a) Tener TRES (3) años como mínimo de práctica en la especialidad y servicio correspondiente, de acuerdo al certificado expedido por el elemento de revista.
b) Aprobar las Pruebas de Aptitud Física Individual establecidas en la Directiva del JEMGE Nro 913/17 (Régimen Funcional de la Educación Física Militar) de fecha 24 de abril de 2017.
c) Ser declarado apto para el ingreso por la Junta Médica del Instituto, de acuerdo a lo establecido en el RFP 23 – 02 (Reconocimientos Médicos) Año 2001, Parte Tercera “Reconocimiento Médico de los Aspirantes a Ingreso a los Institutos de Reclutamiento”, capítulos IV y V. Dicha aptitud será dada por una Junta Médica de Reconocimiento establecida por el Instituto al momento de su ingreso.
d) Haber presentado la totalidad de la documentación solicitada sin novedad.
e) En principio, los Soldados Voluntarios ingresarán al Instituto en calidad de postulante al CFE, hasta tanto se determine que a cumplido con las exigencias establecidas para el ingreso.
f) Aquellos Soldados Voluntarios que hayan cumplido con los requisitos establecidos para el ingreso, serán admitidos en el CFE, pasando a revistar como Aspirantes Artículo 11.
g) Aquellos Soldados Voluntarios que no hayan cumplido con las exigencias establecidas para el ingreso, será considerado NO APTO PARA EL INGRESO (NAPI) y no podrá ingresar al Curso, debiendo regresar a sus Elementos de destino.