombre ejercia un rol de poder en la relacion que tenia con mi pareja, y que por ser varón, automáticamente debía ser opresor y culpable.
La perspectiva de género fue creada para proteger y buscar la igualdad. Lamentablemente, en mi proceso los tribunales la aplicaron de forma distorsionada: la convirtieron en un pretexto para validar una acusación sin pruebas, ignorando la ciencia y la presuncion de inocencia.
"…se presume que el primero BAJO EL ESTEREOTIPO DEL SEXO FUERTE, ejecutó diversos actos de violencia tanto físicos (la toma del brazo para voltearla por atrás y bajarle la pijama), psicológicos (la amenaza con llevarse a la menor hija de ambos) y sexuales (tocamientos en partes erógenas de la víctima), sobre una persona ESTEREOTIPADA COMO DEL SEXO DÉBIL…
...En consecuencia, aun cuando no exista dictamen que revele la violencia física o uno en psicología, psiquiatría o victimología, es claro que la declaración de C.D.G., específicamente, en cuanto a la amenaza, no es un hecho aislado en el evento delictivo que deba desestimarse…
...Conviene precisar que para integrar el tipo básico del delito de violación, pues basta que el sujeto activo tenga acceso carnal con persona de cualquier sexo con independencia de su edad, lo que implica, en consecuencia, que la descripción del ilícito no requiera de otros elementos objetivos o subjetivos ni de circunstancias especiales para su integración, como pudieran ser comprobar la existencia de una alteración a la salud que coincida con la imposición de la cópula o de sustancia alguna inherente al acto sexual."
Se ignoró mi condición acreditada de cuidador primario y se vulneró el interés superior de mi menor hija, privándola del entorno afectivo y de la persona que la cuidaba día a día, castigandome pese a romper el rol tradicional de género.
Existe un examen médico y biológico oficial (prueba P30/PSA) con resultado NEGATIVO, el cual demuestra de forma científica e irrefutable que el hecho imputado nunca existió. Los jueces simplemente prefirieron ignorar la verdad médica.
El medico presentado por la fiscalía para emitir el dictamen acusatorio carecía de título y cédula profesional en la especialidad médica correspondiente, violando las garantías mínimas del debido proceso y la legalidad pericial.
Montaje fabricado por $500,000 pesos
Consta una grabación de un audio donde la representación jurídica de la denunciante admite abiertamente que la acusación fue inventada y "cuadrada" con el único objetivo de extorsionar a mi familia pidiendo medio millón de pesos.
Como parte de mi busqueda de justicia he sido entrevistado por diferentes comunicadores, afin de exponer la verdad y visualizar las fallas estructurales en nuestro sistema legal.
Resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación donde desecha mi Recurso de Revisión 4503/2026 y confirma que la perspectiva de genero es suficiente para condenar a un hombre.
Sentencia del Amparo Directo 291/2024 donde se me nego el amparo solicitado, en la cual no se analizaron siquiera todas las violaciones a mis derechos humanos.
Sentencia de segunda instancia donde el Tribunal de Alzada revocó la sentencia absolutoria, otorgando valor preponderante a la denunciante por encima de la ciencia.
Esta es la sentencia de primera instancia, donde se pueden consultar las declaraciones de los testigos y peritos.