Mateno PLUS

Información general

Mateno® es un herbicida de amplio espectro que controla numerosas hierbas monocotiledóneas y dicotiledóneas presentes en los campos de cereales, en pre-emergencia o post-emergencia precoz.

Formulación

Suspensión concentrada (SC) con 45% de aclonifen, 6% de diflufenican y 7,5% de flufenacet.



Propiedades:



Plazo de seguridad

No procede



Hierbas controladas:


Información complementaria:

Tratar sobre siembras regulares con una profundidad mínima de 2 cm. No aplicar Mateno® en siembras superficiales o irregulares.

No utilizar en caso de cereales o en mal estado vegetativo, como consecuencia entre otros aspectos, de un mal enraizamiento, implantación en terreno mal preparado, sequía, exceso de agua o encharcamiento, heladas o ataques parasitarios.

No tratar en suelos con bajo contenido de materia orgánica.

No utilizar en suelos arenosos, filtrantes, pedregosos o compactados.

No tratar antes de un período lluvioso, especialmente, no tratar antes de las lluvias cuando se prevea una acumulación superior o igual a 15 mm en los 2 días siguientes al tratamiento.

En caso de pluviometría superior o igual a 50 mm en los diez días siguientes al tratamiento, puede observarse fitotoxicidad.

No rastrillar ni apisonar el cereal ni antes ni durante el mes siguiente al tratamiento.

Rotación de cultivos: después de la cosecha de un cultivo de trigo tratado con este producto, se pueden utilizar en rotación normal los siguientes cultivos: colza de invierno, Lolium (sembrado en otoño o al año siguiente al final del invierno), alfalfa (sembrada en otoño o al año siguiente al final del invierno), guisante forrajero de invierno, haba forrajera de invierno, trigo blanco de invierno, cebada de invierno, avena de invierno, trigo suave de primavera, trigo duro de primavera, cebada de primavera, lino textil de primavera, patata, remolacha azucarera, maíz, girasol, soja y sorgo. Los siguientes cultivos (rotativos) pueden utilizarse de manera segura después de un arado adecuado o después de la labranza superficial de suelo (mínimo 10 cm de profundidad).

Cultivos intermedios: Después de la cosecha de un cultivo de trigo de invierno tratado con este producto, pueden utilizarse como cultivos intermedios después de una labranza superficial del suelo (mínimo 10 cm de profundidad), siempre que se respete un intervalo mínimo de 8 meses entre la aplicación del herbicida y la siembra los siguientes cultivos: avena, trigo sarraceno, Guizotia abyssinica, camelina, rábano oleaginoso, mostaza, phacelia, trébol alejandrino y vicia.

Cultivo de sustitución: En caso de destrucción accidental de un cultivo de trigo de invierno tratado con este producto, pueden utilizarse como cultivos de sustitución:
Después de una labranza superficial del suelo (profundidad mínima: 10 cm) o después de un arado adecuado y teniendo en cuenta el intervalo mínimo entre la aplicación del herbicida y la siembra del cultivo que aparece entre paréntesis: trigo blanco de primavera, trigo duro de primavera, cebada de primavera, avena de primavera, guisante forrajero de primavera y haba forrajera de primavera (4 meses), maíz (sin restricciones en términos de intervalo), sorgo y soja (5,5 meses);
Solo después de in arado adecuado (profundidad mínima: 20cm) y teniendo en cuenta el intervalo mínimo entre la aplicación del herbicida y la siembra del cultivo de sustitución, que aparece entre paréntesis: lino textil de primavera y patata (5 meses); Hay ciertos cultivos que no deben sembrarse: remolacha azucarera y girasol.